Operaciones Aduaneras
DEFINITIVO
De importación
Entrada de mercancía de procedencia extrajera cuya finalidad es permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado
Requisitos para importar
Obligaciones de las empresas porteadoras
Documentos digitales que se transmiten como anexos al pedimento de importación
Acogerse a algún tratado de libre comercio
Certificacion de origen
De exportación
Salida de mercancía del territorio nacional para permanecer
Darse de alta en el registro federal de contribuyente
Darse de alta en el padrón de exportaciones sectorial
Necesario la concentración de los servicios de un agente aduanal
Las exportaciones generan el pago del denominado derecho de tramite aduanero (DTA)
Cubrir con los requisitos del país destino establezca para la mercancía exportada
Fundamento legal
Ley Aduanera
Articulo 102
Reglas generales de Comercio Exterior
Regla 1.3.7
Ley de Impuesto Especial sobre producción y servicio
Articulo 19 de fracciones
TEMPORALES
De importación
Entrada al país de mercancía extranjeras para permanecer en el por el tiempo limitado y con fidelidad estetica
Elaboración, transformación o reparación
Retomar al extranjero en el mismo estado
No se pagaran los impuestos al Comercio Exterior ni a las cuotas compensatorias, excepto en los casos previstos
Articulo 63-A
Articulo 105
Articulo 108
Fracción III
110 y 112
Fundamento legal
Ley Aduanera
Articulo 104
Articulo 112
De exportacion
Salida de mercancía del país por periodo limitado, con finalidad especifica, no pagando impuestos al Comercio Exterior, se debe cumplir con las obligaciones en materia de regulaciones, restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas
DEPOSITO FISCAL
Transito de Mercancía
Interno
Traslado de mercancía bajo control fiscal de una aduana a otra
Importación
Internacional
Traslado de mercancía bajo control fiscal de una aduana nacional a otra
Exportacion
Pedimento que ampare exportacion
Transito de mercancia
Presentar pedimento o aviso
Fundamento legal
Articulo 124, 125, 127, 128 de la Ley Aduaera
Reglas generales del Comercio Exterior 2017
4.6.7
4.6.5
ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION DEL RECINTO FISCALIZAD
Introducción de mercancías extranjeras o nacionales, a dichos de recintos para su elaboración, transformación o reparación para retomar al extranjero o para ser exportadas
Mercancías bajo este régimen se sujeta al pago de impuesto general
Las autoridades aduaneras podrán autorizar dentro de los recintos fiscalizados
Las mercancías nacionales se consideran exportadas para los efectos legales
Las mermas resultantes de los procesos de elaboracion
Fundamento Legal