DERECHO

es un conjunto de normas jurídicas creadas por el Estado

a través del Poder Legislativo

para regular la conducta externa del hombre en sociedad

se relaciona con la conducta del hombre, normas jurídicas y los valores

podemos definirlo en un

SENTIDO OBJETIVO

SENTIDO SUBJETIVO

Distinción entre:

Moral

-Norma moral.

-Autónoma.

-No se puede actuar por la fuerza.

-Aspecto interno o motivación del obrar.

-Unilateral.

-Arte de lo bueno.

-Manera de valorar y comprender la conducta.

Derecho

-Normas jurídicas.

-Heterónoma.

-Coercibles.

-Aspecto externo.

-Bilateral

-Arte de lo equitativo.

-Se ocupa de la interferencia de las acciones.

FUENTES

FORMALES

MATERIALES

-Política, economía, jurisprudencia, ley, doctrina,moral

es una necesidad social del hombre y se adapta a los cambios sociales

lo que el derecho protege

situación jurídica referida al sujeto

SEMEJANZAS

-Forman parte del campo de la ética.

-Son normas imperativas y de control social.

-Se encaminan hacía la creación de un orden.

ELEMENTOS

Población

habitantes

argentinos

por nacimiento o por opción

naturalizados

extranjeros

"extranjero es todo aquel que no es argentino"

Constitución Nacional

Art. 20. Derechos a los extranjeros.

Art. 25. Promoción a la inmigración.

Art. 22. Pacto San José de Costa Rica.

Expulsión a los extranjeros

Quien ingresó legalmente, solo puede ser expulsado en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley.

En ningún caso, el extranjero puede ser devuelto a otro país donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación a causa de raza, nacionalidad, religión o condición social.

Está prohibida la expulsión colectiva de extranjeros.

Territorio

espacio geográfico en el que un Estado ejerce soberanía y donde se asienta su población

abarca

suelo

subsuelo

espacio aéreo

espacio marítimo

límites

fijados por el Congreso

División

Territorio Argentino

Terriorio Federal

Territorio Provincial

Poder

potestad que tiene el Estado para regir la convivencia de quienes residen en su territorio.

Sujetos del poder

destinatarios del poder

detentadores del poder

Soberanía

característica del poder

que lleva a aquel que lo ejerce a hacerlo en forma suprema e independiente.

Gobierno

conjunto de órganos que ejercen el poder del Estado a través de sus diversas funciones.

Legitimidad de origen

Legitimidad de ejercicio

modo de ejercer el poder

gobierno con legitimidad de origen (gobierno de Iure)

modo de acceder al poder

Gobierno sin legitimidad de origen (gobierno de Facto)

Ciudadania y Nacionalidad

Nacionalidad

Criterios para adoptar la nacionalidad

Ius soli: la nacionalidad está determinada por el lugar donde nace.

Ius sanguinis: la nacionalidad está dada por la de sus padres

Ciudadania

cualidad jurídica del hombre que consiste en un status derivado del derecho positivo, cuyo contenido está dado por el ejercicio de los derechos políticos

se adquiere por el solo hecho de ser argentino, ya sea por haber nacido en Argentina o por haberse naturalizado argentino

Categorias de nacionalidad

por nacimiento

por opción

por naturalización

Argentina adopta ambos principios

Poder constituyente

es la competencia, capacidad o energía para constituir o dar constitución al Estado, es decir, para organizarlo.

CLASES

Originario

Capacidad para dictar la Constitución de un Estado.

Titularidad

Ejercida por el pueblo

Límites

Valor Justicia

Realidad Social

Pactos preexistentes entre provincias

Derivado

Poder que se ejerce para reformar la Constitución de un Estado.

Titularidad

La ejerce la Convención Reformadora

Limites

Formales

Sustanciales

SUPREMACIA CONSTITUCIONAL

doctrina según la cual, las normas de la Constitución Nacional prevalecen sobre todas las demás normas.

para evitar confusiones y para que se sepa cuales son las normas que prevalecen sobre las demás se establece una

GRADACIÓN JERÁRQUICA

Art. 31

Art. 27

Art. 75 inc 22

CONTROL CONSTITUCIONAL

es un procedimiento mediante el cual se le da efectividad a la supremacía de la Constitución, cuando ésta es infringida por normas o actos provenientes del Estado o de los particulaes.

SISTEMAS DE CONTROL

SISTEMA POLÍTICO

SISTEMA JUDICIAL

CONTROL CONSTITUCIONAL DE ARGENTINA

Judicial y difuso

Por vía incidental

produce efectos limitados

REQUISITOS

causa judicial

petición de parte

interés legítimo

ESTABLECEN EL ORDEN JERÁRQUICO DE LAS NORMAS

1- Constitución Nacional y 13 instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional.

2- Tratados sin Jerarquía Constitucional

3- Leyes Nacionales

función de asegurar la "Supremacia Constitucional"

función de velar por la Supremacía de la Constitución.

CLASIFICACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL

según el órgano que lo ejerce

Concentrado

Difuso

según las vías procesales necesarias

Vía indirecta

Vía directa

según los efectos

Efecto amplio

Efecto limitado

CONSTITUCIÓN

es la Ley Fundamental de la organización de un Estado

Clasificaciones:

-Escrita o no escrita

-Rígida, flexible o pétrea

-Originaria o derivada

-Constitución formal o material

Tipos constitucionales:

-Racional normativo.

-Historicista.

-Sociológico.

Tipos de normas:

Programáticas

Normas incompletas que necesitan de normas posteriores que las reglamenten y las hagan funcionar

Operativas

Normas autosuficientes que no necesitan ser reglamentadas por otras normas para funcionar

ARGENTINA

Escrita

Racional normativa

con ciertos caracteres de tipo historicista

Rígida

con contenidos pétreos

Democracia

Federalismo

Forma republicana

Confesionalidad

CONSTITUCIONALISMO

Proceso político-jurídico

que tuvo por objetivo que cada Estado tenga una Constitución.

CLÁSICO (siglo XVIII)

ANTECEDENTES

-Absolutismo monárquico.

-El Estadoo abusaba de su poder y las personas eran víctimas de eso.

-Las personas necesitaban que sus derechos sean reconocidos.

