Módulo 2: El estado panameño y sus componentes
Introducción
División Política - Administrativa
2.2.1 Régimen provincial y comarcal
2.2.2 Distritos y corregimientos
2.2.3 Estructuras territoriales del Órgano Legislativo
Un circuito electoral en la República de Panamá es una entidad compuesta por la alianza de 1 o más distritos y/o corregimientos acordes a la separación política del territorio, estos circuitos son el medio para escoger los diputados a la Asamblea Nacional (Parlamento).
Los circuitos electorales son creados o modificados conforme a la población del territorio, según las reformas del año 2004 (válidas para las elecciones de los años 2009 y 2014). Un circuito electoral debería contener un mínimo de 40 000 pobladores y un lugar físico para el mismo; esta regla podría ser omitida en determinados casos especiales como las comarcas nativas o la provincia de Darién gracias a su gran expansión y escasa población.
La Carta Magna en el Título V, Capítulo I, Artículo 147, establece que la Asamblea Nacional se compondrá de setenta y un diputados.
Los diputados elegidos de estos circuitos poseen el deber de representar a sus pobladores en la Asamblea Nacional. En la actualidad son elegidos 71 diputados (anteriormente 78) y hay 39 circuitos electorales (anteriormente 42), la anterior ley circuital indicaba que un circuito se conformaba por cada 30 000 pobladores.1 Estas divisiones circuitales son revisadas por el Tribunal Electoral, siguiendo el padrón electoral y los censos hechos en el territorio.
El circuito electoral: El circuito electoral no es más que la agrupación de una determinada cantidad de población electoral con base a una serie de criterios comunes para su representación en procesos electorales.
Para agrupar la población en circuitos electorales, se debe tomar en cuenta criterios básicos como: Las divisiones políticas administrativas del País. La proximidad territorial. La concentración de la población. Los lazos de vecindad. Las vías de comunicación. Factores históricos y culturales. Los diputados serán elegidos por un periodo de 5 años, el mismo día en que se celebre la elección de Presidente y Vicepresidente de la República.
Además cabe resaltar que un circuito electoral puede tener bastante más de un diputado, ejemplificando: el distrito de Panamá. Los circuitos que escogen un diputado son denominados "circuitos uninominales"2 y tienen la posibilidad de estar formados por solo un distrito o bastante más de uno, hasta formar los 40 000 pobladores necesarios; sin embargo, los circuitos que escogen a 2 o más diputados son denominados "circuitos plurinominales" y podría ser un distrito con una población superior a los 80 000 pobladores o la alianza de diversos corregimientos (caso del Distrito de Panamá).