ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD

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DOMICILIO

Definicion

Consiste en la residencia acompañada, real o presuntivamente, del animo de permanecer en ella.

Relativo a una parte deretminada de un lugar de la union o de un territorio

Domicilio es donde esta asentado un individuo o donde ejerce habitualmente su profesión u oficio determina su domicilio o vecindad. Art 77 C.C

Caracteristicas

El domicilio Civil no se muda.

Puede haber pluralidad de domicilios

El domicilio de las personas juridicas.

Es el lugar donde este situada su administración o dirección, salvo lo que dispusieren sus estatutos o leyes especiales.

Se clasifica en

Domicilio legal

La ley impone a ciertas personas este domicilio, en razon del vinculo de subordinación que tienen con otras,

Los hijos tienen el domicilo de los padres.(De origen)

Domicilio Voluntario o Real

Toda persona que no tenga domicilio legal o de origen, puede escogerlo libremente; este sera su domicilo voluntario o de adquisición.

SENTENCIA C-112/00

NACIONALIDAD

Definicion

Es aquella relacion juridica que se crea entre

1.Estado

Le atribuye Derechos y Deberes

2.Persona

Derivados por su
integracion en esta
organización politica

Ej: Derechos politicos

Cuidadania

Todo cuidadano es
nacional pero no todo
nacional es cuidadano.

Caracteristicas

Son nacionales colombianos segun
la Ley 43 del 93.

Por nacimiento

1. Naturales de Colombia,
que cumplan una de
dos condiciones.

*Que alguno de los padres haya sido natural o nacional
colombiano

*O que siendo hijos de extranjeros , estén domiciliados en Colombia en el momento del nacimiento.

2.Los hijos de padres colombianos nacidos en el extranjero y que después se domicilien en Colombia.

Por adopcion

1.Los extranjeros que soliciten y obtengan la
carta de naturalización.

2.Los latinoamericanos y del caribe por nacimiento ,domicilados en colombia con la autorizacion del gobierno y
de la ley , por el principio de reciprocidad, pidan ser incritos
donde se establecen.

3. Los miembros de pueblos indigenas
que ocupen territorios fronterizos.

Doble nacionalidad

La nacionalidad colombiana no se pierde al adquirir otra nacionalidad

Renuncia a la nacionalidad

Mediante una manifestación escrita radicada en el ministerio de relaciones exteriores, y los nacionales por adopción la pierden de la misma manera o por la seguridad, existencia del estado y régimen constitucional

ESTADO CIVIL

Situación jurídica ante la familia y la sociedad,
determina su capacidad para ejercer ciertos derechos
y contraer ciertas obligaciones.

Indivisible

Permanente

Indispensable

Imprescriptible

Contiene

Propiedad

Soltera/o

Mayoría de edad

Sexo

Nacionalidad

Nacimiento

Patria potestad

Bautismo

Reconocimiento de hijos
extramatrimoniales

Capitulaciones matrimoniales

Interdicciones judiciales

Divorcios

Presunción de muerte

Ausencia pordesaparecimiento

rincipal

Subtema

Subtema

NOMBRE

Definición

Es un atributo de la personalidad jurídica que sirve para identificar a una persona frente a los demás

Tambien se conoce como identidad personal y sexual

Compuesto por

NOMBRE

Depende de la voluntad de los particulares

Se puede cambiar solo una vez

APELLIDO

Revelador de la familia a la cual pertene la persona

Puede ser modificado, algunas causas:

Hijo extramatromonial que llevaba solo el apellido de la madre antes de que se casaran sus padres

Reconocimiento que hace el padre a su hijo extramatrimon- ial

Hijos que son adoptados, tradicionalmente adquieren los apellidos de los adoptantes

Por cambio de sexo

Por voluntad se realiza por medio de escritura pública

SEUDONIMO

Se puede equiparar al apellido y nombre de una persona

Lo suelen utilizar los escritores

Para suscribir sus escritos y obras

Derecho al buen nombre

Artículo 15 de la Constitución política

Prueba de identidad

Registro civil de nacimiento

para los menores de 7 años

Tarjeta de identidad

para mayores de 7 años pero menores de 18 años

Cédula de ciudadanía

para los de 18 años en adelante

Sentencia relacionada

T-594 de 1993

La corte se pronuncia diciendo que el cambio de nombre no implica un cambio en el estado civil, ni determina un parentesco

CAPACIDAD

Definicion

Es un atributo de la personalidad juridica que faculta a la persona para adquirir derechos y contraer obligaciones

Clases

Capacidad de hecho (EJERCICIO)

Tiene su fuente, precisamente en los derechos y deberes que la ley le permite ejercitar a ciertas personas en particulares condiciones

Capacidad de derecho (GOCE)

La tienen todas las personas en el sentido que gozan de la facultad de ser sujetos de derechos

La especificación de la capacidad de una persona la define la legislación civil mediante la determinación de su estado civil.

Sentencia relacionada

C-534 del 2005

Sentencia T-231/13

Sentencia T-075/15

El accionante, de nacionalidad china, procura obtener el amparo al derecho a la nacionalidad de su hijo, presuntamente vulnerado por la Gobernación del Atlántico, al negar la expedición del pasaporte colombiano del menor, a pesar de haber nacido en Colombia.

Restricciones

Adopcion

Tiene restricciones para ocupar cargos
publicos que requieran ser nacional por nacimiento.

PATRIMONIO

Corte Suprema de Justicia en
sentencia 3 de agosto del 2005

Conjunto de relaciones jurídicas activas y pasivas pertenecientes a una persona que tengan una utilidad económica y sean susceptibles de estimación pecuniaria.

Universalidad jurídica de derechos y obligaciones

Se deduce de la idea de personalidad

Incomerciable

Inalienable

Inembargable

Imprescriptible

Abstracción que representa la aptitud de poseer

Creación del ordenamiento jurídico

Permite satisfacer necesidades económicas

Es de contenido variable

Constituye una necesidad y una entidad abstracta