La norma jurídico penal

NORMA

norma

definición

Norma es toda regulación de conductas humanas en re­lación con la convivencia

tiene por base

la con­ducta humana que pretende regular y su misión es la de posibilitar la convivencia entre las distintas personas que componen la sociedad.

El acatamiento

Las personas no pueden vivir aislada en sí misma

Para alcanzar sus fines y satisfacer sus necesidades precisa de la comunicación con otras personas y de su auxilio.

para regular la convivencia entre las personas se esta­blecen normas vinculantes que deben ser respetadas

a persona no puede vivir aislada en sí misma

de esas normas

es una condición indispensable para la convivencia.

FREUD, frente al principio del placer, que impulsa a la persona a satisfacer por encima de todo sus instintos

principio de la realidad

representado por las normas que los demás imponen

obliga al individuo a sacrificar o limitar esos instintos y a tener en cuenta a los demás

La regulación de la convivencia supone un proceso de comunicación o interacción entre los miembros de una comunidad

sistema de expectativas sobre una norma

En cualquier tipo de sociedad, por primitiva que ésta sea, se dan una serie de reglas, las normas sociales, que sancionan de algún modo segregación, aislamiento

Estas normas sociales forman el orden social. Históricamen­te este orden social se ha mostrado por sí solo como insu­ficiente para garantizar la convivencia

Nace así, secundariamente, la norma jurídica que, a través de la sanción jurídica, se propone, conforme a un determi­nado plan, dirigir, desarrollar o modificar el orden social.

El orden jurídico y el Estado

NO SON

por consiguiente, más que el reflejo o superestructura de un determinado orden social incapaz por sí mismo de regular la convivencia de un modo organizado y pacífico.

ES HOY EN DIA

el orden jurídico, garantizado por el Estado, como un instrumento imprescindible para regular la convivencia en sus aspectos más importantes.

PROTOTIPO DE LA NORMA PENAL

ART.136 DEL CODIGO PENAL

NORMA PENAL COMPLETA :
Claridad en el supuesto de hecho: «privar de la vida a otro».
Consecuencia jurídica:

“la pena de prisión de diez a treinta años y multa de 100 a 300 días”.

CONFIGURACION LEGISLATIVA

No siempre se encuentra claramente la configuración legislativa en la norma penal

Para completar el supuesto de hecho o la consecuencia jurídica se debe acudir a distintos artículos del Código penal que no están en inmediata conexión

LAS NORMAS INCOMPLETAS contienen el carácter de aquellos preceptos que sirven para aclarar el ámbito o extensión de la consecuencia jurídica

Ejemplo:
Artículos 203, 204 205, 206, 207, 207 Bis y 207.

LAS NORMAS PENALES EN BLANCO aquéllas cuyo supuesto de hecho se configura por remisión a una norma de carácter no penal.

ESTRUCTURA DE LA NORMA PENAL

NORMA JURIDICA

la consecuencia jurídica una pena y/ o una medida de seguridad.

NORMA PENAL

la norma penal el supuesto de hecho lo constituye un delito

SUPUESTO DE HECHO

El supuesto jurídico es una hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias jurídicos planteados por la norma

CONSECUENCIA JURIDICA

La consecuencia jurídica es el resultado de la norma; el hecho que la norma contemple.

ALUMNA: SANCHEZ TORRES WENDY MONSERRAT

SEMESTRE:2 GRUPO:1