Operaciones Aduaneras

DEFINITIVO

De importación

Entrada de mercancía de procedencia extrajera cuya finalidad es permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado

Requisitos para importar

Obligaciones de las empresas porteadoras

Documentos digitales que se transmiten como anexos al pedimento de importación

Acogerse a algún tratado de libre comercio

Certificacion de origen

De exportación

Salida de mercancía del territorio nacional para permanecer

Darse de alta en el registro federal de contribuyente

Darse de alta en el padrón de exportaciones sectorial

Necesario la concentración de los servicios de un agente aduanal

Las exportaciones generan el pago del denominado derecho de tramite aduanero (DTA)

Cubrir con los requisitos del país destino establezca para la mercancía exportada

Fundamento legal

Ley Aduanera

Articulo 102

Reglas generales de Comercio Exterior

Regla 1.3.7

Ley de Impuesto Especial sobre producción y servicio

Articulo 19 de fracciones

TEMPORALES

De importación

Entrada al país de mercancía extranjeras para permanecer en el por el tiempo limitado y con fidelidad estetica

Elaboración, transformación o reparación

Retomar al extranjero en el mismo estado

No se pagaran los impuestos al Comercio Exterior ni a las cuotas compensatorias, excepto en los casos previstos

Articulo 63-A

Articulo 105

Articulo 108

Fracción III

110 y 112

Fundamento legal

Ley Aduanera

Articulo 104

Articulo 112

De exportacion

Salida de mercancía del país por periodo limitado, con finalidad especifica, no pagando impuestos al Comercio Exterior, se debe cumplir con las obligaciones en materia de regulaciones, restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas

DEPOSITO FISCAL

Transito de Mercancía

Interno

Traslado de mercancía bajo control fiscal de una aduana a otra

Importación

Internacional

Traslado de mercancía bajo control fiscal de una aduana nacional a otra

Exportacion

Pedimento que ampare exportacion

Transito de mercancia

Presentar pedimento o aviso

Fundamento legal

Articulo 124, 125, 127, 128 de la Ley Aduaera

Reglas generales del Comercio Exterior 2017

4.6.7

4.6.5

ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION DEL RECINTO FISCALIZAD

Introducción de mercancías extranjeras o nacionales, a dichos de recintos para su elaboración, transformación o reparación para retomar al extranjero o para ser exportadas

Mercancías bajo este régimen se sujeta al pago de impuesto general

Las autoridades aduaneras podrán autorizar dentro de los recintos fiscalizados

Las mercancías nacionales se consideran exportadas para los efectos legales

Las mermas resultantes de los procesos de elaboracion

Fundamento Legal