En el sector de la construcción, los trabajadores reciben compensaciones sociales siempre que cumplan con el tiempo de servicio estipulado. En el ámbito de los contratos especiales, los choferes que prestan servicios a una familia son considerados trabajadores domésticos y tienen derecho a descansos compensatorios y a acumular vacaciones por hasta cuatro años.
la construcción de cualquier clase de edificación de carácter negociado
el pago de la remuneración seda al contratista por la ejecución de la obra
tienen derecho a prestaciones sociales , siempre y cuando se haya servido el tiempo necesario
CONTRATOS ESPECIALES
TRABAJO EN MENORES DE EDAD
las excepciones de la ley donde se permite el trabajo de menores en actividades relacionadas con el arte y el deporte
la edad mínima para trabajar es de 15 a 17 años bajo autorización
solo podrán trabajar máximo 6 horas diarias las personas entre 15 y 16 años
solo pueden laborar en actividades culturales , artísticos y deportivos
CHOFERES DE SERVICIO FAMILIAR
en la relación laboral que existe entre un conductor que presta su servicio al gerente y su familia
son considerados trabajadores domésticos
tiene derecho a un descanso compensatorio
tienen derecho a prestaciones sociales
pueden acumular los días de vacaciones hasta por 4 años
TRABAJADORES DEL CAMPO
en la relación laboral entre un empleador y un trabajador del campo , para realizar labores exclusivas del campo
el empleado desempeña labores del campo
debe celebrarse de manera escrita
tienen derecho a prestaciones sociales