LOS SINDICATOS, LA TUTELA SINDICAL Y LOS CCT. LA HUELGA

DERECHO COLECTIVO

SE OCUPA DE LAS RESOLUCIONES
ENTRE SUJETOS COLECTIVOS. TALES COMO:

SINDICATOS

GREMIOS

EMPRESARIOS

ESTABLECE CONDICIONES

RESUELVE CONFLICTOS

ACUERDA CONVENIOS
COLECTIVOS DE TRABAJO

MARCO LEGAL

CONTEMPLADO EN EL
ARTICULO 14 DE LA
CONSTITUCIÓN NACIONAL

LEY DE ASOCIACIONES GREMIALES
N° 23.551, QUE ESTABLECE:

ORGANIZACIÓN DE SINDICATOS

ORGANOS DE GOBIERNO

DERECHOS Y DEBERES
DE LOS TRABAJADORES

LEY DE CONVENIOS COLECTIVOS
DE TRABAJO N° 14.250, REFORMADA
POR LA LEY N° 25.877, ESTABLECE:

PROCEDIMIENTOS DE NEGOCIACIÓN

CONTENIDOS DE LOS CONVENIOS

FIJACION DE NORMAS PROPIAS

PRINCIPIOS DEL DERECHO COLECTIVO
DE TRABAJO

AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD COLECTIVA

ELEGIR REPRESENTANTES

DICTAR NORMAS PROPIAS

DEFENSA DE LOS DERECHOS

LIBERTAD SINDICAL

INDIVIDUAL

LIBERTAD DE AFILIACIÓN

COLECTIVA

CREAR ENTIDAD SINDICAL

PARTICIPACION

LOS SINDICATOS

SON ORGANIZACIONES CREADAS POR LA
LEY PARA DEFENDER LOS INTERESES
PROFESIONALES DE LOS
TRABAJADORES

TIPOS DE SINDICATOS

SIMPLEMENTE INSCRIPTOS

SINDICATOS O PERSONERIA
GREMIAL

ORGANOS DE GOBIERNO

CONSEJO DIRECTIVO

ASAMBLEAS DE AFILIADOS
CONGRESALES

DELEGADOS DEL PERSONAL
O MIEMBROS DE LA COMISION
INTERNA

CONVENIOS COLECTIVOS

SON ACUERDOS CELEBRADOS
ENTRE LA REPRESENTACION
COLECTIVA DE LOS EMPLEADORES
Y LA DE LOS TRABAJORES.

CLÁUSULAS DE LOS CCT.

NORMATIVAS

CONDICIONES DE TRABAJO

OBLIGACIONES

CONDICIONES QUE AFECTAN
A LAS PARTES SIGNATARIAS

DE PAZ

PREVENCION DE CONFLICTOS

DE INTERES EMPRESARIO

REMUNERACION VARIABLE
POR PRODUCTIVIDAD

DESCANSOS ESPECIALES

JORNADAS ESPECIALES

GUARDIAS ACTUVAS Y PASIVAS

TRABAJO VIRTUAL

TELETRABAJO

REGIMEN PARA PYMES

HOMOLOGACION DE LOS CCT.

RECEPCION DEL ACUERDO
EN EL MT.

FORMAL

MATERIAL

CONTROLES

LEGALIDAD

OPORTUNIDAD

DEVOLUCION CON
OBSERVACIONES

HOMOLOGACIÓN

VIGENCIA

EFECTO ERGA OMNES

PUBLICACION ACORDADA

PROCESO DE NEGOCIACION Y
CONTENIDOS: HOMOLOGACIÓN

MARCO LEGAL

REGULADO POR LA LEY 14.250

REGULADO POR LA LEY 23.543

REFORMADA POR LA LEY 25.877

ETAPAS DE LA NEGOCIACIÓN

FORMULACION DE LA NECESIDAD

ELEABORACION DE OBJETIVOS

ELABORACION DE PROYECTOS

TEMAS A TRATAR EN NEGOCIANCIÓN
COLECTIVA

CUALQUIER TEMA

NO HAY OBLIGACION DE ACORDAR

LOS CONTENIDOS SON DIVIDIDOS EN:

CLAUSULAS NORMATIVAS

CLAUSULAS OBLIGACIONES

CLAUSULAS DE PAZ EXPRESOS

HUELGA: EFECTOS
INDIVIDUALES Y COLECTIVOS

ABSTENCION COLECTIVA Y
CONCERTADA DEL DEBER DE
TRABAJAR, DECLARADA POR
UN SINDICATO CON PERSONERÍA
GREMIAL CON EL FIN DE LOGRAR
UNA REINVINDICACION LABORAL
DE NATURALEZA COLECTIVA Y SIN
DEJAR DE CUMPLIR CON LOS
PROCEDIMIENTOS LEGALES DE
RESOLUCION DE CONFLICTOS.

REQUISITOS DE LEGALIDAD
DE LA HUELGA

DEBE SER DECLARADA POR UN
GREMIO

OBJETO: NATURALEZA COLECTIVA

DEBEN PARTICIPAR SUJETOS
LEGITIMADOS

SIMPLE ABSTENCION DEL TRABAJO

CUMPLIR CON PRINCIPIOS DE
CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN Y
ARBITRAJE.

EFECTOS INDIVIDUALES

NO SE PERCIBE SALARIO

PUEDE SER INTIMADO CON
LA MEDIDA

NO PUEDE IMPEDIR EL DERECHO
A TRABAJAR DE OTROS

EFECTOS COLECTIVOS

PUEDE HABER SANCIONES A LOS
SINDICATOS.

EN CASO DE DAÑOS, EL SINDICATO
SE HACE RESPONSABLE

DEBE RESPONDER POR DELITOS
PENALES, EN CASO HUBIESE.