Llenado del formulario del IVA
IVA (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO)
1) Periodo Fiscal
Se podrá seleccionar si el IVA es mensual o semestral, para personas naturales como para sociedades.
2) Preguntas
a) Aparece un conjunto de preguntas para tener los casilleros precisos para el llenado. Se debe ser preciso en contestar acorde a las necesidades.
Algunas opciones ya vienen contestadas de manera predeterminada, ya que el SRI, tiene la información necesaria.
La herramienta guarda las respuestas de manera definitiva.
b) Carga de archivo: disponible para archivos con extesión JSON o XML.
c) Ver formulario completo: visualización de todo el formulario, para poder evadir las preguntas.
Aquí se identifica el modelo de declaración.
- Por primera vez es una declaración única.
- Cuando hay un cambio, sustitutiva.
Se realiza automáticamente el número serial de dicha declaración
3) Formulario
Se visualizan los casilleros y secciones de acuerdo a las preguntas entregadas.
Se debe considerar:
- LRTI: Ley de Régimen Tributario Interno.
- RALRTI: Reglamento de Aplicación para la Ley de Régimen Tributario Interno.
401 - 402 Ventas locales gravadas con tarifa diferente de cero: Se registran todas las operaciones locales gravadas con tarifa diferente de cero, se exceptúa las operaciones no objeto y tarifa 0%
Se utilizará como crédito tributario el monto del descuento del impuesto concedido a sus clientes.
423 IVA generado en la diferencia entre ventas y notas de crédito con distinta tarifa (ajuste a pagar): se pone la diferencia en valores absolutos, ventas, notas de crédito por devoluciones o descuentos cuando se realizan con una tarifa menor
424 IVA generado en la diferencia entre ventas y notas de crédito con distinta tarifa (ajuste a favor): en esta se registran los mismo valores anteriores pero cuando se realizan con una tarifa (mayor).
403 - 404 Ventas locales gravadas con tarifa 0% que no dan derecho a crédito tributario: registrar las tarifas gravadas 0% del IVA.
405 - 406 Ventas locales gravadas con tarifa 0% que dan derecho a crédito tributario: Ventas gravadas con tarifa 0% a exportadores, ventas a instituciones del Estado y empresas públicas, ventas de paquetes de turismo receptivo.
407 Exportaciones de bienes: aquí se debe registrar las exportaciones de bienes y servicios.
408 Exportaciones de servicios y/o derechos: en estos casilleros se deben registrar las exportaciones como derechos por propiedad intelectual.
431 Transferencias no objeto o exentas de IVA: transferencias no objeto, también incluye transferencia de inmuebles y transferencias exentas.
434 Ingresos por reembolso como intermediario (informativo): Utilizados solo por el "INTERMEDIARIO", en figura de reembolso de gastos, se debe registrar dichos valores en el periodo que declara. Se incluyen transacciones con tarifa 0% y diferente de 0%.
442 - 443 Notas de crédito por compensar próximo mes: el saldo pendiente a ser compensado en el próximo mes deberá registrarse en dicho campo.
453 Notas de crédito por compensar próximo mes (Impuesto): El saldo pendiente del impuesto a ser compensando el próximo mes deberá registrarse en dicho campo, a su vez permite ingresar valores que no corresponden al 12% o 14% de la BI.
480 - 481 Total transferencias gravadas tarifa diferente de cero a contado y a crédito este mes
483 Impuesto a liquidar del mes anterior: Deberá registrar el monto de impuesto que traslada desde el casillero485 del período anterior.
484 Impuesto a liquidar en este mes: deberá registrar el IVA del monto señalado en el casillero 480, y sumar de ser el caso, el IVA del monto registrado 481.
485 Impuesto a liquidar en el próximo mes: registro del valor que resulte de la diferencia entre los valores consignados en los casilleros 482 y 484. Se registrara en el casillero 483 del período siguiente al declarado.
RESUMEN DE ADQUISICIONES Y PAGOS DEL PERÍODO QUE DECLARA: 500 - 501 Adquisiciones gravadas tarifa diferente de cero (con derecho crédito tributario)
502 Otras adquisiciones y pagos gravados tarifa diferente de cero que no dan derecho a crédito tributario.
503 Importaciones de servicios y/o derechos gravados tarifa diferente de cero.
504 - 505 Importaciones de bienes gravados tarifa diferente de cero.
526 IVA generado en la diferencia entre adquisiciones y notas de crédito con distinta tarifa (ajuste en positivo al crédito tributario)
527 IVA generado en la diferencia entre adquisiciones y notas de crédito con distinta tarifa (ajuste en negativo al crédito tributario)
507 Adquisiciones y pagos (incluye activos fijos) gravados con tarifa 0%.
508 Adquisiciones realizadas a contribuyentes RISE.
531 Adquisiciones no objeto de IVA.
532 Adquisiciones exentas del pago de IVA.
543 - 544 Notas de crédito por compensar el próximo mes.
554 Notas de crédito por compensar próximo mes (impuesto).
535 - 545 Pago neto por concepto de reembolso de gastos del intermediario (informativo) / valores facturados por socios a operadoras de transporte.
563 Factor de proporcionalidad para crédito tributario.
564 Crédito tributario aplicable en este período.
RESUMEN IMPOSITIVO: AGENTE DE PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
601 Impuesto causado: Si este casillero tiene consignado algún valor, no debe registrar valor alguna en el casillero 602.
602 Crédito tributario aplicable en este periodo: Si este casillero tiene consignado algún
603 Compensación de IVA por ventas efectuadas en su totalidad con medio electrónico: Este casillero está bloqueado por ser de uso exclusivo del SRI.
