LA ORGANIZACIÓN JUDICIAL EN COLOMBIA
JURISDICCIÓN ORDINARIA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ART 234 La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria y se compondrá del número impar de magistrados que determine la ley. Esta dividirá la Corte en salas, señalará a cada una de ellas los asuntos que deba conocer separadamente y determinará aquellos en que deba intervenir la Corte en pleno
TRIBUNALES SUPERIORES DE
DISTRITO JUDICIAL
JUZGADOS
CIVILES
MUNICIPALES
JURISDICCIÓN DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
CONSEJO DE ESTADO
El Consejo de Estado tendrá el número impar de Magistrados que determine la ley.
El Consejo se dividirá en salas y secciones para separar las funciones jurisdiccionales de las demás que le asignen la Constitución y la ley.
La ley señalará las funciones de cada una de las salas y secciones, el número de magistrados que deban integrarlas y su organización interna.
TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS
JUZGADOS ADMINISTRATIVOS
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
CORTE CONSTITUCIONAL
A la Corte Constitucional se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución
JURISDICCIÓN DE PAZ
JUECES DE PAZ
La ley podrá crear jueces de paz encargados de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios. También podrá ordenar que se elijan por votación popular.
JURISDICCIÓN DE LAS
COMUNIDADES INDÍGENAS
AUTORIDADES DE LOS
TERRITORIOS INDÍGENAS
Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República. La ley establecerá las formas de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional.
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNAL
La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales delegados y los demás funcionarios que determine la ley. El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. La Fiscalía General de la Nación forma parte de la rama judicial y tendrá autonomía administrativa y presupuestal.
CONSEJO SUPERIOR DE LA
JUDICATURA
El Consejo Superior de la Judicatura se dividirá en dos salas: 1. La Sala Administrativa, integrada por seis magistrados elegidos para un período de ocho años, así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. 2. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria, integrada por siete magistrados elegidos para un período de ocho años, por el Congreso Nacional de ternas enviadas por el Gobierno. Podrá haber consejos seccionales de la judicatura integrados como lo señale la ley.