HECHOS HISTÓRICOS

Revolución Francesa y Norteamericana

CONSECUENCIAS

División de poderes

Los Estados comienzan a crear su propia Constitución escrita

Se reconocen Derechos Individuales.

Estado abstencionista y Gendarme

El rol del Estado era pasivo

SOCIAL (XIX)

ANTECEDENTES

Grandes crisis

Las personas no gozaban de sus derechos

Relacion laboral abusiva

Clases sociales

Empresario

Trabajador

Se necesita que el Estado intervenga en la vida de las personas.

CONSECUENCIAS

Normas destinadas a proteger al trabajador.

Derechos sociales

De Estado Gendarme a Estado Benefactor

Rol del Estado: activo

CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA

PREÁMBULO

Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina.

129 ARTÍCULOS

DOGMÁTICA

Capítulo primero (art. 1- 35)

DECLARACIONES

posturas adoptadas por la Constitución en relación a temas políticos fundamentales

Formas de Gobierno

art. 1

Representativa

Art.22 El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por la Nación

Democracia indirecta

Directas

los ciudadanos se postulan directamente a quienes se postulan para ocupar el cargo

Indirectas

los ciudadanos eligen a un cuerpo colegiado, al cual le corresponde designar quién ocupa el cargo.

Forma de democracia semidirectas

mecanismos que le permiten al pueblo participar en la toma de decisiones del gobierno.

Iniciativa popular

Consulta popular

Republicana

Características principales

1- Soberanía del pueblo

2- Igualdad ante la ley

3- Elección popular de los gobernantes

4- Periodicidad en el ejercicio del poder

5- Responsabilidad de los gobernantes

6- Publicidad de los actos del gobierno

7- División de poderes

Forma de Estado

FORMA FEDERAL

un gobierno adopta la forma federal cuando está compuesto por entidades autónomas, denominadas provincias.

características

GOBIERNO CENTRAL

que ejerce su poder en todo el territorio nacional, y se ocupa de los asuntos que le interesan a la Nación.

GOBIERNO PROVINCIAL

que ejercen el poder sobre el territorio correspondiente a sus respectivas provincias, y se ocupan de asuntos de interes local.

PROVINCIAS

son autónomas pero no soberanas

Relaciones entre el Estado Federal y las Provincias

son de 3 tipos

Subordinación

Participación

Coordinación

Reparto de competencias con el Estado Federal

Competencias exclusivas del Gobierno federal

Competencias exclusivas de las provincias

Competencias concurrentes

Competencias excepcionales del Gobierno federal

Competencias excepcionales de las Provincias

Facultades compartidas

Facultades prohibidas al Gobierno federal

Facultades prohibidas a las Provincias

Regionalización

Art. 124

Tratados Internacionales celebrados por las Provincias

3 requisitos

1- Conocimiento del Congreso

2- Que no afecte la política exterior del país o las facultades delegadas al gobierno central.

3- Que no comprometa el crédito público de la Nación.

Límites Interprovinciales

son fijados por el Congreso

Conflictos Interprovinciales

deben ser sometidos ante la Corte Suprema en forma de demanda

Incorporación y creación de nuevas provincias

a_ Por creación del Congreso

b_ incorporación por Pacto

c_ Compra de territorios extranjeros

d_Por sustitución

e_Por refundición

f_ Por división

INTERVENCIÓN FEDERAL

acto a través del cual, el Gobierno Federal protege la integridad, la autonomía y la subsistencia de las provincias ante situaciones anormales que no pueden resolver pos sí mismas (art. 6)

CAUSAS

Garantizar la forma republicana en dicha provincia

Repeler invasiones exteriores

Sostener o reestablecer a las autoridades provinciales en caso de Sedición

Sostener o reestablecer a las autoridades provinciales en caso de Invasión de otra provincia

autoridad provincial habilitada para requerir la intervención

gobernador

la Legislatura

Tribunal Superior de Justicia

Convención Reformadora

FACULTADES

la mayoría de las veces el interventor reemplaza a algún órgano judicial

JUDICIABILIDAD DE SUS ACTOS

los actos que realice el interventor si pueden ser juzgados

Órgano competente para declararla

la declaración de Intervención federal es una Facultad del Congreso

Si el Congreso está en receso, puede declararla el Presidente

CULTO CATÓLICO (Art. 2)

el gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano

MECANISMO DE REFORMA

La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de 2/3 partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención Reformadora.

ETAPA Y PROCEDIMIENTO

iniciativa

cuando el Congreso declara la necesidad de reforma, requiere el voto de 2/3 partes

Revisión

período en el que se produce la reforma

REFORMAS

1860

1866

1898

1949

1957

1972

1994

fines 1993

Pacto de Olivos (Menem y Alfonsín)

FIJA

Núcleo de Coincidencias Básicas

Temas habilitados

Críticas a la Reforma

Voto Conjunto

Cláusula Cerrojo

DERECHO CONSTITUCIONAL

estudia la organización política del Estado y su funcionamiento

subdivisión

Derecho Constitucional Formal

Constitución Formal

Fuentes:

Derecho Constitucional Material

Fuentes:

Constitución Material

Constitución formal, Leyes constitucionales y tratados internacionales

Constitución formal-Leyes constitucionales, Derecho no escrito, derecho judicial, derecho internacional no contractural

DERECHO POSITIVO

conjunto de leyes vigentes en un país

se divide en

Derecho privado

regula las relaciones entre sus particulares

Derecho público

interviene el Estado como poder público

RAMAS

Derecho civil

Derecho comercial

Derecho rural

Derecho laboral

RAMAS

Derecho de minería

Derecho Administrativo

Derecho penal

Derecho procesal

Derecho internacional público

pueden coincidir o discrepar

ESTADO

grupo de individuos establecidos en un territorio determinado y sujetos bajo la autoridad de un mismo gobierno.

ESTADO ARGENTINO

NOMBRES (ART. 35)

Provincias Unidas del Río de la Plata

Confederación Argentina.

República Argentina

Nación Argentina

Estado de derecho

aquel donde existe un ordenamiento jurídico justo y vigente, y donde las transgreciones a dicho ordenamiento son sancionadas

4 requisitos

1- Tener un ordenamiento jurídico

2- Que este ordenamiento sea justo

3- Que tenga vigencia en la vida real

4- Sanción para quien lo transgrede

RELACIÓN ENTRE IGLESIA Y ESTADO

Sacralidad

el Estado adopta una religión oficial, la impone como obligación y la subvenciona.