604 Compensación de IVA por ventas efectuadas en zonas afectadas Ley de Solidaridad.
605 Saldo crédito tributario del mes anterior.
607 Por compensación de IVA por ventas efectuadas con medio electrónico (traslada el campo 618 de la declaración del periodo anterior)
608 Por compensación de IVA por ventas efectuadas en zonas afectadas Ley de Solidaridad (Traslada el campo 619 de la declaración del período anterior).
609 Retenciones en la fuente IVA que le han sido efectuadas en este periodo.
610 Ajuste por IVA devuelto o descontado por adquisiciones efectuadas con medio electrónico.
611 Ajuste por IVA devuelto o descontado en adquisiciones efectuadas en zonas afectadas - Ley de Solidaridad.
612 Ajuste por IVA devuelto e IVA rechazado imputable al crédito tributario en el mes (Por concepto de devoluciones de IVA).
613 Ajuste por IVA devuelto e IVA rechazado imputable al crédito en el mes (por concepto de retenciones en la fuente de IVA).
614 Ajuste por IVA devuelto por otras instituciones del sector público imputable al crédito tributario.
615 - 617 Saldo crédito tributario para el próximo mes por adquisiciones y retenciones.
618 Saldo crédito tributario para el próximo mes por compensación de IVA por ventas efectuadas con medio electrónico.
619 Saldo crédito tributario para el próximo mes por compensación de IVA
621 IVA presuntivo de salas de juego (bingos mecánicos) y otros juegos de azar.
890 Pago previo informativo.
DEVOLUCIONES DEL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS A EXPORTADORES HABITUALES DE BIENES
700 Importaciones de materias primas, insumos de bienes de capital que sean incorporados en procesos productivos de bienes de exportación.
701 Registro del valor del Impuesto a la Salida de Divisas pagado.
702 Proporción del ingreso neto de divisas desde el exterior al Ecuador, respecto del total de las exportaciones netas de bienes.
AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
721, 723 Retenciones en la fuente de IVA.
725, 727, 729 y 731 Retenciones en la fuente IVA.
800 Devolución provisional de IVA mediante compensación con retenciones efectuadas.
Valores sugeridos
Crédito tributario aplicable en este período (de acuerdo al factor de proporcionalidad o a su contabilidad)
Saldo crédito tributario para el próximo mes por adquisiciones e importaciones
Saldo crédito tributario para el próximo mes por retenciones en la fuente de IVA
que le ha sido efectuado.
Saldo crédito tributario para el próximo mes por compensación de IVA por ventas
efectuadas en zonas afectadas - Ley de Solidaridad.
Entrega de información del período anterior
Impuesto a liquidar del mes anterior (casillero 483)
Saldo crédito tributario del mes anterior, por adquisiciones e importaciones
(casillero 605)
Saldo crédito tributario del mes anterior por retenciones en la fuente de IVA que
le han sido efectuadas (casillero 606).
Saldo crédito tributario del mes anterior por compensación de IVA por ventas
efectuadas con medio electrónico (casillero 607).
Saldo crédito tributario del mes anterior por compensación de IVA por ventas
efectuadas en zonas afectadas - Ley de Solidaridad (casillero 608).
Entrega de facturación electrónica: se presenta un cuadro llamado Información Fiscal en el caso de haber emitido facturas y/o comprobantes de retención.
El valor de ventas y compras que se muestra en IF, proviene de facturación electrónica y corresponde al total de las mismas.
Al verificar los valores por adquisiciones aparecerán tres opciones:
a) Anterior: para regresar al 2do paso, corregir o utilizar otras opciones
b) Guardar borrador: permite guardar la información antes de enviarla, estando disponible a la fecha limite del sistema.
En caso de que todo este correcto, el proceso seguirá con los respectivos módulos, cálculos automáticos y total a pagar
En la parte inferior, aparecerá una sección para ingresar el número de RUC y contraseña del contador.
C) Siguiente: Se continua con el proceso de la declaración. Si hay un error, aparecerá un recuadro de detalle para que se pueda revisar.
4) Pago
El sistema permite seleccionar la forma de pago:
- Títulos de Banco Central (TBC).
- Notas de Crédito Desmaterializadas.
- Convenio de débito
Otras formas de pago.
Cuando selecciona TBC, el sistema automáticamente colocara el valor pendiente a cubrir, pero se puede modificar el valor.
Cuando selecciona "Convenio de débito" se verán las cuentas ingresadas anteriormente, si no fue así, se ver la opción para registrar una nueva, donde se detalla el nombre del banco, nº de cuenta, tipo, y fecha de inicio se hará con el día que se realiza el registro.
Una vez seleccionado el medio de pago y dar clic en la opción "aceptar", ha sido enviado el formulario, se podrá visualizar el (CEP).
Declaración en cero
1) Seleccionar el período fiscal
2) Responder no a la primera pregunta
Si la declaración está atrasada, se generaran dos preguntas que serán respondidas para continuar con el proceso de envío. Si está a tiempo todo lo anterior no se dará y se continuara al paso 3.
3) Resumen de la declaración
Si está al día, saldrá un resumen de dicha declaración. En caso de que la misma se encuentre atrasada, se generan automáticamente las sanciones pecuniarias.
4) Confirmación
En el caso de que este a tiempo, saldrá una confirmación donde se especifica la terminación exitosa.
En el caso de que la declaración se encuentre atrasada, deberá seleccionar las formas de pago y aceptar.