Las Acusaciones
La
Concluida
Si
La Solicitud
La Victima
Los
Se
Mediante
Es
Es
Se
Es el
El
El de

DELITO DE ACCION DEPENDIENTE DE PARTE

Delito de Acción

Caracterizado por una manifestación
activa de la voluntad traducida en un
acto sujeto a punicion.

Clasifica en;
Delito de accion privada
Delito de accion publica

Accion Publica

El que afecta el orden jurídico
general y se persigue de oficio.

Acción Privada

Perseguible solo a instancia de parte interesada; la victima, sus representantes, ciertos parientes o causahabientes, según los casos y este se opone al delito de acción publica.

Procede
(Articulo 391 del C.O.P.P.)

Acusación privada de la victima ante
el tribunal competente.

Formalidad
(Articulo 392 del C.O.P.P.)

Expresa por escrito directamente
ante el tribunal de juicio.

Requisitos del escrito estan contemplados en el mismo articulo

Auxilio Judicial
(Articulo 393 del C.O.P.P.)

Que pretenda ejercer la acción penal, podrá solicitar al Juez de Control que ordene la practica de una investigación preliminar para identificar al acusado.

Deberá contener:
a.- Nombre, apellido, edad, domicilio o residencia y numero de cedula de identidad.
b.- El delito por el cual pretende acusar con una relación detallada de las circunstancias.
c.- Justificación de condición de victima.
d.- Diligencias que serán objeto de la investigación preliminar.

Resolución del Juez de Control
(Articulo 394 del C.O.P.P.)

Considera que se trata de un delito de acción privada, ordenara al Ministerio Publico o al órgano competente, la practica de las diligencias solicitadas por la acusadora privad.

La investigación preliminar, el Juez de Control entregara a la victima los resultado en original, dejando una copia en el expediente.

Recursos
(Articulo 395 del C.O.P.P.)

Decisión del Juez de Control de negar la practica de la investigación preliminar, podrá ser apelada por la victima dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Inadmisibilidad
(Articulo 396 del C.O.P.P.)

Que su hecho, no revistan de carácter penal,
que la acción sea evidentemente prescrita,
o verse sobre hechos de acción publica, o
falte un requisito de procedibilidad, serán declaradas inadmisible por parte del Juez de Juicio.

JOSE LUIS PEREZ GUEDEZ
C.I. 7 426 806
EXP; CJP-192-00136V

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