ETAPAS DE LA CONTRATACIÓN PUBLICA EN COLOMBIA
CONTRACTUAL
PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACION
EJECUCION
Para ejecución del contrato se requiere según el
Articulo 41 Ley 80 de 1993 modificado por el
artículo 23 de la Ley 1150 de 2007
a) Aprobación garantías
b) Existencia de disponibilidad presupuestal
c) Pago seguridad social y parafiscales
El contrato debe ejecutarse
a) De buena fe
b) Con calidad en forma idónea y oportuna
c) Se deben respetar los derechos del contratista
Para realizar el pago se requiere:
a) Cumplimiento satisfactorio
b) Paz y salvo con aportes parafiscales
c) Respetar orden de turno
d) Establecer procedimiento externo
TERMINACION
Modalidades:
a) Por vencimiento del término de duración o plazo del contrato, cumplidas o no las obligaciones
b) Por cumplimiento de objeto y las obligaciones del contrato, aunque no se haya cumplido el plazo
2.-PRECONTRACTUAL
SELECCION DEL CONTRATISTA
Adjudicación
Selección del Contratista
Contratación Directa
a) Urgencia
b) Empréstitos
c) Interadministrativos
d) Reserva
e) Ciencia y tecnología
f) Fiducias
g) No hay pluralidad
h) Servicios profesionales y de apoyo
i) Inmuebles
Selección Abreviada
a) Bienes y servicios homogéneos
b) Menor
c) Salud
d) Desierta
e) Enajenación bienes
f) Bolsas agropecuarias
g) EICE y SEM
h) Programas Protección
i) Defensa y seguridad
Licitación Pública
a) General (adjudicación audiencia pública
b) Subasta inversa (relación costo-beneficio)
Contratación de Minia Cuantia
Concurso de Méritos
a) Proyectos
b) Consultoría
c) Interventoría
Componentes Procesos de Selección
a) Aviso de Convocatoria
b) Acto Administrativo de apertura
c) Acto administrativo de justificación de la contratación directa
d) Pliego de condiciones
e) Adjudicación
PLANEACION
a) Estudios y documentos previos, autorizaciones, permisos y licencias previas (maduración de proyectos)
b) Planes de adquisiciones
c) Certificado Disponibilidad Presupuestal (CDP)
d) Proyecto de pliego
POSTCONTRACTUAL
Liquidación Bilateral
Normatividad: Artículo 11de la Ley 1150 de 2008; por mutuo acuerdo:
a) Liquidación convencional: Por mutuo acuerdo dentro del término establecido
b) Liquidación Supletoria: Si no se estableció el termino dentro de los 4 meses siguientes al vencimiento del plazo o la expedición del acto administrativo que ordena la terminación del contrato o a la fecha del acuerdo de terminación bilateral
Liquidación Unilateral
Si el contratista no concurre a la liquidación bilateral o no hay acuerdo. Dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del término .
Liquidación Extraordinaria: Si vencido éste término no se ha realizado liquidación, puede efectuarse de mutuo acuerdo o unilateralmente, en cualquier tiempo dentro de los 2 años siguientes
Acción Judicial
La acción judicial caduca por regla general dentro de los
2 años siguientes al vencimiento del plazo del contrato