REGISTRO MERCANTIL
Es aquel que permite a todos los empresarios, ejercer cualquier actividad comercial y acreditar públicamente su calidad de comerciante.
OBJETIVO: tendrá por objeto llevar la matricula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos sus actos, libros y documentos.
El REGISTRO MERCANTIL se compone: Matricula
Renovación
Inscripción
Certificación.
CARACTERISTICAS
El registro mercantil será publico, cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que fuere llevado, tomar anotaciones de sus asientos o actos y obtener copias de los mismos. Art. 26 código de comercio.
Toda persona sean naturales o jurídicas, están obligadas a matricularse en el REGISTRO MERCANTIL.
Se debe renovar anualmente. los 3 primeros meses del año.
REGLADO: Esta sujeto al cumplimiento de reglas especificas, que no pueden ser vulneradas.
Deben inscribirse en el registro mercantil:
sociedades comerciales
Empresas unipersonales, Establecimientos comerciales, Sucursales o agencias
Sucursales nacionales y extranjeras.
se debe cancelar la matricula mercantil sino se ejerce actividad comercial.
REQUISITOS PERSONAS JURIDICAS
Identificar y definir la actividad económica y numero de personas involucradas
Original documento de identidad
Formulario del registro único tributario (RUT)
Formulario registro único empresarial y social (RUES)
Radicar los documentos ante la CAMARA DE COMERCIO, para su debida aprobación.
Con esto la superintendencia de industria y comercio, determinará los libros necesarios para cumplir esa finalidad, la forma de hacer las inscripciones y dará las instrucciones que tiendan el perfeccionamiento de la institución. Art. 27 código de comercio