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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN REFORMA 2019

La Ley General de Educación Reforma 2019 establece principios clave para el sistema educativo en México. Se garantiza que la educación impartida por el Estado será equitativa, inclusiva y de excelencia, atendiendo a grupos con mayores rezagos y diversas circunstancias.

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
REFORMA 2019

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN REFORMA 2019

Artículo 10°.- Los gobiernos estatales y ayuntanmientos podrá celebrar convenios de colaboración a los que se refiere el articulo anterior.

Artículo 9°.- Las autoridades educativas establecerán las condiciones para el ejercicio pleno de la educación.

Artículo 8°.- El servicio educativo que imparta el Estado será con equidad y excelencia, a grupos con mayor rezago o con circunstancias especificas de carácter económico, físico, mental, preferencia sexual...

Artículo 7°.- La educación que imparta el estado será: I. universal, II. Inclusiva, III. Publica, VI. Gratuita y V. Laica

Artículo 6° - La educación es obligatoria desde inicial hasta media superior

Artículo 5° - Toda persona tiene derecho a la educación para su bienestar y mejora de la sociedad

Artículo 4° - Aplicación y vigilancia de esta ley por las autoridades

Artículo 3° - Participación activa de los actores de la educación

Artículo 2° - Interés superior de los NNA a la educación como derecho

Artículo 1° - Garantiza el derecho de la educación derivado del art. 3°

Artículo 21°.- La evaluación de los educandos será integral y comprenderá la valoración de conocimientos, habilidades, destrezas, para el logro de los propósitos establecidos en los planes y programas.

Artículo 20°.- Las y los maestros acompañarán a los educandos en sus trayectorias formativas, en todas las modalidades y opciones, con aprendizajes interculturales, tecnológicos, científicos, humanistas para acercarlos ala realidad.

Articulo 19.- En el SEN, se incluirán el seguimiento, análisis y valoración integral de los niveles y opciones educativas.

Artículo 18.- La formación del mexicano y mexicana será integral dentro del SEN considerando: el pensamiento matemático, comprensión lectora, conocimiento tecnológico, científico, filosófico, histórico, humanístico, sociemocional, del pensamiento critico, necesidades y ritmos de aprendizaje, apreciación artística y valores para la responsabilidad ciudadana.

CAPÍTULO IV - DE LA ORIENTACIÓN INTEGRAL. Artículo 17°.- De la formación integral de NEM para la vida, y los programas de estudio, vinculación de la escuela con la comunidad y la adecuada formación de los y las maestras.

CAPÍTULO III - DE LOS CRITERIOS DE EDUACIÓN, Artículo 16°.-Basada en el criterio científico, democrática, nacional, humanista, equitativa, con respeto a l interés general de la sociedad, inclusiva, intercultural, integral y de excelencia.

CAPÍTULO II - DE LOS FINES DE LA EDUCACIÓN Artículo 15°.- Desarrollo integral, respeto a la dignidad humana, formación humanista, enfoque en derechos humanos.

Artículo 14° - La SEP, promoverá un acuerdo educativo con acciones: a. La escuela como centro de aprendizaje comunitario, reconocer a los NNA como la prioridad del SEN, revalorización de los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo, priorizar los planes y programas a los contextos regionales, reconociendo la composición pluricultural del país.

Artículo 13° - Se fomenta una educación basada en: a) La identidad, interculturalidad e inclusión social, b)responsabilidad ciudadana, c)mejoramiento de los ambito cultural, economico y d)respeto y cuidado del medio ambiente

Artículo 12° - El servicio educativo impulsa el desarrollo humano integral a través del: pensamiento critico, dialogo continuo, evitando la corrupción, la discriminación y violencia, en el respeto de los derechos humanos.

Artículo 11° - La NEM busca la equidad, excelencia, y la mejora continua de la educación, coloca al centro el máximo logro de los aprendizajes en las NNA.