El Error
ERROR VICIO o ERROR DIRIMENTE
El error vicio consiste en que una persona que ha formado erróneamente su voluntad, a esto se le conoce como falsa representación de la realidad.
Como ejemplo podemos decir que una persona para celebrar un contrato pensó en su interior que seria de una forma "A" pero en la realidad era de forma "B", y esa situación le esta haciendo celebrar un contrato erróneamente ya que no es en la forma en el que el pensaba.
Requisitos para la anulabilidad del error vicio
Determinante de la voluntad
Esta anulabilidad se da cuanto una de las partes celebrantes del contrato, no se da cuenta del error en el que estaba pensando en que el contrato se celebraría de una forma "A" y en la realidad se estaba celebrando de una forma "B"
Que sea conocible
Para que esta anulabilidad se de, tiene que pasar que la otra contra parte se de cuenta del error que esta cometiendo la otra parte al no saber la forma real en como se esta realizando el contrato, para que la contraparte no se perjudique.
ERROR DISENSO
Se da cuando una de las
partes se equivoca respecto a la declaración de la otra parte y consiste en un error
sobre la declaración de voluntad ajena.
“Si por ejemplo, Alberto ofrece en venta
a Carlos el objeto A y Carlos, entendió mal la oferta, cree que se trata del
objeto B y acepta la oferta, no se ha formado el consentimiento entre las partes (el caso se califica, también de dissensus in causa)
ERROR EN LA DECLARACION
se presenta cuando el sujeto
declara una voluntad distinta a su verdadera voluntad interna, ya sea porque ha declarado inconscientemente una voluntad diferente, por un lapsus linguae o por un lapsus calami