GESTIÓN INTEGRAL DEL RECURSO HÍDRICO EN COLOMBIA

planificación de la cuenca hidrográfica

La planificación del uso de la tierra es la evaluación sistemática del potencial de la tierra y del agua, de las alternativas para el uso de la tierra y las condiciones sociales y económicas de modo de seleccionar y adoptar las mejores opciones de uso.

las funciones Grupo de trabajo son: promover la participación de las autoridades ambientales regionales en la retroalimentación de las propuestas normativas y técnicas para la definición de las pautas para la planificación de cuencas hidrográficas, microcuencas y acuíferos; acompañar a las CARs en la formulación o implementación de los instrumentos de planificación a nivel de cuencas, microcuencas y acuíferos; en el marco de la ley hacer parte y promover la participación de los actores presentes en la cuenca, generar procesos que permitan ajustar y actualizar la información para una adecuada toma de decisiones en cuanto al manejo ambiental de las diferentes áreas presentes en una cuenca hidrográfica o en acuífero.

El grupo de trabajo de planificación de cuencas hidrográficas contribuye a través de la interacción interinstitucional, principalmente entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales Regionales, a la implementación de los instrumentos de planificación de cuencas hidrográficas, microcuencas y acuíferos.

Su propósito es el de seleccionar y poner en práctica aquellos usos que mejor satisfarán las necesidades de la población y al mismo tiempo salvaguardan los recursos para el futuro.

La Planificación de una cuenca hidrográfica es un proceso racional y sistémico que nos permite través de un proceso metodológico prever, organizar y hacer un manejo de los recursos naturales existentes en la misma, buscando un balance entre el aprovechamiento de dichos recursos y la protección de la base natural y los procesos que la sustentan, para beneficio tanto de los habitantes como de la biodiversidad asociada a la cuenca hidrográfica.

administración del recurso hídrico

La administración del recurso hídrico es el proceso dentro de la gestión del recurso hídrico que consiste en la aplicación, por parte de la Autoridad Ambiental competente, de diversos instrumentos técnicos y normativos a través de los cuales se realiza la gestión sostenible, que parte del conocimiento del estado de la disponibilidad del agua en términos de cantidad y cantidad, de la equidad en el reparto entre usuarios, así como su descarga a los cuerpos receptores luego de ser utilizada en diversas actividades.

es fundamental el control y seguimiento a través de medidas de manejo que orienten al uso eficiente del recurso hídrico y el control de la contaminación a los diferentes usuarios, garantizando el uso sostenible y contribuyendo a la calidad de vida de la población y al desarrollo armónico de las actividades con la funcionalidad de los ecosistemas acuáticos continentales.

Para el logro de lo anterior el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la Dirección de Gestión Integral del Recurso Hídrico, desarrolla, reglamenta y promueve los instrumentos, herramientas técnicas y normativas para la administración del agua por parte de las Autoridades Ambientales competentes.

Entre los instrumentos e insumos técnicos para la administración del recurso hídrico se tiene en primera instancia el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico – PORH el cual se constituye en el instrumento de planificación para la administración, el cual orienta y da el soporte técnico para abordar y aplicar otros instrumentos para el control de la contaminación como lo son: la Reglamentación de Vertimientos, los Permisos de Vertimientos, los Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos. Igualmente, el PORH para la gestión de la demanda de agua, orienta la implementación de instrumentos como: las Concesiones de Agua, la Reglamentación del Uso de las Aguas y los Programas de Uso Eficiente y Ahorro del Agua – PUEAA.

Para el desarrollo de los instrumentos anteriormente mencionados (control de la contaminación, gestión de la demanda) se cuenta con los siguientes insumos: Criterios de Calidad para el Uso de las Aguas, Parámetros y Valores Límites Máximos Permisibles para los vertimientos puntuales a cuerpos de agua superficiales y a los sistemas de alcantarillado público, disposiciones para el Reúso de Aguas Residuales Tratadas, y el Protocolo del Agua y otros relacionados. Adicionalmente para la estimación de caudal ambiental se cuenta con los lineamientos para calcular la oferta hídrica disponible, así como criterios para orientar la modelación del recurso hídrico, en cantidad y calidad, lo cual se considera transversalmente en los instrumentos para la planificación y administración del recurso hídrico, en particular para los Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico.