Laicidad

Estado e Iglesia independientes

Secularidad

El Estado no adopta como oficial ninguna religión, y asegura la libertad de cultos; pero atendiendo a las convicciones religiosas mayoritaras de su pueblo, sostiene el culto que ésta profesa.

Adoptado por nuestra CN

Art. 14

Art. 2

privilegio a la religión católica

el sostenimiento se refiere al apoyo económico

DERECHOS

Derechos civiles (derechos de primera generación)

derechos explícitos

derecho a la igualdad

derecho a la libertad

derecho a la intimidad

derecho a trabajar

derecho a casarse

derecho de locomoción

derecho a la asociación y reunión

derecho a la libertad de expresión

derecho a la libertad religiosa

derecho a la educación

derecho a comerciar y navegar

derecho a ejercer industria lícita

derecho de petición

derechos implícitos

derecho a la vida

derecho a la dignidad

derecho a la salud

derecho a la integridad

Derechos sociales (derechos de segunda generación)

protección al trabajador

Art. 14

protegen la dignidad del trabajo humano y asegurar una situación social honrosa al trabajador

Art. bis

Normas sobr el derecho del trabajo individual

normas sobre el derecho del trabajo colectivo

normas sobre seguridad social

Derechos políticos

son aquellos que solo le corresponden a los ciudadanos, y que consisten en participar en todo lo que tenga que ver con la Organización del Estado, ya sea votando a quienes van a gobernar o presentándose como candidato para gobernar.

electorales pasivos

capacidad que poseen algunos ciudadanos para postularse a los cargos electivos

electorales activos

derecho a votar

el sufragio

a través de el se expresa la volutand del pueblo. Sirve para elegir gobernantes, y tambíen para participar en las formas semidirectas de democracia.

es

Universal

Igual

Secreto

Obligatorio

los partidos políticos son

agrupaciones de ciudadanos que tienen un programa político y social, cuyo objetivo es ejercer el poder del Estado a través de sus dirigentes.

sus funciones

hacer de intermediarios entre el Estado y la sociedad

Unificar ideas para solucionar problemas sociales

Educar a los ciudadanos desde el punto de vista político

Proyectar su propia política, etc

el Congreso regula sus actividades

ART. 38 CN

Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.

Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas.

El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes.

Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio

al final de este art se menciona el "apoyo económico"

ese apoyo económico que debe realizar el Estado a los partidos políticos se fundamenta con que ellos realizan un actividad de carácter público

los partidos están obligados a dar a conocer tanto el patrimonio como el destino de sus fondos; para que la sociedad pueda tener un control de lo que se gasta en campañas electorales.

Principio de libertad de creación de partidos políticos

los sistemas electorales

son diferentes métodos utilizados para distribuir los cargos electivos, de acuerdo a los votos del pueblo

en nuestro país, se utilizaron diferentes sitemas electorales

Lista completa

Circunscripción Uninominal

Lista Incompleta

Representación proporcional

Voto acumulativo simultáneo

Sistema de doble vuelta o ballotage

Elecciones

elección indirecta pueden ser:

Directas

los ciudadanos votan directamente a quienes se postulan para ocupar el cargo

Indirectas

los ciudadanos eligen a un cuerpo colegiado, al cual le corresponde designar quién ocupa el cargo

régimen de Argentina

las P.A.S.O

Primarias

Abiertas

Simultáneas

Obligatorias

¿Quiénes tienen derecho a votar?

mayores de 16 años

argentinos nativos o por opción

procesados en prisión preventiva

argentinos residentes en el exterior inscriptos

¿Quiénes quedan excluidos?

Dementes

Condenados

Sancionados por infracción de discreción calificada

Inhabilitados según la Ley Orgánica de partidos políticos u otras prescripciones legales

Declarados rebeldes

Formas semidirectas de democracia

son mecanismos que le permiten al pueblo participar en la toma de decisiones del gobierno

iNICIATIVA POPULAR

consiste en que cualquier ciudadano puede presentar un proyecto de ley sobre un tema específico, y el Congreso tiene un plazo de 1 año para tratarlo.

CONSULTA POPULAR

consiste en "preguntarle" al pueblo que opina de un determinado proyecto de ley.

Vinculante

la Cámara de Diputados somete un proyecto de ley a consulta popular y es obligatorio votar. Si la consulta dio a favor del proyecto, éste se convierte en ley y se promulga en forma automática

conocida con el nombre

Referéndum legislativo

No vinculante

el Congreso o el Presidente someten un proyecto a consulta y en este caso el voto no es obligatorio. El resultado de la consulta puede ser dejado de lado por el Estado.

Plebiscito

es como una consulta popular pero sobre un determinado acto político y no sobre una norma jurídica.

derechos colectivos (derechos de tercera generación) incorporados en la reforma de 1994

Los intereses difusos

son una serie de derechos pertenecientes a grupos de personas. Ejemplos: la defensa del medioambiente; los derechos de los consumidores.

el Estado no debe entrometerse en su creación ni en el ejercicio de sus actividades.

también queda claro que

los partidos deben tener organización y funcionamiento democráticos

solo los partidos están habilitados para postular candidatos a los cargos públicos electivos

los partidos tienen derecho a acceder a la información pública

GARANTÍAS

DEBIDO PROCESO

ART. 18

conjunto de garantías procesales que tiene por objeto asistir a los individuos durante el desarrollo del proceso para asi protegerlos de los abusos de las autoridades y permitirles la defensa de sus derechos

Juicio previo

nadie puede ser castigado sin haber sido previamente juzgado y sentenciado mediante el debido proceso

Juez Natural

son jueces naturales y tribunales creados por ley antes que se produzca el hecho que motiva el proceso, sin importar el o los individuos que lo integren.

Ley anterior

el juicio y la respectiva sentencia, deben fundarse en una ley anterior a la que motiva el proceso.

Inviolabilidad de la defensa en juicio

la Constitución asegura al individuo que, durante el juicio, podrá hacer lo que sea necesario para defender su persona y sus derechos; es decir, para demostrar su inocencia o la legitimidad de los derechos que invoca.

