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ACCIONES SOLIDARIAS EN EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Los Principios Fundamentales son el vínculo común de las Sociedades Nacionales, que difieren considerablemente en cuanto a estructura, cultura y miembros.

Las acciones solidarias son todas aquellas tareas, actividades u obras que realicen los estudiantes a favor del bienestar y mejora de los miembros de las diferentes organizaciones sociales con los cuales la Universidad se ha asociado para este fin.

Los derechos humanos son normas que protegen la dignidad de todos los seres humanos.

Las leyes relativas a los derechos humanos exigen que los gobiernos hagan determinadas cosas y les impide hacer otras. Las personas también tienen responsabilidades; así como hacen valer sus derechos, deben respetar los derechos de los demás. Ningún gobierno, grupo o persona individual tiene derecho a llevar a cabo ningún acto que vulnere los derechos de los demás.

Los derechos humanos son para todos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición. Entre los derechos humanos se incluyen el derecho a la vida y a la libertad; a no estar sometido ni a esclavitud ni a torturas; a la libertad de opinión y de expresión; a la educación y al trabajo, entre otros muchos. Estos derechos corresponden a todas las personas, sin discriminación alguna.

Derechos humanos

Derecho a la vida (ARTICULO 11)

Derecho a la vida (ARTICULO 11)

Según la constitución política de Colombia

Según la constitución política de Colombia

Artículo 11: “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.”

Artículo 11: “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.” El derecho a la vida, que protege y defiende la existencia del ser humano, es sin duda, base y sustento de los demás derechos.

1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves.
3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.
4. En ningún caso se puede aplicar la pena de muerte por delitos políticos ni comunes conexos con los políticos.
5. No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se le aplicará a las mujeres en estado de gravidez.
6. Toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena, los cuales podrán ser concedidos en todos los casos. No se puede aplicar la pena de muerte mientras la solicitud esté pendiente de decisión ante autoridad competente.

Según los Derechos Humanos

Según los Derechos Humanos

“Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

“Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

El derecho a la vida se define como el derecho que tiene todo ser humano a no ser privado de la vida y su dignidad de manera alguna, es decir, es el derecho universal de vivir la propia vida. Se supone que los Estados y las diversas instituciones sociales tienen el deber de proteger, respetar y garantizar la vida de los seres humanos en toda circunstancia. Esto no se limita solo a evitar la muerte y el asesinato, sino a fomentar condiciones óptimas para el desarrollo de una vida digna.

Se considera una violación del derecho a la vida todo intento deliberado por dañar, lastimar o privar de la vida a una person

Se considera una violación del derecho a la vida todo intento deliberado por dañar, lastimar o privar de la vida a una persona.

En la protección del derecho a la vida podemos mencionar:
•	Abolición de la pena de muerte;
•	Leyes para la protección de los

En la protección del derecho a la vida podemos mencionar:
• Abolición de la pena de muerte;
• Leyes para la protección de los ciudadanos, especialmente los más vulnerables:
o Leyes para la protección de niños y adolescentes:
o Leyes para la protección de la mujer;
• Derecho al asilo (para refugiados).

Es posible identificar en la literatura nacional y extranjera cinco formas de entender el derecho a la vida: como el derecho a vivir o a permanecer vivo; como el derecho a vivir bien o vivir con dignidad; como el derecho a recibir todo lo mínimamente necesario para no morir en lo inmediato; como el derecho a que no nos maten y, finalmente, como el derecho a que no nos maten arbitrariamente.

Acciones solidarias para proteger el Derecho de la Vida

Acciones solidarias para proteger el Derecho de la Vida

Ayudar a fundaciones que protegen a las victimas que han tenido que salir de sus territorios debido a las guerras, al conflicto armado o que han sido desterrados debido a una amenaza de muerte

Podemos ayudar con

Podemos ayudar con

Llevar medicinas

Donar dinero a las fundaciones

Brindar asilo

Dar ropa a los refugiados

Llevar implementos de aseo

Dar comida a las fundaciones donde protegen a los refugiados

Etc.

DIGNIDAD HUMANA (ART 12)

DIGNIDAD HUMANA (ART 12)

SU SOLIDARIDAD PARTE DE

Construir tu hacer de este mundo un lugar mas respetuoso, humano y habitable

El respeto y la estima que todos los seres humanos merecen y se afirma de quien posee un nivel y calidad humana irreprochable

Dona sangre

Acoge animales

Dar de comer a una persona sin hogar

Apúntate al voluntariado

Dona ropa juguetes y medicamentos

Ayuda a los mayores

Un valor humano que a veces puede dar un giro al segundo plano cuando nos sumergimos en nuestra rutina diaria ¿ te sucede a ti?

