SUJETOS DE DERECHO
Los hechos y actos jurídicos
Hechos jurídicos
Del hombre
No tiene la voluntad de cometer el acto y mucho menos verse involucrado con el derecho
Tiene la voluntad de cometer el acto, pero no la intención de verse involucrado con el derecho
Naturales: Nacimiento, muerte
Actos jurídicos
Hechos en los que intervienen sujetos con la intención de provocar consecuencias en el derecho: Existe a través de una sola voluntad (convenio lato sensu), dos voluntades (bilateral, contrato) y de muchas voluntades (plurilateral, convenio en strictu sensu)
Los Sujetos de derecho: personas físicas y morales
Persona física: Hombre en su individualidad capaz de generar derechos y obligaciones
Patrimonio: El conjunto de bienes o riquezas que le corresponden a una persona y los compromisos que adquirimos, los cuales generan obligaciones a través de los créditos
Bienes de dominio del poder público y propiedad de los particulares: de uso común y destinados a un servicio público; todas las cosas cuyo dominio les pertenece.
Bienes muebles y Bienes inmuebles
Bienes inmuebles : Se encuentran fijos al suelo y que no se pueden mover
Bienes muebles : Se pueden mover, con facilidad de un lugar a otro.
Bienes con dueño cierto y conocido y Bienes sin dueños,abandonados o de dueño ignorado: Se conoce con certeza la propiedad del bien; Bienes muebles, mostrencos, Bienes inmuebles, vacantes.
Consumibles por el primer uso y No consumibles
No consumibles: Permiten el uso constante del bien sin desaparecer.
Consumibles por el primer uso: No permiten el uso constante.
Bienes fungibles y Bienes no fungibles: Bienes que se pueden intercambiar por otro de la misma especie y calidad; bien que no se puede cambiar por uno de la misma especie o calidad
Corpóreos e incorpóreos
Incorporeo : Se pueden apreciar “entender”, pero no se ven fisicamente.
Corporeo : Percibidos por los sentidos.
Activo y Pasivo: Conjunto de bienes y dinero; conjunto de obligaciones y cargas
Nacionalidad : estatus dentro del estado al que pertenece, el lugar donde ocurrió el nacimiento y la nacionalidad de los padres, se genera el vínculo jurídico entre persona y estado. Status de protección dentro de la sociedad , crea derechos y obligaciones recíprocos.
Por naturalización
Por nacimiento
Estado civil : Vínculo de una persona física con su familia y con la nación, es exclusivo de las personas físicas de carácter inalienable.
Domicilio : Lugar o permanencia en el que una persona física puede ser localizada. Lugar en el que reside, centro principal de sus negocios, lugar donde se encontrare
Legal: Residencia para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones
Convencional: La persona lo elige para ciertos efectos
Voluntario : La persona física elige
Capacidad: Consiste en ser titular de derechos y sujeto de obligaciones, se adquiere con el nacimiento y se pierde con la muerte
Patria potestad y tutela : Entregada a aquellos que no han cumplido la mayoría de edad y/o que no están en pleno uso de sus facultades mentales
Nombre: Distingue a una persona y consta del nombre propio y del nombre de familia
Personas morales: conjunto de personas físicas con un mismo objetivo
Domicilio: Lugar donde se establezca la administración de su negocio
Nacionalidad: Todas las personas morales que se constituyen conforme a las leyes de nuestro país son mexicanas
Nombre, razón o denominación social: Se usa para diferenciar e identificar a la persona moral
Capacidad: Es aquella que le otorga derechos, obligaciones y la capacidad jurídica para actuar y comprometerse frente a los demás a través de su representante legal
Patrimonio: Conjunto de bienes, derechos y obligaciones susceptibles a convertirse en dinero
Los supuestos jurídicos y las consecuencias de derecho
Supuestos Jurídicos
Simples
están constituidos por una sola hipótesis
Compuestos
Conceptúan, como condiciones de las consecuencias, varios hechos
Independientes
Éstos son independientes, cuando cada uno de ellos basta para que se deriven consecuencias de derecho, es decir, cuando los hechos que los realizan son títulos completos que soportan las consecuencias que generan
Dependientes
son dependientes, cuando sólo tienen existencia como partes de un todo y, por consiguiente, de manera aislada no constituyen título suficiente para soportar las consecuencias en el ámbito del Derecho al que pertenecen
Simultaneos
serán simultáneos cuando se requiere la realización de los hechos conceptuados en el mismo evento
Sucesivos
cuando un supuesto demanda previamente la realización de otro u otros para que se produzcan las respectivas consecuencias
El tipo penal: El tipo es el supuesto constitutivo de la norma penal, al que se halla enlazada imputativamente una sanción penal
En relación con su estructura en: básicos, especiales y subordinados; elementales y compuestos; completos, incompletos y en blanco.
En relación con el sujeto activo en: monosubjetivos y plurisubjetivos; indeterminados y cualificados.
En relación con el bien jurídico tutelado en: simples y complejos; de lesión y de peligro.
