es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos mediante el cual el Estado garantiza la prestación de servicios de salud a los(as) colombianos(as)incipal

titulo 1

CAPITULO I

Objeto, fundamentos y características del sistema

Los objetivos del sistema general de seguridad social en salud son regular el
servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso de toda la
población al servicio en todos los niveles de atención.

fundamentos del servicio publico

-Equidad. proveerá
gradualmente servicios de salud de igual calidad a todos los habitantes de Colombia.

Obligatoriedad. La afiliación al sistema general de seguridad social en salud es
obligatoria para todos los habitantes en Colombia.

Protección integral. El sistema general de seguridad social en salud brindará atención en salud integral a la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento

Libre escogencia. permitirá la
participación de diferentes entidades que ofrezcan la administración y la prestación de los servicios de salud, bajo las regulaciones y vigilancia del Estado.

Autonomía de las instituciones. Las instituciones prestadoras de servicios de
salud tendrán autonomía.

Descentralización administrativa. será descentralizada y de ella harán parte las direcciones seccionales, distritales y locales de salud.

Participación social. El sistema general de seguridad social en salud estimulará
la participación de los usuarios en la organización y control de las instituciones del sistema general de seguridad social en salud y del sistema en su conjunto.

Concertación. propiciará la concertación de los diversos agentes en
todos los niveles y los empleará.

Calidad. establecerá mecanismos de control a los servicios para garantizar a los usuarios calidad en la atención oportuna, personalizada, humanizada, integral

Intervención del Estado:

el Estado intervendrá el servicio público de Seguridad Social en Salud, para lograr entre otros la observancia de los principios constitucionales (universalidad, solidaridad y eficiencia), para asegurar el carácter obligatorio de la Seguridad Social en Salud .

caracteristicas: -Todos los colombianos deben de estar afiliados al SGSSS, el recaudo de las cotizaciones será responsabilidad del SGSSS ,por cada entidad afiliada la entidad promotora de la salud recibirá una unidad de pago, los colombianos pueden elegir para que tipo de entidad ir dentro de las condiciones.

CAPITULO II

A) AFILIADOS AL SERVICIO DE SEGURIDAD SOCIAL : existen dos tipos de afiliados 1.Los afiliados al sistema mediante el régimen contributivo: son las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago y 2. Los afiliados al sistema mediante el régimen subsidiado de que trata el artículo
211 de la presente ley son las personas sin capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización.

B) Personas vinculadas al sistema.
Los participantes vinculados son aquellas personas que por motivos de incapacidad de pago y mientras logran ser beneficiarios del régimen subsidiado

CAPITULO III

El régimen de beneficios: Su finalidad es la protección de la salud ,la prevención y curación de enfermedades, el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar complementado al reconocimiento de prestaciones económicas en caso de licencia de maternidad .

CAPITULO IV

DE LA DIRECCION DEL SISTEMA. El sistema general de seguridad social en salud está bajo la
orientación, regulación, supervisión, vigilancia y control del Gobierno Nacional ,el presidente de la republica y
del Ministerio de Salud. ORGANIZACION. Las Entidades Promotoras de Salud son las entidades responsables de la afiliación, y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía.

TITULO 2

CAPITULO I

De las entidades promotoras de salud artículos 177 a 184

Son las entidades responsables de la afiliación, y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del fondo de solidaridad y garantía. Su función básica será organizar y garantizar, directa o indirectamente, la prestación del plan de salud obligatorio a los afiliados y girar, dentro de los términos previstos en la presente ley

CAPÍTULO II

De las instituciones prestadoras de servicios de salud

Instituciones prestadoras de servicios de salud. Son
funciones de las instituciones prestadoras de servicios de salud prestar los servicios en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y principios señalados

CAPÍTULO III

Régimen de las empresas sociales del Estado .Las Empresas Sociales del Estado constituyen una categoría especial de entidad pública, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas o reorganizadas por Ley, o por las asambleas o concejos.

CAPÍTULO IV
De los usuarios

Las instituciones prestadoras de
salud garantizan un apropiado sistema de información de servicios de atención a los usuarios.

TÍTULO 3

De la administración y financiación del sistema

-Conformación del sistema general de seguridad social en
salud. En el sistema general de seguridad social en salud coexisten unos régimes de subsidios en salud, con vinculaciones mediante el fondo de solidaridad y garantías.

CAPITULO I

Del régimen contributivo

es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico

CAPÍTULO II

Del régimen subsidiado

mecanismo mediante el cual la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado.

CAPÍTULO III

Del fondo de solidaridad y garantía

Es una cuenta adscrita al Ministerio de Protección Social que se maneja por encargo fiduciario, en la cual se depositan los recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud.

El Fondo de Solidaridad está integrado por cuatro subcuentas que son: -Compensación interna del régimen contributivo, - Solidaridad del régimen de subsidios en salud, - Promoción de la salud. - Riesgos catastróficos y accidentes de tránsito.

TÍTULO 4

De la vigilancia y control del sistema

Mecanismos por el cual hay un procesos de vigilancia, inspección y control, articulados entre sí para permitir el ejercicio eficaz y eficiente de las funciones de inspección para que cumplan con los objetivos planteados.

Crean la comisión técnica para la transición, la cual se encarga de la asesoría al Gobierno Nacional.

Los trabajadores del Instituto de Seguros
Sociales mantendrán el carácter de empleados de la seguridad social

En forma gradual, las entidades
territoriales organizarán el régimen de subsidios en un plazo máximo de dos (2) años a partir de la vigencia de esta ley

Las cajas de compensación familiar que sin haberse transformado en entidades promotoras de salud opten por prestar los servicios propios de las entidades para adoptar los programas regulados para
el sistema general de seguridad social en salud

El régimen de tarifas. se unifica el régimen de tarifas que aplicarán las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud en la venta de sus servicios o uso de su capacidad a cualquier entidad promotora de servicios o asociación de profesionales.

TITULO 5

Disposiciones complementarias

Fondo prestacional del sector salud. cubre las
cesantías netas acumuladas y el pasivo laboral por pensiones de jubilación

Sobre el funcionamiento del seguro obligatorio de
accidentes de tránsito es una póliza que protege en caso de daños físicos ocasionados a peatones, pasajeros o conductores.

El Instituto de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos . Ejecutara las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva.

Del ofrecimiento de programas académicos en el área de
salud por parte de las instituciones de educación superior. Para desarrollar programas de pregrado o posgrado en el área de salud que impliquen formación en el campo asistencial.

-Difusión y capacitación para el desarrollo de la ley. ejecutará un programa de difusión del nuevo sistema general de seguridad social en salud y de capacitación a las autoridades locales.

sistema general de seguridad social en salud