Derechos Humanos Fundamentales

Son universales, individuales y están relacionados entre sí.

Los derechos humanos están clasificados en tres grupos

Los derechos civiles, políticos, y naturales: tales como la vida, el nombre, el matrimonio, la unión libre, la libertad, etc. a

Los derechos económicos, laborales, sociales, y culturales: tales como la huelga, la libertad de trabajo, libertad de asociación, la propiedad privada, etc.

Los derechos que conservan el medio ambiente: tales como los derechos del niño, los derechos de la mujer, los derechos del adulto mayor, etc.

Los derechos humanos se dividen en dos categorías: derechos positivos y derechos negativos. Los derechos negativos, como el derecho a la intimidad, se definen exclusivamente en términos de obligaciones ajenas de no injerencia; los derechos positivos, por el contrario, imponen a otros agentes, tradicionalmente, aunque ya no de manera exclusiva el Estado, la realización de determinadas actividades positivas

La dignidad, la integridad, la libertad, la seguridad y la satisfacción de las necesidades esenciales, para poder vivir bien y oportunamente en un espacio democráticamente garantizado por el Estado y por la sociedad. La dignidad humana, la libertad, la igualdad,
entre otros

El derecho a la vida

Derecho a la integridad personal y prohibición de la tortura

La prohibición de la esclavitud y la servidumbre

La prohibición de la esclavitud y la servidumbre

El derecho a la libertad y la seguridad personal

Derecho de todo detenido a ser tratado con humanidad

Otros derechos: la educación, la salud, la vivienda, el trabajo, la libertad, la igualdad, entre otros.

Derecho a la circulación y residencia

Derecho a no ser detenido por deudas

Derecho al extranjero a no ser expulsado arbitrariamente

Las garantías judiciales

Derecho a la personalidad jurídica

Mecanismos de protección
de los Derechos Humanos y Fundamentales

Derecho de petición:Se puede presentar peticiones respetuosas a las autoridades,
de modo escrito o verbal por interés general o particular, y a obtener pronta
resolución

Habeas Corpus: derecho a requerir o solicitar la libertad
cuando se ha sido capturado o retenido arbitrariamente

Acciones Populares:A través de ellas varias personas o una comunidad en procura de su protección y bienestar
pueden acudir ante un juez para solicitar la
defensa de sus derechos o intereses de carácter
colectivo, cuando se ven lesionados o amenazados.Pueden interponerse por intermedio de la
Personería Municipal o la Defensoría del Pueblo
contra cualquier particular o autoridad pública

Habeas Data: derecho que tienen todas las personas a
conocer, actualizar y rectificar las informaciones
que se hayan recogido sobre ellas en banco de
datos y en archivos de entidades públicas

Acción de Tutela:La acción de tutela es un instrumento procesal
y además específico de representación remedial,
directa y autónoma a la protección judicial
de los derechos constitucionales fundamentales
que se encuentran establecidos en la Constitución
y la ley.La acción de Tutela pretende
proteger y garantizar los derechos fundamentales
que están en peligro de ser vulnerados o amenazados,
cuando no queda otro mecanismo de
defensa judicial

El primer y más importante criterio para determinar
los derechos constitucionales fundamentales
por parte del Juez de Tutela consiste en
establecer si se trata o no, de un derecho esencial
de la persona humana