PROCESO EJECUTIVO
Regulado por el artículo 422 de la Ley 1564 de 2012, a saber, el Código General del Proceso.
Demandante
Demandado
De la obligación
Una obligación:
Pagar
Una deuda
Dar
Entregar un vehículo
Hacer
Construir una piscina
No hacer
No construir un lote
Título Ejecutivo
Que confiere una obligación
Expresa (Manifiesta)
Exigible (Plazo o condición cumplida)
Clara (Comprensible)
Deudor o Causante
Debidamente firmada
Plena prueba en contra
Sentencia Judicial
Dependiendo de factores de competencia objetivos:
Cuantía:
Juez Civil Municipal
Juez Civil del Circuito
Territorial
Domicilio del demandado
Lugar donde debe cumplirse la obligación
Respaldo hipotecario o prenda
Trámite
El Artículo 38 de la ley 640 de 2001, modificado por el CGP, establece que no es necesario agotar procedibilidad de la conciliación
Demanda jecutiva
Requisitos contemplados en el Art. 82 del CGP
El juez al que se dirige
Demandante
Demandado
Hechos
Pretenciones
Pruebas
Fundamentos de derecho
Juramento estimatorio
Cuantía
Notificaciones
2do paso:
Admisión
Cuando cumple con los requisitos
Mandamiento Ejecutivo
Cumplir con las obligaciones
Título Ejecutivo
5 días habiles
Un plazo prudencial
En nombre del demandado
Intereses
Perjuicios moratorios
Perjuicios compensatorios
Notificar al demandado
Notificación:
Personal
Por aviso
Por emplazamiento
Registro nacional de emplazados
Actos de defensa del demandado
A la demanda según Art. 96 CGP
Excepciones previas
Llamamiento en garantía
Demanda de reconvención
Beneficio de excusión
Regulación de perjuicios
Reducción de prenda e hipoteca
Regulación de intereses
Correrle traslado al demandante de las excepciones de mérito propuestas por el demandado
Contesta en 10 días aporta pruebas pertinentes o solicita nueva pruebas
El juez fija fecha y hora para un debate probatorio
Proceso verbal sumario
Proceso verbal
El juez dictamina una sentencia
Acto procesal que da solución al conflicto
Al demandado
Se levantan medidas cautelares
Al demandante
Seguir adelante con la sentencia
El juzgado hace una liquidación de las costas procesales
Liquidación del crédito por las partes, y, el juzgado declara en firme.
Inadmisión
No cumple los requisitos del Art. 82 de CGP y los del ordenamiento jurídico
5 días para que la corrija
Rechazo
-Falta de jurisdicción -Falta de competencia -Caducidad
Todo bien mueble que contenga información
Audio
Video
Suscribir
Firmar una escritura
Legitimación activa o pasiva