2. antecedentes del juicio de amparo

Topic principal

etapa precolonial

existia un derecho consuetudinario que reguaban las relaciones civiles entre sus miembros y fijaban penalidad a los hechos considerados como delictuososos

no existia un rconocimiento juridioc de los derechos fundamentales ni un medio legal para hacerlos efectivos.

Etapa colonial

Autoridad monarca con el rey como auntoridad suprema luego de la conquista de mexico por parte de los españoles

recopilacion de leyes de indias de 1681

recursos legales como: la apelacion, suplica. la fuerza, el obedezcase y no se cumpla así com o instituciones jurídicas como el juicio de residencia, la visita de cárceles, la resolución de alzar o quitar a la fuerza, la nulidad por injusticia notoria y el amparo colonial constituyen, atendiendo a la finalidad perseguida y a ciertos aspectos de su sistema procesal, antecedentes indudables de nuestro juicio de amparo.

Mexico independiente

primer documento. Constitucion de Atzingan de 1814 . Garantias individuales

constitucion de 1824

Organizacion politica del pais mediante el establecimiento de normas de organizacion y funcionamieto de los organos de gobierno.

Subtopic

constitucion de 1836

Siete leyes constitucionales . Cambia el regimen federativo a centralista . Instittuyo un sistema de control constitucional por organo politico y lo deposito en el supremo poder conservador (5 personas)

constitucion de yucatan

Manuel crescencio rejon plasma por primera vez las bases generales de lo que hoy conocemos como juicio de amparo

Creacion de un medio controlador o conservador del regimen constitucional denominado Amparo

proyecto de minoria y proyecto de mayorias

en 1824 se formo una comision de 7 personas con el proposito de elaborar un proyecto de reformas a la constitucion de 1936

Mariano Otero Mestes , Espinoza de los Monteros y Muñoz Ledo formaban el proyecto de minorias en favor de la federalista

Subtopic

bases organicas de 1843

en este ordenamiento se suprimió la existencia del Supremo poder conservador y en cambio se atribuyo al Poder Judicial la función de revisar las sentencias que dictaran los jueces inferiores en asuntos civiles y penales

actas de reformas de 1857

Manuel Crescencio Rejon propone la creacion del juicio de amapro. Mariano Otero Mestes expuso sus ideas sobre un sistema de defensa delas garantias individuales mediante el Acta de reformas dando lugar al real y formal juicio de amparo

constitucion mexicana de 1857

EN este ordenamiento desaparece el sistema de control por organo politico

Constitucion mexicana de 1917

La Carta Magna se transfroma en un documento politico de proteccion social

Articulo 103 y 107 Constitucionales

La constitucion que actualmente nos rigue

3. Procedencia y extension protectora del juicio de amparo

3.1 Procedencia del juicio de amparo

Articulo 103 Constitucional

1. Se da cuando por normas generales, actos u omisiones d ela autoridad se violan los derechos humanos reconocidos en la Constitucion y los tratados internacionales del que el Estado mexicano sea parte

2. Se presenta cuando en perjuicio de una persona se altera el regimen federativo de competencia con invasion de esferas competenciales entre las autoridades federales y las de los estados o del distrito federal

3.2 Extension protectora del juicio de amparo

La capacidad protectora del procedimiento de amapro se amplia a tal grado que tutela abarca y se extiende a toda la constitucion

Es considerable la extension protectora del juicio de amapro por medio del derecho humano de legalidad

articulos 14 y 16 Constitucional

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento

3.3 El juicio de amparo cmo medio de control constitucional

su procedencia se
extendió a cualquier acto o ley que violase la Constitución, no solo a los que Infringiesen los artículos en que se preveían las entonces llamadas garantías individuales y hoy conocidas con la denominación de derechos humanos

3.4 El juicio de amparo como medio de control de la legalidad

El amparo además de proceder contra actos que violan los principios constitucionales también procede contra mandamientos que mediante la violación de una ley secundaria implican la infracción indirecta de la constitución.

Procede contra sentencias dictadas por tribunales judiciales, administrativos o de trabajo, tanto por infracción a las leyes sustantivas como a los ordenamientos procesales que los rigen

3.5 El juicio de amparo protector de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales

Procede el juicio de amparo en contra de normas generales, actos u omisiones que violen los derechos humanos ya sea que estén reconocido en nuestra constitución o por los convenios internacionales ratificados por el estado mexicano

3.6 El juicio de amparo contra actos de particulares

No se da respecto de cualquier particular, sino solo de aquel que realice actos equivalentes a los de la autoridad y cuyas funciones esten determinadas por una autoridad

4, Autoridad o particular responsable, y acto reclamado en el juicio de amparo

4.1 Concepto de autoridad

Parte de tres elementos fundamentales

territorio

poblacion

poder

constituye la validación del orden jurídico al que el pueblo se somete de manera soberana, y a que el depositarlo real y material de la soberanía del Estado, que es el pueblo, no puede ejercer dicha soberanía motu proprio sino por medio, de los órganos del Estado.