LA DIGNIDAD EN EL SER HUMANO

La afirmación que todas las personas nacen con dignidad es un tipo de dignidad ontológica es decir ( en la filosofía de Martin Heidegger del ser o relacionado con el )

Los tipos de dignidad:
Dignidad ontológica o dignidad humana: es con la cual todos los seres humanos nacen
Dignidad moral: se relaciona con la moral de las personas y su comportamiento en la sociedad
Dignidad real: es aquella que se recibe de las demás personas

La dignidad humana derecho y valor innato, inviolable e intangible de la personas entonces decimos que es un derecho fundamental y un valor inherente al ser humano ya que somos un ser que posee libertad y somos capaces de crear cosas

Igualdad ante la ley ARTICULO  13

Igualdad ante la ley ARTICULO 13

Un gran número de artículos sobre el derecho de igualdad se ha ocupado de abordar la problemática de su alcance y contenido;

Un gran número de artículos sobre el derecho de igualdad se ha ocupado de abordar la problemática de su alcance y contenido; no obstante que no
es ésa nuestra intención, consideramos importante desde un punto de vista metodológico recordar que la Corte Constitucional ha establecido que su
contenido se estructura a partir de la conjunción de seis elementos básicos:

1. El principio general que nos enseña que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley y recibirán la misma protecc

1. El principio general que nos enseña que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley y recibirán la misma protección y trato de las autoridades.
2. La prohibición de establecer o consagrar discriminaciones, elemento que pretende que no se otorguen privilegios, se niegue el acceso a un beneficio o se restrinja el ejercicio de un derecho a un determinado individuo o grupo de personas de manera arbitraria e injustificada por razón de su sexo, raza, origen nacional o familiar, o posición económica.
3. El deber del Estado de promover condiciones para lograr que la igualdad sea real y efectiva para todas las personas.
4. La posibilidad de conceder ventajas o prerrogativas en favor de grupos disminuidos o marginados.
5. Una especial protección en favor de aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta.
6. La sanción de abusos y maltratos que se cometan contra personas que se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta.

El principio de la igualdad se traduce en el derecho a que no se instauren excepciones o privilegios que exceptúen a unos ind

El principio de la igualdad se traduce en el derecho a que no se instauren excepciones o privilegios que exceptúen a unos individuos de lo que se concede a otros en idénticas circunstancias, de donde se sigue necesariamente que la real y efectiva igualdad consiste en aplicar la ley en cada uno de los acaecimientos según las diferencias constitutivas de ellos.

Colombia en estado social de derecho, consagra en el art 13 de la constitución política:

Colombia en estado social de derecho, consagra en el art 13 de la constitución política:

que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, que recibirán la misma protección y trato de las autoridades. Con

que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, que recibirán la misma protección y trato de las autoridades. Con este precepto se desarrolla un sentido amplio el postulado de igualdad material ante la ley penal, asegurando con ellos que todos estén sometidos a un mismo régimen jurídico, en donde los operadores de justicia llámense fiscales o jueces, apliquen la ley sin discriminación alguna, sujetos a los parámetros establecidos en la constitución y la ley.

se hace énfasis en el procedimiento adoptado por el estado en procura de armonizar este principio con las necesidades propias

se hace énfasis en el procedimiento adoptado por el estado en procura de armonizar este principio con las necesidades propias de los asociados, como garantía y expresión de igualdad, desechando de plano los motivos de discriminación o preferencia.

El principio de igualdad, tutelado por nuestra Carta Magna en el ordinal 33, constituye uno de los pilares fundamentales del

El principio de igualdad, tutelado por nuestra Carta Magna en el ordinal 33, constituye uno de los pilares fundamentales del sistema democrático. Atendiendo a este, toda persona es igual ante la ley, por lo que no es posible incurrir en discriminación alguna que sea contraria a la dignidad humana.

Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, n

Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley.

Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de

Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica

El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta deberá establecer mecanismos e instituciones suficientes para garantizar la

El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta deberá establecer mecanismos e instituciones suficientes para garantizar la igualdad y promover la equidad de género, especialmente en el caso de mujeres trabajadoras y jefas de familia, además de proteger la organización y el desarrollo de la familia.

DEBER

DEBER

Los derechos son todos los mecanismos legales que protegen a los individuo. Los deberes son las obligaciones que deben cumplir para poder ejercer sus derechos. Los derechos y los deberes se crean para procurar la estabilidad social y una convivencia armoniosa entre los ciudadanos.