Organización del Estado y el Derecho Procesal Constitucional

RAMA DEL PODER PUBLICO

RAMA LEJISLATIVA

SENADORES DE LA REPUBLICA

Función constituyente. El Congreso está autorizado a reformar la Constitución mediante proyectos de acto legislativo.

Función electoral. El Senado debe elegir a los magistrados de la Corte Constitucional y el Procurador General de la Nación y junto a la Cámara de Representantes eligen al Contralor General de la República,

CAMARA DE REPRESENTANTES

Elegir al Defensor del Pueblo.

Examinar y fenecer la cuenta general del presupuesto y del tesoro que le presente el Contralor General de la República.

Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen, y comisionar para la práctica de pruebas cuando lo considere conveniente.

RAMA EJECUTIVA

*hacer cumplir las leyes *preservar la vida por medio de la conservación del poder publico. *ejecutar actividades administrativas.

NACIONAL

PRESIDENTE que cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa.

VICEPRERSIDENTE

MINISTROS

DEPARTAMENTAL

GOBERNADOR

SECRETARIO DE DESPACHO

MINICIPIOS

ALCALDES

SECRETARIO DE GOBIERNO

RAMA JUDICIAL

le corresponde administrar justicia, solucionar los conflictos y controversias entre los ciudadanos y entre éstos y el Estado y decidir cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva.

JURIDICCION ORDINARIA.
*Corte suprema de justicia
*Tribunales superiores del distrito judicial
*Juzgados: circuitos, municipales y promiscuos municipales.

JURIDICCION
CONSTITUCIONAL

CORTE CONSTITUCUONAL

JURIDICCION DE PAZ

FISCALIA GENERAL DE LA NACION

JURIDICCION DEL CONTECIOSO ADMINISGTRATIVO.
*Consejo de estado
*tribunales administrativos
*Juzgados administrativos

DERECHO PROCESAL CONSTITUCUONAL

le corresponde administrar justicia, solucionar los conflictos y controversias entre los ciudadanos y entre éstos y el Estado y decidir cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva.

El Derecho Procesal Constitucional comprende el desarrollo de las siguientes áreas temáticas

El conflicto constitucional y sus formas de solución: analiza la Constitución, sus normas y valores, desde un punto de vista más estático

El Derecho Procesal Constitucional orgánico: se pone en movimiento cuando surge el conflicto constitucional que se produce, como más adelante se dirá, cuando la autoridad o los particulares infringen la Constitución

El Derecho Procesal Constitucional funcional: destinado a dar protección a la Constitución, puede contemplar uno o más Tribunales Constitucionales competentes o dárselos a todos los del sistema común.