Ley 5 del 11 de Enero

Artículo 5: definiciones

Actividad industrial

Las empresas constructoras que utilicen el trabajo asalariado de terceros

industria manuales, caseras o artesanías que utlicen mas de 5 trabajadores

autoridad pública y competente

aviso de operación

comercio al por mayor

Artículo 6: tasa de aviso

se pagará una tasa de aviso de operación de quiince balboas para las personas naturales y de cincuenta y cinco balboas para la persona jurídica

Artículo 8: proceso de aviso

Se deberá completar el rigistro de la actividades en el sistema panamá emprende

se deberá pagar toda tasa, derecho, impuesto y contribución requerido para apertura de empresa de sistema

El interesado deberá contar con aprobaciones correspondientes en los casos de la actividades comerciales o industriales en el artículo 2

Artículo 1:Aviso de operación

Toda persona natural o juridica tiene derecho a obtener un aviso de operación

Es el único procesó requerido para iniciar una actividad comercial

La actividad competente es el MICI

Debe contener la información necesaria y al final se debe imprimir

Artículo 3: Validez del aviso de operación

tiene validez judiridica y reposa en el sistema de Panamá emprende

Debe contener una declaración jurada

Artículo 4: actividades exeptuadas

Agricolo, ganadero,apícola, acuicola, avícola y agroforestal

elaboración y venta de artesanía con menos de 5 trabajadores

actividades sin fines de lucro

ejecución de profesionales liberales; servicios de abogado de manera personal