Composición del
Estado Colombiano

Se divide en

Ramas del poder público

las cuales son

Ejecutiva

Esta rama es la encargada de la administración pública, como también de la forma y realización de las políticas públicas.Por ello, es la que maneja el presupuesto nacional y las Fuerzas Militares.

Presidencia:
Es la que administra generalmente todo

Gobernaciones:
Promulga y ejecuta las leyes promovidas

Alcaldías:
Es similar a lo que la presidencia realiza, pero a nivel municipal, y que ellos son los que acatan las promovidas leyes

Legislativa

encargada del control político y de la expedición de leyes de la República. Además, puede modificar la Constitución a través de ciertos mecanismos.

Congreso:
Hace las leyes y
ejerce control político sobre el gobierno y la
administración.

Judicial

Esta rama es la encargada de la administrar la justicia. Se encuentra dividida en diferentes jurisdicciones y cuenta con diferentes altas cortes o tribunales de cierre. A través de sus fallos, puede revisar la constitucionalidad de las leyes y normas que expida el Ejecutivo.

Corte constitucional:
Cuidar que se respete nuestra Constitución y los derechos humanos o fundamentales de las personas.

Corte suprema de justicia:
Se encarga de dar solución a los conflictos o problemas en asuntos penales, laborales y civiles que tengan los ciudadanos.

Consejo superior de la judicatura:
tiene la tarea de administrar los recursos de la Rama Judicial.

Consejo de estado:
es el máximo juez de la administración pública, resuelve los conflictos entre las personas y las entidades estatales o aquellos que surjan entre dichas entidades

Fiscalía general de la nación:
Investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito.

Organismos del estado

los cuales son

Organismo
de control

Son aquellos organismos a los que la Constitución Política les confía las funciones relacionadas con el control disciplinario, defender al pueblo y el control fiscal. No están adscritos ni vinculados a las Ramas del poder público.

Procuraduría general de la nación:
es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado.

Defensoria del pueblo:
Promover, ejercer y divulgar los derechos humanos.

Contraloría general de la republica:
es el mayor órgano de control del Estado y le corresponde ejercer la vigilancia de la gestión fiscal de la administración a las entidades que manejan fondos o bienes de la Nación,

Organización
Electoral

Es el conjunto de entidades encargadas de la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relacionado a la identificación de las personas.

Consejo nacional electoral:
tendrá a su cargo la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral y en el ejercicio de estas atribuciones cumplirá las funciones que le asignen las leyes y expedirá las medidas necesarias para el debido cumplimiento de éstas y de los decretos que la reglamenten.

Registraduría general del estado civil:
dirigir y organizar las elecciones, adoptar las políticas de registro civil en Colombia, tener a su cargo la identificación de todos los colombianos y proteger el ejercicio del derecho al sufragio y la identificación de las personas.

Otros

Son aquellas entidades que tienen un régimen especial y autonomía propia prevista directamente por la Constitución Política o la ley, dada la especialidad de sus funciones.

Banco de la República:
en forma exclusiva e indelegable, la función estatal de emitir la moneda legal y, en consecuencia, realiza la impresión, acuñación, cambio y destrucción y puesta en circulación de especies monetarias.

Comisión nacional de televisión:
es la entidad del Estado que en materia de televisión, planea, dirige y desarrolla las políticas; regula el servicio; gestiona el uso del espectro electromagnético; garantiza los derechos de televidentes y usuarios y los fines y principios del servicio.

Comisión nacional del servicio civil:
es el órgano responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tenga carácter especial.