En el Sistema de Información del Recurso Hídrico - SIRH se consolida la información generada por estos instrumentos para la administración del recurso hídrico.

riesgo en el recurso hídrico

La gestión del riesgo está relacionado con el manejo y gestión del déficit y del exceso de agua, asociado a la gestión de las cuencas hidrográficas deterioradas, a la pertinencia de los proyectos hidráulicos con el conocimiento de la variabilidad climática e hidrológica del país, al crecimiento no planificado de la demanda sobre una oferta neta limitada, a conflictos por el uso del agua y, a las deficientes e inadecuadas acciones para la gestión del riesgo por eventos socio-naturales que aumentan la vulnerabilidad del recurso.

El déficit de agua genera problemas de disponibilidad, desabastecimiento y racionamiento de agua con sus consecuentes efectos nocivos sobre la calidad de vida de la población y sus actividades económicas. Aunque el mayor uso de agua es para la actividad agropecuaria, los aspectos más críticos de disponibilidad tienen relación con el abastecimiento de agua potable para la población, para los procesos industriales y para la generación de energía eléctrica.

El exceso de agua genera inundaciones, avenidas torrenciales y/o deslizamientos que afectan la oferta hídrica al contaminar con sedimentos las fuentes de agua y causando destrucción de los sistemas de abastecimiento y distribución, ocasionando impactos directos a la disponibilidad, y calidad del agua para para los diferentes usuarios, así como la inversión de recursos adicionales para el diseño y construcción de obras de rehabilitación y reconstrucción de los sistemas.

De acuerdo con el diagnóstico de riesgos asociados al recurso hídrico contenido en la Política Nacional para la Gestión Integral de Recurso Hídrico – PNGIRH, los riesgos asociados al recurso hídrico corresponden a:
• Riesgo por desabastecimiento de agua para el consumo humano, actividades productivas y conservación de ecosistemas.
• Riesgo por sequía y desertificación para las actividades agropecuarias.
• Riesgo por contaminación hídrica para la población y los ecosistemas.
Para abordarlos de manera sistemática esta política establece en su cuarto objetivo las estrategias explicadas en la imagen adjunta llamada Objetivos de la Política

Topic principal

Topic principal

Topic principal

normatividad básica que regula el recurso hídrico

se incluyen las principales normas vigentes relacionadas con la gestión integral del recurso hídrico y que son relevantes para su uso, protección, conservación y manejo.

Decretos

Decreto N. 1076 de 2015
Decreto N. 1640 de 2012
Decreto N. 2667 de 2012
Decreto N. 0303 de 2012
Decreto N. 4728 de 2010
Decreto N. 3930 de 2010
Decreto N. 2372 de 2010
Decreto N. 3200 de 2008
Decreto N. 3600 de 2007
Decreto N. 1775 de 2007
Decreto N. 1575 de2007
Decreto N. 1480 de 2007
Decreto N. 1449 de 1977
Decreto N. 1324 de 2007
Decreto N. 1324 de 2007 (2)
Decreto N. 1323 de 2007
Decreto N. 900 de 2006
Decreto N. 4722 de 2005
Decreto N. 55 2004
Decreto N. 1443 de 2004
Decreto N. 0321 de 1999
Decreto N. 1311 de 1998
Decreto N. 3102 de 1997
Decreto N. 1933 de 1994
Decreto N. 1600 de 1994
Decreto N. 2324 de 1984
Decreto N. 1594 de 1984
Decreto N. 1875 de 1979
Decreto N. 1541 de 1978
Decreto N. 2811 1974

• 1076 del 26 de mayo de 2015, es una compilación de las normas expedidas por el Gobierno Nacional en cabeza del Presidente de la República, en ejercicio de las facultades reglamentarias otorgadas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política.
La pretensión de esta iniciativa es recoger en un solo cuerpo normativo todos los decretos reglamentarios vigentes expedidos hasta la fecha, que desarrollan las leyes en materia ambiental. Teniendo en cuenta esta finalidad este decreto no contiene ninguna disposición nueva, ni modifica las existentes.

• 1640 del 2 de agosto de 2012, asigna a las CAR`s y a las Comisiones Conjuntas (en cuencas compartidas) la responsabilidad de elaborar "Planes de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas", POMCAS, con el fin principal de atender necesidades de prevención, protección, restauración y conservación de los recursos naturales, especialmente del recurso hídrico con sustento en estudios de oferta y demanda.

