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realizată de Diego Fernand De la Cruz Paz 3 ani în urmă

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Organigrama

Las personas víctimas de delitos tienen derechos específicos que les permiten participar activamente en el proceso judicial y recibir diversas formas de apoyo. Entre estos derechos se incluye la posibilidad de impugnar las omisiones del Ministerio Público durante la investigación, así como las resoluciones que no consideren la reparación del daño.

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DERECHOS DE LA VICTIMA O DEL OFENDIDO

Impugnar ante autoridad judicial

las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.

Solicitar

Las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos.

Al resguardo de su identidad y otros datos personales

Cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.

Que se le repare el daño

En los casos en que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria. La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño.

Recibir

Desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia.

Coadyuvar con el Ministerio Público

A que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley. Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la diligencia, deberá fundar y motivar su negativa

Recibir asesoría jurídica

Ser informado de los derechos que en su favor establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimiento penal.