apertura de empresas ley 5 del 11 enero 2007

articulo 1

aviso de operación

todas persona natural o jurídica tiene derecho a obtener un aviso de operación.

Es el unico periodo requerido para iniciar una actividad comercial,la autoridad competente es el MICI.

debe contener la información inecesaria y al finalizar se debe,imprimir.

articulo 4

actividades exceptuadas

agrícola, ganadera ,apícola ,avicola, acuícola, agroforestal.

Elaboración y venta de artesania son menos de trabajadores actividades sin fines de lucro.

ejecución de profesionales liberales, través de sociedades civiles.

articulo 6

tasa de aviso

monto quince balboas ¨´´´´´´¨´´para las personasnaturales y de cincuenta y cinco balboas para las personas jurídicas.

articulo 3

validez del aviso de operación

Tiene valídez jurídica y reposa en el reposa en el sistema de PanamáEmprende.

debe contener una declaración jurada.

articulo 5

definiciones

actividad industrial : las actividades extractivas o manufactureras,así como la venta al por mayor ,las empresas constructoras , la industrias manuales,caseras.

autoridad publica competente : es cada institución de la administración pública encargada de velar por el cumplimiento de las normas relacionadas con la operación.

comercio al por mayor : actividad que se ejerce por la prestación de servicios,las ventas al estado y a empresas .

comercio al por menor : la ven ta del bien al consumidor,cualquier otra actividad que la ley califique como tal.

número de aviso de operación : es el número que confirma la culminación del proceso.

PANAMAEMPRENDE : sistema informático administrado por el ministerio de comercio e industria.

articulo 8

proceso de aviso

el interesado deberá contar con las con las aprobaciones correspondientes en los casos de las actividades comerciales o industriales.

se deberá completar el registro de PANAMAEMPRENDE.

se deberápagar las tasa,derecho,impuestro y constribución requerido para la aperturas.