Sueldos y Salarios, Beneficios Sociales y Utilidades en Ecuador

Art. 93.- Derecho a remuneración íntegra

En los días de descanso obligatorio señalados
en el artículo 65 de este Código, los trabajadores tendrán derecho a su remuneración
íntegra.

Vacaciones anuales

El trabajador tiene derechos a un periodo de vacaciones laborales remuneradas

Pago del fonfo de reserva

El trabajador tiene derecho a percibir los fondos de reserva a partir del segundo año de trabajo

Pago de utilidades

El trabajo tiene derechos al pago por concepto de utilidades

Pago d el décimo tercero y décimo cuarto sueldo

Art. 111

Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen mensualmente, la parte proporcional a la doceava parte de las remuneraciones que perciban durante el año calendario.

Art. 113

Los trabajadores percibirán, además, sin perjuicio de todas las remuneraciones a las que actualmente tienen derecho, una bonificación mensual equivalente a la doceava parte de la remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general.

No tendrán derecho a utilidades

Art. 98

Los trabajadores que percibieren sobresueldos
o gratificaciones cuyo monto fuere igual o excediere al porcentaje que se fija, no tendrán derecho a participar en el reparto individual de las utilidades.

Igualdad de remuneración

Art. 79.-

A trabajo igual corresponde igual remuneración, sin discriminación en razón de nacimiento, edad. sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión, filiación política, posición económica, orientación sexual, estado de salud,

Sueldo y Salario

Art. 80

Salario es el estipendio que paga el empleador al obrero en
virtud del contrato de trabajo; y sueldo, la remuneración que por igual concepto
corresponde al empleado

Estipulación de sueldos y salarios

Art. 81.-

Los sueldos y salarios se estipularán
libremente, pero en ningún caso podrán ser inferiores a los mínimos legales, de
conformidad con lo prescrito en el artículo 117 de este Código.

Afiliación a la Seguridad social

El trabajador debe ser afiliado (por parte del emprendedor)desde el primer día d trabajo

Pago por horas extres y sumplementarias

El trabajador tiene derecho a percibir el pago por horas extras y suplementarias, en el caso que trabaje estas horas

Precedentes legales

Los precedentes legales relativos a las remuneraciones de que trata este parágrafo, se tomarán en cuenta con relación a épocas anteriores a la
vigencia de esta codificación, en cuanto fueren necesarios.