Declaración contra sí mismo

"...Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo..." y "...quedan abolidos para siempre... toda especie de tormento y los azotes".

ESTADO DE SITIO

es un instituto de emergencia cuyo fin consiste en proteger el sistema constitucional ante 2 situaciones de peligro imposibles de resolver a través de los mecanismos ordinarios como por ejemplo:

Conmoción interior

son aquellas situaciones internas que alteran gravemente el orden público

es declarada por el Congreso

si el Congreso está en receso puede declararla el Presidente, pero luego del receso, el Congreso deberá aprobar o suspender el estado de sitio declarado por el Presidente

Ataque exterior

se produce cuando recibimos de un país extranjero una invasión a nuestro suelo, o una declaración formal de guerra, o peligro de que ello ocurra.

debe declararlo el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado

si el Congreso y por lo tanto el Senado están en receso, el Presidente debe convocarlo a sesiones extraordinarias

EFECTOS

Limitación de los derechos

a- suspensión amplia

b- suspensión amplia con control judicial de razonabilidad

c- suspensión limitada de las garantías

d- suspensión restringida de la libertad corporal

pautas

1- Es una facultad exclusiva del Presidente

2- El Presidente debe dictar un decreto, explicando los motivos

3- El arresto o traslado debe estar relacionado con la situación de emergencia

4- Quien es arrestado o trasladado puede pedir la revisión judicial de dicha restricción, a través del hábeas corpus

5- El arresto concluye inmediatamente al finalizar el Estado de sitio

6- Quien es arrestado o trasladado puede optar por retirarse del territorio que se declaró el Estado de sitio, y así recuperar su libertad.

CONTROL JUDICIAL

La declaración de Estado de sitio en cuanto a su oportunidad o conveniencia no puede ser sometida al control judicial

la declaración de Estado de Sitio, en cuanto al cumplimiento de los requisitos, si puede ser sometida al control judicial.

El plazo de duración del Estado de Sitio no puede ser sometido a control judicial

Los actos que realice el Estado durante el Estado de sitio si pueden ser sometidos al control judicial de razonabilidad

EXTENSIÓN Y DURACIÓN

extensión

duración

El Estado de sitio debe declararse por un tiempo limitado

El Estado de sitio puede declararse en todo el territorio del país o en parte de él.

CAPÍTULO SEGUNDO(ART. 36- 43)

NUEVOS DERECHOS Y GARANTÍAS

GARANTÍAS

ACCIÓN DE AMPARO (Art. 43 primer y segundo párrafo)

es una acción judicial cuyo objetivo consiste en proteger todos los derechos diferentes al de la libertad física.

CLASES

Amparo Clásico o Individual

Amparo Colectivo

HÁBEAS DATA (Art. 43 tercer párrafo)

es una garantía que poseen las personas para exigir explicaciones a aquellos organismos públicos o privados que tienen información sobre ella o su familia, y asi averiguar qué datos puntuales tienen y por qué y para qué los tienen

CLASES

informativo

Ractificador

Confidencial o preservador

NO CUBRE

Documentación histórica

Documentación referida a la actividad comercial, empresarial o financiera de alguien.

Secreto periodístico

HÁBEAS CORPUS (Art. 43 último párrafo)

es una garantía cuyo objetivo consiste en proteger la libetad física contra las perturbaciones ilegítimas que esta pueda sufrir

a través de el se inicia un proceso breve y rápido

CLASES

Hábeeas corpus Clásico o reparador

Hábeas corpus Preventivo

Hábeas corpus Correctivo

Hábeas corpus Restringido

LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER LA ACCIÓN

la acción de hábeas corpus puede ser interpuesta por

El propio detenido

Otra persona en su nombre

El juez, de oficio

ORGÁNICA

TÍTULO PRIMERO (ART. 44 - 120)

PODER LEGISLATIVO

tiene a cargo la elaboración y sanción de las normas jurídicas

CONGRESO

es el órgano estatal cuya función es ejercer el poder legislativo.

características

colegiado

complejo

bicameral

Cámara de Diputados

representa al pueblo de la Nación

se compone de miembros pertenecientes a cada una de las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires.

elección

elegidos directamente por el pueblo

a simple pluralidad de sufragio

las provincias, la ciudad de Buenos Aires son considerados como distritos electorales de un solo Estado.

requisitos

tener más de 25 años

ser argentino o naturalizado

tener 4 años de ciudadania en ejercicio

ser nativo de la provincia que se postula o tener 2 años de residencia inmediata

la duración es de 4 años

renovación

cada 2 años se renueva la mitad de la Cámara de Diputados a través de elección nacional.

se realiza un sorteo para determinar qué diputados salen a finalizar el primer período.

se compone de 3 representantes de cada provincia y 3 de la Ciudad de Buenos Aires

Cámara de Senadores

representa a las provincias

Elección

es directa

de aquellos 3 senadores que deben elegirse por distrito, dos corresponden al partido político que más votos haya obtenido y el restante al partído político que lo siga en cantidad de votos.

requisitos

tener más de 30 años

ser argentino nativo o naturalizado

tener 6 años de ciudadanía en ejercicio

ser nativo de la provincia que se postula o tener 2 años de residencia inmediata.

la duración es de 6 años

renovación

cada 2 años se renueva un tercio de la Cámara de Senadores

pueden ser reelectos

la autoridad es el Vicepresidente de la Nación.

