Derecho y deberes laborales

Deberes

Cuidar las herramientas de trabajo asignadas.

Comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime conducentes a evitarle daños y perjuicios.

Atender las ordenes preventivas de accidente o enfermedades laborales.

Prestar la colaboración posible en casos de siniestro o de riesgo inminente que afecten o amenacen las personas o cosas de la empresa o establecimiento.

Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del {empleador}, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar del trabajo.

Obligaciones que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario.

Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos.

Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, a sus creencias y sentimientos.

Conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio

PROHIBICIONES: Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores.

Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes o proveerías que establezca el empleador.

Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores en el ejercicio de su derecho de asociación.

Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios.

PROHIBICIONES: Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo o excitar a su declaración o mantenimiento, sea que participe o nò en ellas.

Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o nó a un sindicato o permanecer en él o retirarse.

Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del {empleador}, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar del trabajo

Sustraer de la fábrica, taller o establecimiento, los útiles de trabajo y las materias primas o productos elaborados. Sin permiso del {empleador}.