EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL
DERECHO CONCURSAL EN EL
MUNDO

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL 
DERECHO CONCURSAL EN EL 
                    MUNDO

En nuestro Perú, La legislación imponía que la crisis que provoca la insolvencia sea saneada extrajudicialmente, quedando la quiebra reservado para la sede judicial.

LEY PROCESAL DE QUIEBRAS, N°7566

Establece que el proceso concursal está a cargo de la autoridad judicial, siendo su objetivo realizar un proceso con los bienes del deudor para pagar su deuda, se privilegiaba al acreedor individual en iniciar un proceso de quiebra. la insolvencia tenía un marcado aspecto sancionador hacia el deudor insolvente.

LEY DE RE ESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL, N°26116

De un esquema judicial se pasó a un esquema administrativo en el que principalmente se buscó la protección del crédito, la prevención de la crisis de la empresa y el saneamiento de empresas que atraviesan problemas económicos y financieros.

LEY DE RE ESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL, D.L N°845

Se reguló nuevas alternativas como el procedimiento de insolvencia y el concurso preventivo.

LEY DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE RE ESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL, N°27146

Esta ley abre una posibilidad para poder ingresar al procedimiento de insolvencia permitiendo iniciar directamente este procedimiento cuando la mayoría de acreedores decidieran desaprobar el A.G.R. propuesto por el deudor en el marco del Concurso Preventivo.

LEY GENERAL DEL SISTEMA CONCURSAL, N°27809

Desarrolla como objetivo central la protección del crédito, definiendo la posición que deben ocupar los privados y el Estado en el procedimiento en materia concursal.

Aun antes del nacimiento del Derecho Romano, se registraron medidas en las legislaciones de los Imperios de las orillas del Tigris y Eufrates para impedir que los comerciantes sean burlados o burlasen en su trato, disposiciones aplicadas para todo tipo de deudores, sean comerciantes o no.

ROMA ANTIGUA

La responsabilidad era personal, por lo que el deudor moroso era considerado delincuente y el acreedor tenía derecho a detener a su deudor y adjudicárselo para venderlo como esclavo, incluso podía matarlo.

AÑO 300 A.C

Empieza el sistema de ejecución patrimonial, facilitando al deudor ofrecer todos sus bienes al acreedor.

EDAD MEDIA

Nace la quiebra debido a la gran actividad comercial.

DERECHO FRANCÉS

Este sistema giraba en torno a la quiebra con posibilidad del concordato resolutorio. Posteriormente se incorpora la liquidación judicial para deudores de buena fe, luego se establece un nuevo régimen sobre quiebra y liquidación judicial, ya en 1967 se incorpora la noción de empresa separada de la de las personas que la dirigen, la nueva reforma francesa legisla sobre prevención y solución extrajudicial de las dificultades de la empresa y finalmente en la reforma de 1994 se mejora la prevención de la insolvencia.

DERECHO ALEMÁN

Se introdujo un sistema unitario para la crisis económica de la empresa, es decir un mismo procedimiento para la liquidación y la prevención.

INTEGRANTES:

CHINCHAY MANCHAY, María Dina
DIOS RUIZ, Vanesa Lisbeth
FERNÁNDEZ CORONEL, Dilser LÓPEZ FERNÁNDEZ, Patricia María
POTENCIANO DÍAZ, Edward Gabriel
SANCHEZ SANTACRUZ, Pompeyo