ASPECTOS JURÍDICOS: CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN DE RIESGOS DENTRO DE UN MARCO LEGAL INSTITUCIONAL PARA LAS DISTINTAS REGIONES EN ECUADOR (STGR).

MANDATOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS EN EL ECUADOR

CONFORMADO POR

La constitución de la República del Ecuador

El reglamento a la ley de seguridad publica y del estado

La ley de seguridad Publica y del estado

MARCOS LEGALES COMPLEMENTARIOS

Fuente a la Gestión de riesgos en el Ecuador, en la Ley de Seguridad Publico y del Estado, el Art. 11: Literal D, establece que:

La prevención y las medidas para contrarrestar, reducir y mitigar los riesgos de origen natural o antròpico o para reducir la vulnerabilidad correspondiente a las entidades publicas y privadas, nacionales, regionales y locales, la rectorìa la ejercerá el Estado a través de la Secretaria de Gestión de Riesgos

r

Bibliografía: http://www.derecho-ambiental.org/Derecho/Legislacion/Proyecto-Ley-Gestion-Riesgos-Ecuador.html https://sites.google.com/site/gestionderiesgosmb/marco-legal-de-la-gestion-de-riesgos-en-el-ecuador

a

INVERSIONES DE DOS TIPOS

ECONOMÍA

Consiste en adquirir los sistemas de monitoreo y contar con personal técnico que permita brindarles un seguimiento en forma continua y permanente, así como la implementaciòn de los SAT

SOCIAL

De igual o mayor importancia, es desarrollar procesos de capacitación a la población

LA GESTIÓN DE RIESGO COMPRENDE DE LA SIGUIENTES FASES

Identificación y Análisis de Riesgos

Reducción de Riesgos

Respuestas Ante Emergencias y Desastres

Recuperación de los Daños

LA GESTIÓN DE RIESGOS SE FUNDAMENTA EN LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS

Proteccionista

Complementariedad durante emergencias y desastres

Descentralizaciòn Subsidiaria

Eficiencia

Precaución

Enfoque en las prioridades

Integridad Técnica

Responsabilidad

Transversalidad

Pertenece a:

Emily Pierina Vera Zambrano

Carrera:

Escuela de Enfermería

Profesora:

Marìa Alejandra Zambrano Romero

Paralelo:

A

Materia:

Riesgos y Desastres