Juicio Político

es un procedimiento a través del cual el Congreso puede remover de sus cargos a determinados funcionarios por causas que están establecidas en la Constitución.

funcionario enjuiciables

Presidente de la Nación

Vicepresidente de la Nación

Jefe de Gabinete de Ministros

Ministros

Miembros de la Corte Suprema de Justicia.

su finalidad es separar al funcionario del cargo para que quede libre de privilegios (inmunidad de funciones e inmunidad de jurisdicción penal)

la intervención se da por

Cámara de Diputados

acusa

Cámara de Senadores

juzga

las causales pueden ser

mal desempeño de sus funciones

cometer un delito en el ejercicio de sus funciones

crímenes comunes

Atribuciones

sanción de leyes

etapas

iniciativa

puede realizarlo el Congreso, el Poder Ejecutivo o los ciudadanos a través del derecho a iniciativa popular.

constitutiva

sanción de la ley, a través de los mecanismos y procedimientos que se encuentran en los arts. 77 a 84 de la CN, Se lleva a cabo por el Congreso.

eficacia

promulgación y publicación de la ley en el Boletín Oficial. Es llevado a cabo por el el Poder Ejecutivo.

el procedimiento

cualquier miembro del Congreso, Poder Ejecutivo o ciudadano puede presentar un proyecto de ley al Congreso (Cámara de origen). Si esta lo sanciona tiene media sanción

una vez que es aprobado por la Cámara de Origen pasa a la Cámara Revisora, si esta lo aprueba, el proyecto de ley esta sancionado y pasa al Poder Ejecutivo.

el Poder Ejecutivo puede

promulgar la ley en forma expresa

promulgar la ley en forma tácita

vetar el proyecto entero o en parte

se inicia en la Cámara de Diputados

los proyectos de leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas (art. 52)

proyectos presentados por los ciudadanos a través de la iniciativa popular (art. 39)

proyectos que el Congreso somete a consulta popular (art. 40)

se inicia en la Cámara de Senadores

ley de coparticipación federal

leyes de contenido demográfico tendientes a lograr crecimiento y desarrollo equilibrado de todo el país (art. 75 inc. 19)

clases de leyes que dicta el Congreso

Normas de Derecho Común

Normas Federales

Normas Locales

Delegación legislativa

requisitos

que traten temas relacionados con la Administración o la Emergencia pública, y que esa delegación sea por un tiempo determinado y según las pautas que establezca el Congreso de la Nación.

prohibiciones

La delegación no puede recaer sobre materias como penal, tributaria, electoral, etc. Y tampoco puede delegar por un tiempo indeterminado ni el Poder Ejecutivo exceder las pautas establecidas por el Congreso.

incluidas en el art. 75

Códigos de fondo (inc. 12)

Sistema comercial (inc. 13)

Navegación y Puertos (inc. 10)

Fijación de Límites (inc. 15)

Desarrollo y Progreso (incs. 18 y 19)

Creación de Tribunales (inc. 20)

Relaciones Internacionales (incs. 22 y 24)

Poderes Militares (incs. 25 a 28)

Aceptación de renuncias del Presidente y Vicepresidente (inc. 21)

Estado de Sitio (inc. 29)

Legislar en lo relativo al correo marítimo, fluvial, aéreo, terrestre o cualquier otra forma de transmisión de correspondencia (inc. 14)

Amnistías generales (inc. 20)

Atribuciones económicas y financieras

Poderes implícitos

no incluidas en el art. 75

la declaración de necesidad de Reforma de la Constitución (art. 30)

Determinación de la Capital Federal (art. 3)

Calificación de "utilidad pública" en la expropiación (art. 17)

Remuneración de legisladores, presidente, vicepresidente y jueces (arts. 74, 92 y 110)

Recepción del juramento del Presidente y Vicepresidente (art. 93)

SESIONES

para llevar a cabo su trabajo, cada una de las Cámaras se reúne de forma periódica. Las sesiones deben ser de forma pública)

clases de sesiones

Preparatorias

Ordinarias

Extraordinarias

De prórroga

convocacción

cada Cámara se auto convoca el 1 de marzo.

el Presidente de la Nación es quien realiza anualmente la apertura de las sesiones a través de solemne inauguración del período ordinario y convoca las sesiones extraordinarias.

el Quórum

es la cantidad de miembros presentes que se necesita para que cada Cámara pueda dar comienzo a sus sesiones en forma válida.

clases

Quórum normal

más de la mitad de los miembros de la Cámara

Quórum agravado

Quórum 2/3 o 3/4 miembros

Comisiones

Son pequeños grupos de legisladores que funciones dentro de cada Cámara, y que cumplen diferentes funciones. Son creadas a través de reglamentos internos.

Incompatibilidades, cargos que no pueden ejercer los miembros del Congreso:

Empleo o comisión del Poder Ejecutivo

Eclesiásticos regulares

Gobernadores de provincias

Magistradores de Poder Judicial

Inmunidades y privilegios

pueden dividirse en 2 grupos

privilegios personales

Inmunidad de expresión

Inmunidad de arresto

Desafuero

Privilegios colectivos

Juicio de las elecciones

Reglamentación interna

Poder disciplinario

Interpelación

Remuneración

dieta

remuneración de los legisladores, fijado por el Congreso

PODER EJECUTIVO

Órgano del Estado encargado de llevar a cabo la administración general del país

opiniones

minoría

es un órgano colegiado

Presidente

Jefe de Gabinete

Ministros

mayoría

es un órgano unipersonal

se basan en el art. 87 CN

Establece que "El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado por un ciudadano con el título de Presidente de la Nación".

Características

lo ejerce el Presidente de la República, quien desempeña en forma simultánea los cargos de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno.

Ni los Ministros ni el Vicepresidente integran el Poder Ejecutivo.

Presidente y Vicepresidente

Duración y reelección

4 años

ambos pueden ser reelectos por otro período.

sueldo

los sueldos del Presidente y Vicepresidente son:

Fijados por una Ley en el Congreso

Pagados por el Tesoro Nacional

No pueden ser alterados

Incompatibilidades durante su cargo

El Presidente y Vicepresidente no pueden tener otro empleo

Juramento (art. 93)

Figura del vicepresidente

El Vicepresidente no forma parte del Poder Ejecutivo. Solo tendrá atribuciones dentro del Poder Ejecutivo en caso de ausencia, enfermedad, muerte, renuncia o destitución del Presidente.

Se encuentra dentro del Poder Legislativo, ya que desempeña el cargo de Presidente del Senado.

Distribución funcional del Poder

Presidencialismo

El Poder Ejecutivo es unipersonal

El Presidente y Vice son elegidos directamente por el pueblo

El Presidente, el Vice y los Ministros no pueden ser removidos de sus mandatos, salvo que sean sometidos a juicio político.

Parlamentarismo

El Poder Ejecutivo es colegiado

Presidente o Rey

Consejo de Ministros

El Primer Ministro es nombrado formalmente por el Jefe de Estado, quien debe proclamar al líder del partido con mayor número de miembros en el Parlamento.

