Organización del Circuito Judicial Penal

¿Cómo se organiza?

Un Tribunal de
1era instancia

Estará integrado por jueces que ejercerán las funciones de Control, Juicio y Ejecución, en la forma rotativa que se establezca.

Una Corte de
Apelaciones

Estará integrada por al menos una sala de jueces.

Funciones
jurisdiccionales

Juez de Control

1) Decretar medidas cautelares.
2) Realizará la Audiencia Preliminar.
3) Aprobar acuerdos reparatorios.
4) Aplicar el procedimiento por Admisión de Hechos.

Juez de Juicio

Unipersonal

Delitos que no tengan privativa de libertad o aquellos que no excedan de 4 años en el procedimiento abreviado y de faltas.

Mixto

Delitos cuya privativa de libertad exceda de 4 años en su limite máximo. Se encargará de dirigir la audiencia oral y redactar la sentencia.

Juez de Ejecución

Se encargan velar por el debido cumplimiento de la sentencia emitida y de las medidas cautelares inmersas en ella. Asegurando y garantizando el respeto a los derechos humanos del imputado.

Funciones administrativas

Juez Presidente

Ejerce la dirección administrativa del Circuito. Es designado por el TSJ y deberá ser Juez de Apelaciones.

Servicios Administrativos del CJP

Integrado por servicios judiciales y generales.

Alguacilazgo

Le corresponde la recepción de correspondencia, el transporte y distribución de los documentos, la custodia y el mantenimiento del orden en la salas de audiencias y en las instalaciones de los tribunales, practicar citaciones y ejecutar ordenes. Además de las conferidas por las leyes nacionales.

Topic principal

Procedimiento para la Reparación de Daños y la Indemnización del Perjuicio

Todo ciudadano responsable penalmente por delitos o faltas, también lo será civilmente.

Su soporte legal principal es el art. 30 de la Constitución vigente y los acuerdos de DDHH.

El ejercicio de su acción puede ser:

En Tribunal Civil o en Tribunal Penal ante el mismo Juez que anteriormente dictó sentencia.

Tipos

Materiales

Netamente connotación económica

Morales

Objetivos

Susceptibles de valoración económica

Subjetivos

Presupuestos

Admisibilidad

El plazo para que el juez se pronuncie sobre la admisibilidad o rechazo de la demanda es de tres días siguientes a su presentación.

Procedencia

1. Si quien demanda tiene derecho a reclamar legalmente la reparación o indemnización,

2. En caso de representación o delegación, si ambas están legalmente otorgadas, en caso contrario, fijara un plazo para la acreditación correspondiente,

3. Si la demanda cumple con los requisitos señalados en el Art. 423. Si falta alguno de ellos, fijara un plazo para completarla.

Procedimiento: Novedades

Posibilidad de Ejecución Forzosa

Sentencia

Contenido:

1. Los datos de identificación y domicilio o residencia del demandado y del demandante y, en su caso, de sus representantes;


2. La orden de reparar los daños, con su descripción concreta y detallada, la clase y extensión de la reparación o el monto de la indemnización;



3. La intimación a cumplir la reparación o indemnización, en caso contrario, a objetarla en el término de diez días;



4. La orden de embargar bienes suficientes para responder a la reparación y a las costas, o cualquier otra medida cautelar, y la notificación al funcionario encargado de hacerla efectiva.

Incorporación oral de pruebas

No hay conciliación = Nueva audiencia en un lapso no menor a 10 días ni mayor a 30.

5 días para Audiencia de Conciliación

Requisitos para la Demanda

1. Los datos de identidad y el domicilio o residencia del demandante y, en su caso los de su representante,
2. Los datos necesarios para identificar al demandado y su domicilio o residencia; si se desconoce alguno de estos datos podrán solicitarse diligencias preliminares al juez con el objeto de determinarlos,

3. Si el demandante o el demandado es una persona jurídica, la demanda deberá contener la denominación o razón social y los datos relativos a su creación o registro,

4. La expresión concreta y detallada de los daños sufridos y la relación que ellos tienen con el hecho ilícito,

5. La cita de las disposiciones legales en que funda la responsabilidad civil del demandado,

6. La reparación deseada y, en su caso, el monto de la indemnización reclamada,

7. La prueba que se pretende incorporar a la audiencia.

Ariane Lameda V-25.254.304 CJP-143-00340V

Secretarios

Cada sala de audiencias del circuito contendrá un secretario, quien copiará y refrendará todas las actuaciones tribunalicias. Debe ser abogado.