TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

INDEFINIDO

Indefinido ordinario

FINALIDAD: Contratar trabajadores por tiempo indefinido

CARACTERISTICAS: No da derecho a incentivos ni bonificaciones

FORMA: Escrita o verbal

JORNADA: Puede ser a tiempo completo o parcial

Fijo discontinuo

FINALIDAD: Para trabajos que no se repiten en fechas ciertas

DURACION: Son periodos de trabajo y no trabajo a lo largo de años

FORMA: Debe realizarse por escrito

TEMPORAL

Obra o servicio

FINALIDAD: Realización de obras o servicios con autonomista y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa.

FORMA: Debe formalizarse siempre por escrito.

DURACIÓN: No puede superar los 3 años, ampliable en 12 meses por convenio colectivo.

JORNADA: Puede realizarse a tiempo completo o tiempo parcial.

INDEMNIZACIÓN: 12 días de salario por cada año de servicio.

Eventual

FINALIDAD: Atender los incrementos de trabajo temporales dentro de la actividad habitual de empresa o para sustituir vacaciones.

FORMA: Verbal hasta 4 semanas, escrita superior 4 semanas.

DURACIÓN: 6 meses dentro de un periodo de 12 meses, ampliable hasta 18 meses por convenio colectivo.

JORNADA: Tiempo completo o tiempo parcial.

INDEMNIZACIÓN: 12 días de salario por cada año de servicio.

Interinidad

FINALIDAD: Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.

DURACIÓN: El tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido.

JORNADA: Tiempo completo o tiempo parcial.

INDEMNIZACIÓN: Sin derecho a indemnización.

FORMACIÓN Y APRENDIZAJE

NIVEL DE ESTUDIOS: No es necesario disponer de ningún titulo.

OBJETIVOS: Conseguir la cualificación del titulo, alternando trabajo efectivo con formación teórica.

EDAD: Hay limite edad, entre 16 y 25 años(en caso de discapacitados, no existe limite de edad).

DURACIÓN: Entre 1 año y 3 años(estatutos) pero según el convenio colectivo puedes bajar hasta los 6 meses.

SALARIO: Marcado por el convenio colectivo, en su defecto cobras en proporción al trabajo efectivo y nunca menos del SMI y proporcional al tiempo de trabajo efectivo.

La ley establece unos máximos de trabajos efectivos:
-Primer año: 75%.
- Segundo año: 85%.

FORMA: Siempre por escrito e identificar al trabajador sustituido y la causa de la misma.

EN PRÁCTICAS

NIVEL DE ESTUDIOS: Se exige haber obtenido un titulo profesional.

OBJETIVO: Adquirir experiencia profesional sobre el titulo esturiado.

EDAD: No tiene limite de edad. Mientras no hallan pasado mas de cinco años de la obtención del titulo(7 discapacitados). a los menores de 30 años no se les aplica este limite.

DURACIÓN: 6 meses mínimo y 2 años máximo. se admiten 2 prorrogas de al menos 6 meses cada una de ellas.

SALARIO: Marcado por el convenio colectivo, en su defecto como minimo el primer año no se puede cobrar menos del 60% del mismo puesto de trabajo y en segundo año el 70%.