El Consejo de Ministros (incluido el Primer Ministro) puede ser removido por el Parlamento a través de la "moción de censura".

El sistema en Argentina es:

Presidencialista y unipersonal

Acefalía

es la situación que se produce cuando falta el titular del Poder Ejecutivo, es decir el Presidente. Si el Presidente no puede ejercer el cargo, este será ejercido por el Vicepresidente (art. 88)

CLASES

Parcial

solo falta el Presidente

se reemplaza con el vice

Total

Faltan el Presidente y Vicepresidente

en este caso el Congreso determinará que funcionario público ha de desempeñar la Presidencia(art. 88) en ese caso será desempeñado transitoriamente por

el presidente provisorio del Senado

el presidente de la Cámara de Diputados

el presidente de la Corte Suprema de Justicia.

ausencia definitiva

quien haya ocupado el cargo debe ejercerlo hasta que el Congreso reunido en Asamblea elija un nuevo Presidente dentro de las 48hs, debe ser un diputadom, un senador o un gobernador de provincia.

designación (art. 2 LEY 25.716)

Causales

Transitorias

ausencia por viaje, enfermedad o inhabilidad

asume de forma provisoria el Vice

Permanentes

muerte, destitución, renuncia o inhabilidad permanente.

el vice asume también el cargo hasta que concluya el período de 4 años y haya elecciones.

Requisitos para ser Presidente

Haber nacido en Argentina o ser hijo de ciudadano nativo.

Tener 30 años de edad

Tener 6 años de ciudadanía en ejercicio

Tener una renta anual de 2000 pesos fuertes

ELECCIONES

directas

Sistema de doble vuelta o "ballotage"

Art. 94. El Presidente y el Vicepresidente de la Nación serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta, según lo establece está Constitución. A este fin el Territorio Nacional conformará un distrito único.

Consiste en volver a hacer la votación pero esta vez solamente entre los 2 candidatos más votados en la primera vuelta.

ventajas

Logra que el candidato electo cuente con una mayor legitimidad, ya que accederá al cargo con un porcentaje de votos mucho mayor que el que obtuvo en la primera vuelta

Logra que reduzca la cantidad de partidos políticos, y que solo los más solidos y con ideologías bien marcadas puedan llegar a la segunda vuelta

casos donde no es necesaria la segunda vuelta

Cuando la primera votación una de las fórmulas obtenga más del 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos
(art. 97).

Cuando en la primera votación una de las fórmulas obtenga por lo menos el 40% de los votos afirmativos válidamente emitidos y siempre que exista una diferencia de más de 10 puntos sobre los votos que obtuvo la fórmula que salió en segundo lugar (art. 98).

votods afirmativos válidamente emitidos

Favorecen a alguna de las fórmulas y son los únicos que deben ser computados.

Votos nulos o votos en blanco no deben ser computados

¿En qué momento se realiza la elección?

art. 95

debe realizarse 2 meses antes de que termine su mandato el Presidente en ejercicio.

¿En qué momento se realiza la segunda vuelta si fuera necesaria?

art. 96

debe llevarse a cabo dentro de los 30 días de realizada la primera elección.

¿Qué sucede si antes de relizarse la segunda vuelta una de las fórmulas renuncia?

Será proclamada electa la otra fórmula.

P. A. S. O:

Primarias

porque es la primera etapa del proceso de elección, luego se efectúan las elecciones generales, y luego el ballotage o segunda vuelta si es necesario.

Abiertas

porque todos los ciudadanos participan de la selección de candidato, estén o no afiliados a un partido político.

Simultáneas

porque se celebran un mismo día en todo el país, un mismo acto electoral.

Obligatorias

son obligatorias para todos los ciudadanos

excepto casos puntuales

menores de 18 años

Edad avanzada

Distancia de más de 500km

¿Quiénes pueden votar en las nacionales?

argentinos nativos y por opción desde los 16 años

argentinos naturalizados desde los 18 años

siempre que figuren el padrón electoral y exhiban documento habilitante.

argentinos en el exterior que se hayan inscriptos.

procesados que se encuentran cumpliendo prensión preventiva

¿Quiénes están excluidos del padrón electoral?

los dementes declarados tales en juicio.

los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad

los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos.

Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción.

Los declarados rebeldes en causa penal

ATRIBUCIONES art. 99

alcance general

Inc. 2

Inc. 3

Inc. 8

Inc. 9

Inc. 4

Inc. 7

Inc. 19

Inc. 6

Inc. 10

Inc. 12

Inc. 15

Inc. 11

Inc. 5

Inc. 16

Inc. 20

Inc. 1

Jefatura presidencial

Inc. 1

Inc. 12

Reglamentos administrativos

un acto unilateral emitido por el Poder Ejecutivo, que crea normas jurídicas generales y obligatorias, mediante una habilitación expresa de la Constitución.

Participación en el proceso legislativo

Etapa de eficacia

Promulgación y publicación de la Ley en el Boletín Oficial.

Nombramientos

art. 99

le otorga al Presidente la facultad de nombrar y remover de sus cargos a ciertos funcionarios y agentes del Estado.

Casos en que necesita acuerdo con el Senado

Designación a miembros de la Corte Suprema

Designación de los demás jueces de Tribunales federales inferiores

la remoción de estos jueces solo puede ser llevada a cabo por el jurado de enjuiciamiento

Designación y remoción de los diplomáticos

Designación de los oficiales de las Fuerzas Armadas

Casos en que no necesita acuerdo con el Senado

Designación y remoción de los Ministros del Poder Ejecutivo

Designación y remoción de otros agentes y empleados públicos

Nombramientos "en comisión"

cuando el Congreso está en receso, el Presidente está facultado para nombrar en comisión

luego del receso

el Senado puede rechazar expresamente el nombramiento, el funcionario cesa inmediata en su cargo

si el Senado no deniega el nombramiento, éste finaliza al término de las sesiones ordinarias

si el Senado aprueba el nombramiento, éste queda perfeccionado

Relación con el Congreso

Apertura de las sesiones

Prórroga de las sesiones ordinarias y Convocatoria a extraordinarias

Ausencia del Presidente

Renuncia del Presidente

Indulto y conmutación de penas

el art. 99 inc. 5 le otorga al Presidente de la Nación la facultad de indultar y de conmutar penas.

