PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDH
SOLICITUD A LA COMISION
ADMISIBILIDAD
-LA COMISION ACEPTA DOCUMENTOS PUBLICOS
-TESTIMONIOS
-PRESUNCIONES
-OTROS MEDIOS DE PRUEBA
NO ADMISIBILIDAD
ACTORES LEGITIMADOS
CUALQUIER INDIVIDUO
ONG RECONOCIDA
DEFNSORIA DEL PUEBLO EXCEPCIONAL
REQUISITOS
-AGOTAR VIA PREVIA
-SOLICITUD DENTRO DE LOS 6 MESES
-NO HAYA OTRO PROCESO INTERNACIONAL
-SOLO DERECHOS CONSAGRADOS EN LA CADH
-FORMULA DE LA CUARTA INSTANCIA
TRAMITE
Informe Preliminar Confidencial:
-Hechos
-Alegaciones
-conclusiones
-recomendaciones Notificación al Estado Informe Definitivo
DEMANDA ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Estado no Toma medidas para cumplir recomendaciones Informe sobre el fondo en que la CIDH establece violaciones y formula recoendaciones.
Notificación de la Demanda Estado Demandado Víctima o representantes Examen Preliminar de la Demanda Procedimiento Escrito: Víctima o Representantes: Escrito de solicitudes y pruebas (2 meses).
Estado Demandado: Contestación de la demanda (debe incluir excepciones preliminares si la hay) (04 meses plazo).
Las Partes que la deseen pueden presentar alegatos escritos sobre las excepciones preliminares (30 días de plazo) Procedimiento Oral Sentencia de homologació n Supervisión de Cumplimiento de sentencia Terminación Anticipada Sentencia Terminación Anticipada del proceso.
Sobreseimiento del caso (desistimiento o allanamiento) Solución Amistosa Archivo del Caso Interpretación de Sentencia Excepciones: - Haber negado a la victima acceder a los recursos internos - Las Leyes locales no aseguran el debido proceso. - Dilación injustificada para pronunciarse del Estado.
ETAPAS DEL PROCESO CONTENCIOSO
ANTE LA CIDH
-PROCEDIMIENTO ESCRITO
-PROCEDIMIENTO ORAL
-SUPERVISION DE CUMPLIMIENTO DE LA DECISION
DEBATE ORAL EN LA AUDIENCIA PUBLICA ANTE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.
LECTURA DE INFORME RT 50 DE LA CADH
DECLARACIONES DE
- TESTIGOS
-PERITOS
ALEGATOS DE LAS VICTIMAS
ALEGATOS DEL ESTADO
OBSERVACIONES DE LA CIDH
ALEGATOS POR ESCRITO DE LAS PARTES
SENTENCIA DEL CASO POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.