• 2667 de 2012 Es un instrumento económico que cobrará la autoridad ambiental competente a los usuarios por la utilización del recurso hídrico como receptor de vertimientos puntuales directos o indirectos y se cobrará por la totalidad de la carga contaminante descargada al recurso hídrico.
La tasa Retributiva se cobra incluso a la contaminación causada por encima de los límites permisibles sin perjuicio de la imposición de las medidas preventivas y sancionatorias a que haya lugar.

• 0303 del 6 de febrero de 2012, “Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 64 del Decreto - Ley 2811 de 1974 en relación con el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico y se dictan otras disposiciones”. El cual tiene por Objeto reglamentar el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico para el componente de concesión de aguas y el componente de autorizaciones de vertimientos.

Leyes

Ley N. 1625 de 2013
Ley N. 373 de 1997
Ley N. 161 de 1994
Ley N. 99 de 1993
Ley N. 10 de 1978
Ley N. 23 de 1973

Resoluciones

Resolución N. 0631 de 2015
Resolución N. 1207 de 2014
Resolución N. 1907 de 2013
Resolución N. 0509 de 2013
Resolución N. 1514 de 2012
Resolución N. 955 de 2012
Resolución N. 0075 de 2011
Resolución N. 4716 de 2010
Resolución N. 1023 de 2010
Resolución N. 493 de 2010
Resolución N. 0941 de 2009
Resolución N. 2115 de 2007
Resolución N. 0974 de 2007
Resolución N. 0872 de 2006
Resolución N. 2145 de 2005
Resolución N. 1433 de 2004
Resolución N. 240 de 2004
Resolución N. 0081 de2001
Resolución N. 372 de 1998

Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas –POMCA-

¿Qué es un POMCA?
Es el instrumento a través del cual se realiza la planeación del adecuado uso del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna; y el manejo de la cuenca, entendido como la ejecución de obras y tratamientos, con el propósito de mantener el equilibrio entre el aprovechamiento social y el aprovechamiento económico de tales recursos, así como la conservación de la estructura físico -biótica de la cuenca y particularmente del recurso hídrico.

¿Por que se Formula?
El deterioro ambiental de las cuencas hidrográficas, afectan la calidad de los recursos naturales del país, principalmente la calidad del agua y por tanto su disponibilidad en diferentes regiones del país.
Es necesario que en coordinación con las diferentes instituciones que hacen parte del SINA, lideradas a nivel regional por las Corporaciones Autónomas Regionales, se elabore el Plan de Ordenación y Manejo de las cuencas hidrográficas del país, siguiendo lo establecido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo sostenible, en la Guía Técnica para la elaboración de los POMCA, la cual fue expedida en Diciembre de 2013, cuya coordinación de la elaboración estuvo a cargo de la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico.

Los planes de ordenación y manejo cuencas hidrográficas (POMCA) son instrumentos propicios para que tanto
en su formulación como en su implementación se construyan escenarios que permitan el desarrollo de la
gobernanza del agua, donde se reflejen los acuerdos y compromisos entre el poder público, la sociedad civil, las
comunidades étnicas y los sectores económicos.
Bajo esta perspectiva, para la formulación del POMCA es necesario reconocer que los intereses de los diversos
actores son relevantes y que, por ende, requiere de la consideración justa y equitativa de las necesidades y
responsabilidades existentes en la cuenca, lo que hace imprescindible el establecimiento de procedimientos
transparentes, para la consideración motivada de las recomendaciones de los actores clave, lo que constituirá la
base de confianza de las interacciones de las personas que intervienen.
Ello implica dentro del proceso de formulación del POMCA, fomentar la conciencia colectiva frente al valor
económico de la gestión del agua, identificar estrategias de autogestión y auto-financiación desde los territorios
mismos para garantizar la implementación de los proyectos que mantengan la provisión de bienes y servicios
ecosistémicos de la cuenca.
En este sentido, la coordinación institucional a diferentes escalas administrativas es clave en la formulación del
plan de ordenación y manejo de cuencas, los adecuados mecanismos de articulación posibilitarán identificar
soluciones integrales para la cuenca o niveles hidrográficos superiores, que impliquen la cooperación entre la
sociedad civil, las instituciones públicas y los diferentes sectores económicos mediante acuerdos para el logro de
los propósitos de la ordenación de la cuenca.
La estrategia de participación del POMCA constituirá los canales de comunicación e información, las acciones de
formación ciudadana y la inclusión representativa de todos los actores que conformarán los Consejos de Cuenca;
quienes deberán trabajar con un espíritu de cooperación y apoyo a las Autoridades Ambientales, en función de las
diferentes fases del plan y en procura del uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales existentes.