DERECHOS FUNDAMENTALES, SOCIALES Y COLECTIVOS

DERECHOS FUNDAMENTALES, SOCIALES Y COLECTIVOS

DERECHOS FUNDAMENTALES

DERECHOS FUNDAMENTALES

Colombia acogió esta figura en la Constitución de 1991, donde se reconocen como derechos fundamentales.

Aquellos que son necesarios para que la persona humana cuente con una vida digna.

Se trata entonces de garantías individuales que tienen todas las personas sin distinción

Que son inherentes a su condición humana.

También se conocen con el nombre de Derechos de Primera Generación o Derechos de Libertad.

Son aquellos que se configuran como formas de participación de los individuos.

Bien objetiva o colectivamente en los procesos de formación de la voluntad general.

Algunos de los derechos fundamentales.

Derecho a la vida

Derecho a la autonomía personal

Derecho a la intimidad

Derecho sobre la participación política

DERECHOS COLECTIVOS

DERECHOS COLECTIVOS

La Sala Plena de la Corte definió el derecho colectivo como:

Interés que se encuentra en cabeza de un grupo de individuos.

Lo que excluye motivaciones meramente subjetivas o particulares.

El constituyente de 1991 determinó los derechos colectivos como los relacionados con:

El ambiente

El patrimonio publico y la cultura

Acceso a los servicios publicos

La salubridad

La seguridad y prevencion de desastres

El espacio publico

DERECHOS SOCIALES

DERECHOS SOCIALES

También conocidos como Derechos de Segunda Generación.

Por cuanto se parte de la idea de que el ser humano debe desenvolverse dentro de condiciones sociales, económicas y culturales acordes con su dignidad.

Los derechos sociales son aquellos que están alineados.

Con la infinita dignidad del ser humano.

Es decir, defienden la importancia de la integración personal a través de objetivos importantes como:

Derecho a la seguridad social

Derecho a la sanidad

Derecho a la educacion