Idulto

es un perdón absoluto, ya que elimina la pena en su totalidad

otorgado a una persona que ha sido condenada por una sentencia firme

Conmutación de penas

es un perdón parcial, ya que no elimina la pena en su totalidad

es el cambio de una penaa mayor por una menor, es decir que reduce el monto de la sanción.

requisitos para que procedan el indulto o la conmutación

debe existir una sentencia firme y definitiva que condene a la persona

debe tratarse de un delito sujeto a la jurisdicción federal

debe haber un informe previo

Relaciones internacionales

el Presidente como Jefe de Estado, representa al país en el ámbito internacional.

encargado de conducir las relaciones con los demás países y organismos internacionales.

es quien debe recibir a los Ministros, enviados oficiales y cónsules de otros países.

tiene a su cargo la negociación y ratificación.

Poderes Militares

el Presidente es el Jefe de todas las Fuerzas Armadas y por ello cuenta con las siguientes atribuciones:

Dispone de las Fuerzas Armadas y puede organizarlas y distribuirlas según las necesidades de la Nación.

Designa y nombran a quienes ocupan los empleos militares.

Declara la guerra y ordena represalias contra otros Estados, con autorización y aprobación del Congreso.

Estado de Sitio

Ataque exterior

Conmoción interior

Poderes financieros

el Presidente tiene la facultad de supervisar el trabajo que realice el Jefe de Gabinete en cuanto a hacer recaudar las rentas y hacer ejecutar la ley de presupuesto.

Órganos dependientes del Poder Ejecutivo

Jefe de Gabinete

Art. 100

Art. 101

Ministerios

colaboración con el Poder Ejecutivo

Refrendan y legalizan los actos del Presidente.

Participación de las Reuniones de Gabinete

competencia ministerial

art. 103 establece que los ministros no pueden tomar resoluciones, si pueden hacerlo con respecto al régimen económico y administrativo de su propio departamento.

responsabilidad de los ministros

art. 102 establece que los ministros son responsables por los actos del Presidente que ellos mismos autorizan.

Nombramiento y remoción

los Ministros y el Jefe de Gabinete son designados y removidos por el Presidente de la Nación, sin autorización de ningún otro órgano.

pueden ser removidos a través del Juicio Político.

Incompatibilidades

Los Ministros no pueden ser senadores ni diputados (art. 105) Esta incompatibilidad tiene como objetivo no afectar el principio de división de poderes.

Sueldo

el sueldo de los Ministros se fija por ley, según la jerarquía del cargo (art. 107)

Relación con el Congreso

Interpelación

Informe de los ministros

Intervención en las sesiones

Ley de Ministerios

Art. 100 CN

establece que el número de Ministros y sus respectivas competencias deben ser establecidas por una ley especial.

Ley 26.338

ART. 1°

"El Jefe de Gabinete de Ministros y ONCE (11) Ministros Secretarios tendrán su cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministros serán los siguientes:

Del Interior.

De Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

De Defensa.

De Economía y Producción.

De Planificación Federal. Inversión Pública y Servicios.

De Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

De Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

De Desarrollo Social.

De Salud.

De Educación.

De Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva."

PODER JUDICIAL

es el conjunto de órganos encargao de llevar a cabo la "administración de justicia" o "función jurisdiccional"

integrado por

La Corte Suprema de Justicia

Los demás jueces y tribunales de diferentes instancias

El Consejo de la Magistratura

El Jurado de Enjuiciamiento

Independencia del Poder Judicial

es independiente de los otros 2 poderes

2 pautas básicas para lograr la independencia

Inmovilidad de los jueces

los jueces conservan su empleo mientras dure su buena conducta.

no podrán ser cambiados ni removidos de sede o grado.

Intangibilidad de las remuneraciones

el sueldo de los jueces no puede ser disminuido.

Incompatibilidades de los jueces

tienen prohibido ocupar ciertos cargos y realizar determinadas tareas.

decreto-ley 1285/58 establece que los jueces no pueden

realizar actividades políticas (si pueden votar)

ejercer el comercio dentro del territorio donde ejercen jurisdicción

ejercer la profesión de abogados

desempeñar empleos públicos ni privados

practicar juegos de azar

formar parte de un tribunal colegiado integrado por algún pariente.

Estructura

Corte Suprema

Cabeza del Poder Judicial

Composición de la Corte

número de jueces en la Corte

5 jueces

uno de los jueces cumple el rol de Presidente de la Corte Suprema.

adquiere importancia en las siguientes situaciones:

en caso de juicio político al Presidente de la Nación, el Senado es presidido por el Presidente de la Corte.

En caso de acefalía total del Poder Ejecutivo.

En caso de que ingrese un nuevo miembro a la Corte, debe presentar juramento ante el Presidente de la Corte.

¿quién designa al Presidente de la Corte?

los mismos miembros de la Corte lo designan.

¿Ante quién debe presentar su renuncia?

ante la misma Corte.

Requisitos para ser miembro

ser abogado argentino y haber ejercido la profesión 8 años

reunir los mismos requisitos de un Senador

tener 30 años de edad

ser argentino (nativo o naturalizado)

6 años de ciudadanía en ejercicio

renta anual de $2000

Designación de los miembros

a cargo del Presidente de la Nación

necesita el acuerdo del 2/3 de miembros presentes del Senado.

Remoción de los miembros

solo es posible a través del Juicio Político

Tribunales inferiores

son todos los juzgados y tribunales federales, excepto la Corte Suprema de Justicia

creación

son creados y establecidos por el Congreso

Requisitos

Juez de primera instancia

Ciudadano argentino

Abogado con título de una universidad nacional

tener 4 años de antigüedad como abogado

25 años de edad.

Juez de una Cámara de Apelaciones

ciudadano argentino

tener título de abogado con valídez nacional

6 años de ejercicio de abogacía o de función judicial que requiera ese título

30 años de edad.

Nombramiento

se deben seguir ciertos pasos:

El Consejo de la Magistratura realiza una pre-selección de varios candidatos a través de un concurso público.

Se elige 3 candidatos y eleva la propuesta del Poder Ejecutivo.

