Terminacion de contrato
Cumplimiento de una labor pactada
Según el CST art. 61 se termina por
Muerte del trabajador
Mutuo conocimiento
Vencimiento de términos
Terminación de la obra o labor
Por parte del empleador
Haber sufrido engaño por parte del trabajador
Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina
Todo daño material causado intencionalmente con edificios, materias primas etc
Bajo rendimiento en el trabajo
Revelación de secretos técnicos o comerciales
Todo vicio que perturbe la disciplina
Renuncias escritas por médicos para evitar enfermedades o accidentes
Por parte del trabajador
El haber sufrido engaño por parte del empleador, respecto de las condiciones de trabajo
Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el empleador contra el trabajador
Inducir al trabajador por parte de su patrón o similares a cometer actos ilícitos
Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la prestación del servicio
Exigencias invalidas por parte del empleador en servicios distintos
El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales
Indemnizaciones de los tipos de contrato
Termino fijo
En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato
contrato de obra o labor
el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.
contrato a término indefinido
la indemnización dependerá de si el salario del trabajador es inferior a 10 salarios mínimos o igual
Inferior a 10 S.M.L.V: Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año
Igual o superior a 10 S.M.L.V: Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.