autoridad es el órgano del Estado al q ue la ley otorga facultades que implican un poder
de decisión y ejecución para realizar actos que inciden en la esfera jurídica del gobernado y se imponen incluso en contra de su voluntad

4.2 Autoridad y organismo auxiliar

Los organos auxiliares se limitan a preparar la determinación que, con posterioridad, pueden o no tomar las autoridades, mediante dictámenes, opiniones, consultas específicas o colaboraciones generales, pero sin que tomen decisión alguna al
respecto

Los departamentos jurídicos de las secretarias de estado y los cuerpos consultivos de ciertas dependencias publicas

4.3 Autoridad de derecho y de facto

La autoridad de derecho es aquella cuyo establecimiento, organización y facultades están
previstas expresamente en la ley, es decir, la que está legítimamente constituida porque su
existencia deriva de un ordenamiento legal.

el órgano defacto es aquel cuya presencia y cuyo actuar no tiene razón legal,
pues en ningún ordenamiento jurídico se ha previsto su creación y, m enos aún, su organización y funcionamiento.

4,4 Criiterios del poder judicial federal sobre el concepto de autoridad responsable para los efectos del juicio de amparo

4.5 autoridad responsable conforme a la ley de amparo

"la que dicta, ordena, ejecuta o traía de ejecutar el acto
que crea, m odifica o extingue situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria; u om ita
el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas”

4.6 Concepto de acto reclamado

todo acto reclamado debe tener
por efecto la creación, modificación o extinción de situaciones jurídicas en form a unilateral
y obligatoria que produzcan una afectación a la esfera jurídica del gobernado, ya sea de m anera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico

4.7 Clasificacion de los actos reclamados en el amparo

actos positivos

Es el actuar de las autoridades, voluntario y efectivo que impone a los particulares ciertas obligaciones

actos omisivos

Consisten en el no hacer o actuar por parte de las autoridades, una actitud de abstención

actos negativos

Aquellos por los que las autoridades se rehusan a acceder a las pretensiones de los particulares y pueden manifestarse en una conducta que se traduce en no querer ni aceptar lo que solicita o pide el gobernado

actos prohibitivos

Son los que fijan una limitación o imponen determinada obligación de no hacer a los gobernados; con esto se impide su actividad.

actos declarativos

Son los actos que se limitan a poner de relieve una situación jurídica determinada, pero que
no implican modificación alguna de los derechos de los gobernados o de situaciones existentes; por tanto, normalmente los actos declarativos no pueden reclamarse en el juicio de
amparo al no producir afectación en la esfera jurídica de los individuos

actos consumados

el que se
efectúa total e íntegramente y consigue todos sus efectos

REPARABLES. Son los que pueden repararse por medio del juicio de amparo de la sentencia que se dicte en el mismo. Su objeto es restituir al quejoso en el goce del derecho infringido y que las cosas regresen al estado en que se encontraban antes de la violacion

IRREPARABLES. son los que llevaron a cabo todos sus efectos y las violaciones que producen al agraviado no pueden ser reparadas materialmente
mediante nuestro juicio constitucional; por tanto, estos actos no tienen el carácter de redamados en el amparo, ya que de concederse la protección de la justicia federal respecto de
ellos, la sentencia en cuestión carecería de efectos reales debido a la imposibilidad material

de restituir al quejoso en el goce del derecho que se le infringió.

actos de tracto sucesivo

Son los que se traducen en diversos actos específicos que se encuentran relacionados por
la unidad de propósito o la finalidad perseguida

También suelen denominarse actos continuados, es decir, que no se agotan por su sola emisión, sino que se desenvuelven en etapas
sucesivas que están unidas form alm ente en función del fin común que m otivó su existencia

5. Concepto y naturaleza juridica del amparo

5.1 concepto

El amparo es una institución jurídica que se tramita y resuelve normalmente por los órganos del poder judicial federal y excepcionalmente por los órganos jurisdiccionales locales a instancia del gobernado que considera que una norma, acto u omisión de autoridad afecta su esfera jurídica por ser contraria a los derechos humanos que se reconocen en la constitución y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano es parte, después de haber agotado los medios de defensa ordinarios con el objeto de que se deje insubsistente y sin efecto en el caso especial el que versa la demanda y se le mantenga o restituya en el goce del derecho infringido

5.2 el amparo como juicio

finalidad tuteladora. Pues el amparo tiene la finalidad de verificar si el acto reclamado infrige o no los postulados de la carta fundamental del pais

Con su ejercicio se provoca la apertura de un juicio real con todas sus etapas procedimentales como las relativas a rendir el informe justificado (contestacion de demanda al anuncio y ofrecimiento de pruebas, a la admision, deshaogo y al periodo de alegatos.

Es un verdadero juicio autonomo e independiente de aquel en que se origina el acto reclamado

5.3 Naturaleza juridica del amparo

5.4 criterio del poder judicial federal