apertura de empresas ley 5 del 11 enero 2007
articulo 1
aviso de operación
todas persona natural o jurídica tiene derecho a obtener un aviso de operación.
Es el unico periodo requerido para iniciar una actividad comercial,la autoridad competente es el MICI.
debe contener la información inecesaria y al finalizar se debe,imprimir.
articulo 4
actividades exceptuadas
agrícola, ganadera ,apícola ,avicola, acuícola, agroforestal.
Elaboración y venta de artesania son menos de trabajadores actividades sin fines de lucro.
ejecución de profesionales liberales, través de sociedades civiles.
articulo 6
tasa de aviso
monto quince balboas ¨´´´´´´¨´´para las personasnaturales y de cincuenta y cinco balboas para las personas jurídicas.
articulo 3
validez del aviso de operación
Tiene valídez jurídica y reposa en el reposa en el sistema de PanamáEmprende.
debe contener una declaración jurada.
articulo 5
definiciones
actividad industrial : las actividades extractivas o manufactureras,así como la venta al por mayor ,las empresas constructoras , la industrias manuales,caseras.
autoridad publica competente : es cada institución de la administración pública encargada de velar por el cumplimiento de las normas relacionadas con la operación.
comercio al por mayor : actividad que se ejerce por la prestación de servicios,las ventas al estado y a empresas .
comercio al por menor : la ven ta del bien al consumidor,cualquier otra actividad que la ley califique como tal.
número de aviso de operación : es el número que confirma la culminación del proceso.
PANAMAEMPRENDE : sistema informático administrado por el ministerio de comercio e industria.
articulo 8
proceso de aviso
el interesado deberá contar con las con las aprobaciones correspondientes en los casos de las actividades comerciales o industriales.
se deberá completar el registro de PANAMAEMPRENDE.
se deberápagar las tasa,derecho,impuestro y constribución requerido para la aperturas.