Revocatoria directa (derecho administrativo)

¿QUE ES?

Es un mecanismo procesal administrativo, mediante el cual, los actos administrativos pueden ser revocados por la misma autoridad que los expidió.

procede por las causales señaladas en el articulo 93 del código de procedimiento administrativo.

puede ser de oficio o a petición de parte

puede la misma entidad que lo profirió por voluntad propia decidir revocarlo o el particular interesado puede solicitar que se efectue dicha revocatoria

procedencia de la solicitud.

cuando la causal invocada sea, manifiesta oposición a la constitucion politica o a la ley, que el peticionario no haya interpuesto los recursos que procedían contra el acto.

que no haya operado la caducidad para su control judicial

cuando no atenten con el interes publico social

improcedencia de la solicitud

cuando el termino de caducidad ya ha operado.

cuando es contraria a la ley o constitucion politica nacional

cuando se lleva a cabo la interposición del recurso de ley

NOTA: se busca salvaguardar el ordenamiento juridico en sentido de que no se podria revivir la discusion sobre una situación juridica ya consolidada por el transcurso del tiempo.

requisitos.

llevar a cabo la comunicación ya sea verbal o escrita.

según el articulo 69 del código contencioso administrativo es importante e indispensable, indicar las causales.

anexar o radicar documentos si es necesario.

sustentar los motivos por los cuales surgió o se llevo a cabo la inconformidad contra el acto.