En relación con su contenido en: de mera conducta y de resultado; abiertos y cerrados; de conducta instantánea y permanente; de acción y de omisión.
El tipo subjetivo
El tipo subjetivo conceptúa las formas de culpabilidad (dolo, culpa y preterintención, es decir describirle la conducta interna y el objetivo a los sujetos con sus calidades, la conducta con sus circunstancias y modalidades y el resultado (causal y Jurídico)
La nulidad de los actos jurídicos
Nulidad relativa: Es incapaz, o informal o presenta vicios y necesita ser corregido, se debe subsanar
Prescriptible: una parte señala el error y pide que se corrija, de no hacerlo se declara nulo absoluto
Confirmable: Ambas partes rectifican el error
Oponible sólo por los interesados
Nulidad absoluta: Una de las partes no tiene toda la intensiónde cmplir la normativa exigible
Requiere declaración judicial y produce consecuencias en el derecho
Los elementos esenciales y de validez de los actos jurídicos
Elementos esenciales
Inexistencia del acto jurídico
Oponible por cualquier interesado
Inconfirmable: no se puede convalidar
Imprescriptible: no está sujeto a límite de tiempo
Cuando falta alguna de las tres características el acto jurídico no se puede realizar.
Aceptación de la norma jurídica
Reconocimiento del ordenamiento jurídico
Objeto
Directo, crea o transmite derechos y obligaciones reales o personales
Indirecto, recae sobre una cosa, un objeto o una abstención
Debe de existir en la naturaleza, ser determinado y encontrarse dentro del comercio o ser posible y lícito en los indirectos
Consentimiento
Manifestación de voluntad, expreso o táctico
Consensual, sin formalidad alguna
Formal, la ley exige ciertas formalidades
Solemne, implica mayor exigencia que la forma
Elementos de validez
Capacidad: Aptitud para ejercer y contraer obligaciones
Deran ser mayores de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales o estar emancipado, ser perito en alguna materia o ser materia laboral
Formalidad: cumplimiento de ciertos requisitos o etapas del contrato
Puede ser verbal, escrito, en registro, solemnes o en combinación
Ausencia de vicios en el consentimiento
La voluntad debe manifestarse de forma espontánea y libre
Error: Una falsa creencia de la realidad
Dolo: Una de las partes quiere inducir al engaño
Mala fe:El beneficiado disimula el error
Violencia: Cuando una de las partes ejerce sobre la otra amenazas, chantajes, golpes o lesiones
Lesión: Una parte se aprovecha de la ignorancia, pobreza o miseria del otro
Licitud: No es contrario a las leyes de orden público y a las buenas costumbres
Detalles finales
Conclusion
Dentro del derecho se utilizan distintos términos para denominar a cierto tipo de personas, objetos o situaciones, es conveniente conocerlos para poder tener claro lo que se plantea en un contexto jurídico, evitando errores en la compresión o la ignorancia respecto a dichos términos, es muy importante conocer los elementos que conforman el derecho y que le otorgan validez, dentro de los sujetos del derecho encontramos 2 clasificaciones persona física y moral, siendo la primera una persona individual capaz de generar derechos y obligaciones y la segunda es un conjunto de personas físicas con un objetivo en común, tenemos además a los supuestos jurídicos y las consecuencias de derecho, las cuales consisten en que un supuesto jurídico es una hipótesis jurídica de la cual se deriva una consecuencia jurídica, que puede ser una modificación o eliminación de una relación jurídica, por lo tanto no existe consecuencia jurídica sin un supuesto jurídico y si cambia un supuesto también cambia la consecuencia jurídica, además tenemos otros 2 conceptos los hechos y actos jurídicos, un hecho jurídico se encuentra en el plano real, es la realización de una hipótesis y un acto jurídico son los hechos en los que intervienen sujetos con la intención de provocar consecuencias en el derecho, algo que es muy importante conocer son los elementos esenciales y de validez de los actos jurídicos, los elementos esenciales son los que le dan vida al acto jurídico y se conforman por el consentimiento, el objeto, la aceptación de la norma jurídica y la inexistencia del acto jurídico y los elementos de validez son aquellos que le dan eficacia a un acto jurídico y dentro de ellos están la capacidad, la formalidad, la voluntad y la licitud y por último que es de gran relevancia es la nulidad del acto jurídico, la cual puede ser por nulidad relativa, que es cuando es incapaz o informal o presenta vicios y necesita ser corregido, se debe subsanar y también está la nulidad absoluta, que se presenta cuando una de las partes no tiene la intención de cumplir la normatividad exigible, el conocer todos estos conceptos permite tener claro los factores que influyen dentro de un acto jurídico y poder comprender como funciona todo un proceso en un contexto jurídico.
Bibliografía
Rosa Gloria Alanís Sierra. (2007). Derecho de la empresa I. México: McGrawHill.
Subtema
Rúbrica
Técnica Prezi, Emaze e infografía con imágenes relacionada con los temas
30%
Completos los temas y numerados los temas y subtemas
40%
Rúbrica
10%
Bibbliografía
10%
Memoria
10%