Clasificación de rutas y protocolos
Ruta de actuación ante casos de
violencia intrafamiliar
Institución educativa:
a) Comunidad educativa: Detecta un presunto
caso de violencia física y realiza el informe pertinente para remitirlo al DECE.
b) DECE: Acompaña, interviene, da seguimiento a la presunta víctima.
c) Autoridad educativa: Garantiza el cumplimiento de los protocolos, además de denunciar la situación de violencia.
Familia:
Informa a la padre, madre o representante legal del NNA, siempre y cuando no sea la persona agresora.
Establecimiento de salud:
Se encarga de realizar pruebas; medicas o físicas.
Fiscalía:
Realiza valoraciones psicológicas y médicas al NNA.
Dirección distrital: Pone en conocimiento de la Junta Cantonal de Protección de Derechos para garantizar los derechos de los NNA.
Ruta de actuación frente a situaciones de
violencia sexual detectados o cometidos en el sistema educativo.
Institución educativa:
a) Comunidad educativa: Detecta un presunto
caso de violencia física y realiza el informe pertinente para remitirlo al DECE.
Realiza acompañamiento al estudiantado
b) DECE: Acompaña, interviene, da seguimiento a la presunta víctima.
c) Autoridad educativa: Garantiza el cumplimiento de los protocolos, además de denunciar la situación de violencia. De ser violencia sexual entre estudiantes pone inmediatamente a la dirección distrital, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la LOEI
Familia:
Informa a la padre, madre o representante legal del NNA, siempre y cuando no sea la persona agresora.
Establecimiento de salud:
Se encarga de realizar pruebas; medicas o físicas.
Fiscalía:
Realiza valoraciones psicológicas y médicas al NNA.
Dirección distrital: Pone en conocimiento de la Junta Cantonal de Protección de Derechos para garantizar los derechos de los NNA. Además verifica que todos los casos de violencia sexual estén denunciados en fiscalía.
Rutas de actuación ante casos de violencia entre estudiantes.
Institución educativa:
a) Comunidad educativa: Detecta un presunto
caso de violencia física o psicológica entre estudiantes y realiza el informe pertinente para remitirlo al DECE.
b) DECE: Acompaña, interviene, da seguimiento a la presunta víctima.
Elabora el informe de seguimiento en el que se establecerán las recomendaciones, de acuerdo con las necesidades del grupo involucrado de estudiantes.
c) Autoridad educativa: Garantiza el cumplimiento de los protocolos, además de denunciar la situación de violencia.
Sustancia el proceso disciplinario de acuerdo con lo establecido en el RG LOEI.
Familia:
Informa a la padre, madre o representante legal del NNA, siempre y cuando no sea la persona agresora.
Establecimiento de salud:
Se encarga de realizar pruebas; medicas o físicas.
Fiscalía/Junta Cantonal de Protección de Derechos.
Dirección distrital: Pone en conocimiento de la Junta Cantonal de Protección de Derechos para garantizar los derechos de los NNA.
Ruta de actuación frente a casis de estudiantes o madres, padres de familia y/o representantes legales hacía personal de la institución educativa.
Institución educativa:
a) Comunidad educativa: Detecta un presunto
caso de violencia contra el personal de la institución educativa y realiza el informe pertinente para remitirlo al DECE.
b) DECE: Acompaña, interviene, da seguimiento a la presunta víctima.
c) Autoridad educativa: Garantiza el cumplimiento de los protocolos, además de denunciar la situación de violencia.
Sustancia el proceso disciplinario de acuerdo con lo establecido en el RG LOEI.
Familia:
Informa a la padre, madre o representante legal del NNA, siempre y cuando no sea la persona agresora.
Establecimiento de salud:
Se encarga de realizar pruebas; medicas o físicas.
Fiscalía:
Realiza valoraciones psicológicas y médicas al NNA.
Dirección distrital:
- Coordina los procesos administrativos correspondientes (acción educativa disciplinaria).
- Informa y asesora a la familia.
- En caso de que la persona presuntamente agresora sea estudiante, aplica medidas educativas disciplinarias de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General o la LOEI.