Atributos Personas físicas

Nombre

Se forma con el nombre propio y los apellidos. Arts. 63 al 73 del Código civil del Edo. de Puebla

Domicilio

Es el lugar donde reside con el propósito de establecerse en él; a falta de éste, el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios; y a falta de uno y otro, el lugar en que se halle. Arts. 57 al 62 del Código civil del Edo de Puebla.

Domicilio voluntario: Es el que la persona elige de manera libre.

Domicilio legal: Lugar donde la ley fija la residencia de una persona para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

Domicilio Convencional: Es el que la persona tiene derecho a designar para cumplir una obligación o tenerse por domiciliada.

Patrimonio

Conjunto de derechos y obligaciones de una persona.

Económico: Conjunto de derechos y obligaciones, estimables en dinero.

Moral: Conjunto de derechos y obligaciones no estimables en dinero.

Nacionalidad

Vínculo jurídico que une a una persona con su nación de origen. Establece los derechos y obligaciones que como nacional tendrá.

Nacimiento: Los que nazcan en territorio de la República. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por nacimiento o naturalizados. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas

Naturalización: El varón o mujer extranjera que se case con varón o mujer mexicana, que establezcan su domicilio en territorio nacional. El extranjero que obtenga carta de naturalización de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Capacidad

Aptitud para ser titular de derechos, así como de ser sujeto de obligaciones. Arts. 41 al 53 del Código civil del Edo de Puebla.

Capacidad de Goce. Capacidad de Ejercicio

Estado civil

Es la relación jurídica que las personas físicas guardan dentro de la sociedad o su familia.

Capaz: Persona con capacidad legal para obligarse. Incapaz: Persona que por disposición de la ley tiene restringida su capacidad de ejercicio y puede ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones através de una representante legal.