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realizată de YOHANNA ESPITIA 3 ani în urmă

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EL DERECHO CONSTITUCIONAL EN SU CONTEXTO

El constitucionalismo liberal establece los fundamentos del Derecho constitucional en las sociedades occidentales, proporcionando un marco específico para la organización del poder estatal.

EL DERECHO CONSTITUCIONAL EN SU CONTEXTO

EL DERECHO CONSTITUCIONAL EN SU CONTEXTO

Mapa mental realizado por: Ricardo Alvarez, Giovanni Castañeda y Yohanna Espitia

Por último, el período de entreguerras redefine el Derecho constitucional desde la dimensión esencial de los derechos de los ciudadanos, a través del reconocimiento constitucional de los derechos sociales, económicos y culturales.

Aquí la innovación constitucional europea parece poder llegar más lejos que la innovación legislativa americana, donde la Constitución, interpretada por una jurisprudencia conservadora del Tribunal Supremo, se pone como límite a los desarrollos intervencionistas en materia económica y social promovidos por el New deal.

El constitucionalismo hubo de enfrentarse, finalmente, con las patologías que fue generando la propia modernidad (“el sueño de la razón produce monstruos”); llegó el momento en que el Derecho constitucional debía mostrar su versatilidad intrínseca (fruto de su “lógica natural”) para solucionar nuevos retos.

El constitucionalismo liberal define los arquetipos que dan forma al Derecho constitucional occidental como un modo especifico de organizar el poder

El término nación pasará a designar una realidad histórico-natural que no decide de manera voluntarista y por medio de un pacto (constituyente), sino que define sus instituciones políticas a través de la tradición histórica

Ni en Francia ni en Europa se asienta un modelo constitucional al estilo del americano, estable, consensuado en el seno de la sociedad.

La Constitución americana es fruto de la necesidad y es instrumento práctico para organizar ex novo un poder estatal recién nacido

El pueblo tiene derecho a instaurar un nuevo poder legislativo si éste actúa contra sus derechos.

En tiempos recientes se ha incorporado al sistema constitucional del Reino Unido una Declaración de derechos (la Human Rights Act) que vincula, con muchas peculiaridades, al legislador; cuando se discute en ese país la elaboración de una Constitución escrita.

En este aspecto se centra, precisamente, la crítica de E. Burke a la Revolución francesa y el elogio de la continuidad de las instituciones inglesas.

La Constitución consuetudinaria británica no surge de un movimiento voluntarista de la humanidad iluminada que pretende a través de la razón crear un orden político nuevo que rompe con el pasado.

Consentimiento de los gobernadores a través de un pacto social

El constitucionalismo se organiza a partir del Estado, pero añade algo más, ya que se caracteriza por aglutinar a los individuos no sólo en torno a la idea de igualdad, sino también a la idea de libertad frente al abuso y la tiranía

Se organiza a partir del estado una forma de regular el poder y su actuación, pero partir de determinadas ideas que no pueden encontrarse - la igual dad de los ciudadanos, la del poder temporal y limitado, la del triunfo de los derechos de los individuos como fundamento y justificación de la comunidad política.

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El equilibrio decimonónico de poderes nacido del pacto entre la aristocracia y la burguesía, entre el monarca y la asamblea representativa, es una respuesta de situación que obligará al Derecho constitucional europeo a un esfuerzo innovador considerable cuando el principio democrático se incorpore a los textos constitucionales.

El proceso revolucionario francés es un gran laboratorio donde están presentes muchos de los planteamientos políticos que van a determinar la historia constitucional europea hasta nuestros días.

Con el constitucionalismo democrático de entreguerras. Y han seguido influenciando el constitucionalismo europeo hasta nuestros días, a través de formas eclécticas donde la jurisdicción constitucional ya no es únicamente concentrada sino también difusa, y no sólo abstracta sino también incidental

El segundo gran impulso del constitucionalismo se produce con la revolución americana, donde se aprueban las primeras constituciones escritas (la federal y las de algunos estados) que han permanecido vigentes hasta nuestros días. La extensión y la naturaleza de esta

el movimiento constitucionalista, “… muestra su máxima creatividad en el plano de las ideas y de las soluciones prácticas con la Revolución americana y con la francesa; después en los siglos XIX y XX tendremos solamente una imitación de los grandes modelos (inglés, francés, americano)

Evidentemente, esta construcción del poder es fruto del pensamiento racional y supone una conquista histórica que avanza lentamente, sigue ritmos diferentes y goza de caracteres singulares en los diversos países donde se produce.

El Constitucionalismo se basa en nuestra carta Magna o Constitución, en su estudio y aplicación

El ideal de Constitución no surge espontáneamente en los procesos revolucionarios de los siglos XVII XVIII y XIX, sino que se sustenta sobre siglos de pensamiento filosófico y de larga evolución de las teorías políticas.

Es el Derecho que funda la comunidad política, a través del que se expresan las decisiones trascendentales de una sociedad, el que determina en gran medida el modo y las condiciones de vida de los individuos que se integran en un proyecto común de convivencia.

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