Para que sea nombrado el candidato elegido por el Poder Ejecutivo se necesita la aprobación del Senado

Una vez que el Senado lo apruebe se produce el nombramiento del nuevo juez

Remoción

llevado a cabo por un Jurado de enjuiciamiento

conformado por

2 jueces

4 legisladores

1 abogado de matrícula federal

Jurado de enjuiciamiento

es un órgano cuya función consiste en juzgar a los jueces inferiores de la Nación, para removerlos de sus cartos.

Composición

2 jueces

4 legisladores

1 abogado de la matrícula federal

deberán suspender su matrícula federal por el tiempo que dure el desempeño.

estarán sujetos a las incompatibilidades que rigen para los jueces mientras que dure su desempeño.

duración

permanecen en sus cargos mientras se encuentren en trámite los juzgamientos de los magistrados que les hayan sido encomendados y solo en relación a éstos.

remoción

cualquier miembro puede ser removido con el voto de 3/4 partes de los miembros totales del cuerpo.

procedimiento

el Consejo de la Magistratura abre el procedimiento acusando al juez que pretende remover.

Se le dan 10 días al juez acusado para que ejerza su defensa

Durante los 30 días siguientes se presentan las pruebas.

Una vez presentadas las pruebas, el Jurado de Enjuiciamiento debe decidir si destituye al juez o no. Tiene 20 días para emitir su pronunciamiento

para poder remover al juez, el jurado necesita el voto de 2/3 de sus miembros.

Efectos del pronunciamiento

la decisión del Jurado de Enjuiciamiento en contra del juez solo produce su remoción.

Para ser juzgado civil o penalmente por los hechos ilícitos cometidos debe ser sometido a los tribunales ordinarios.

Irrecurribilidad del pronunciamiento

art. 115 establece que la decisión del jurado es irrecurrible.

sin embargo, el juez destituido podrá pedir el recurso extraordinario ante la Corte en el caso de que se haya violado su derecho de defensa en juicio o el debido proceso.

Plazo de caducidad

A partir del momento en que el Consejo de la Magistratura abre el procedimiento, el Jurado de Enjuiciamiento tiene 180 días para emitir su pronunciamiento.

este sistema solo sde aplica para destituir jueces de los tribunales inferiores.

Consejo de la Magistratura

atribuciones

Seleccionar a los candidatos a cargos de jueces inferiores.

Administrar los recursos del Poder Judicial a través del dictado de reglamentos económicos, y ejecutar su presupuesto.

Ejercer facultades disciplinarias sobre los jueces.

Decidir la apertura del procedimiento para remover a los jueces, formulando la acusación correspondiente.

Dictar los reglamentos sobre la organización judicial de los jueces inferiores.

Dictar los reglamentos necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la efectiva administración de la justicia.

composición

integrado por 13 miembros

3 jueces del Poder Judicial de la Nación.

6 Legisladores

4 diputados

4 senadores

2 abogados de la matrícula federal

1 representante del Poder Ejecutivo

1 representante del ámbito científico y académico

funciones

asegurar la independencia del Poder Judicial

garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia

promover el óptimo nivel de sus integrantes y lograr la satisfacción de las demandas sociales sobre la función jurisdiccional del Estado.

la duración de los miembros es de 4 años

Atribuciones

Administración de Justicia

Derecho a lo jurisdicción

Juez natural

Causa

Acción

Sentencia

requisitos

Imparcial

Justa

Motivada

Fundamentada

No debe ser arbitraria

No debe caer en el "exceso ritual manifiesto"

Atribuciones cuasi-lesgislativas

son actos con similitud a la función legislativa.

fallos plenarios

Atribuciones administrativas

art. 113

la Corte Suprema de Justicia tiene la facultad de dictar reglamentos internos.

La Justicia Ordinaria (Jurisdicción Ordinaria)

tribunales provinciales

Los Tribunales Provinciales no
forman parte del Poder Judicial
de la Nación.

Pertenecen al poder judicial de la
respectiva provincia

Justicia en la Capital Federal

Buenos Aires como Capital Federal coexisten 3 tipos de justicia (art. 8)

Justicia Federal

se ocupa de las causas previstas en el art. 116 y 117

Justicia Nacional Ordinaria

se ocupa de típicos casos de jurisdicción ordinaria.

Justicia Local

se ocupa de los asuntos de

vecinidad

contravencional y de faltas

contencioso-administrativo

tributario local

tenencia

portación de armas de uso civil y su suministro a quien no fuera legítimo usuario.

Buenos Aires si dejara de ser Capital Federal coexistirían 2 tipos de justicia

Justicia Federal

es de excepción

es privativa

es restrictiva

es improrrogable (en relación a la materia)

en razón de las personas es
prorrogable.

Las partes no pueden pactar
de común acuerdo la
jurisdicción federal

Es caso de que lo hagan, esto
será inaplicable.

Justicia Local u ordinaria

se ocuparía de todos los casos de jurisdicción ordinaria.

Derecho Procesal Civil

Institutos del proceso civil

la acción

Derecho subjetivo constitucional

la legitimación

condición necesaria para ejercer la acción

Jurisdicción

debe decir o declarar el derecho

es el poder deber del Estado que a través de su soberanía y por medio de un órgano (Poder Judicial) es el que resuelve o dirime los conflictos suscitados entre las partes.

se encuentra en el art. 18 CN

el único que puede dictar una sentencia es el juez

diferentes puntos de vista

Legislativo

El Poder Legislativo es quien realiza la actividad

Juicio Político

Administrativo

Es llevado a cabo por el Poder Ejecutivo a través de tribunales administrativos.

Judicial

El Poder Judicial es quien ejerce la jurisdicción

diferentes clasificaciones

Nacional

ejercita en nombre de la Nación

se extiende a lo largo del territorio de la República Argentina

Provincial

actividad jurisdiccional que es ejercida en el territorio local

Nacional o Provincial propia

en este caso el juez es competente

Nacional o Provincial delegada

el juez realiza un acto en una causa que es encomendada por otro juez.

las competencias

Jurisdicción ordinaria

art. 75 inc. 12

Código Civil

Código Penal

Código Comercial

Código de Minería

Código de Trabajo y Seguridad Social

asuntos de competencia federal

no integran el Poder Judicial de la Nación.

Jurisdicción federal

Art. 116

causas que versen sobre puntos regidos por la CN

Causas que versen sobre puntos regidos por Leyes Nacionales

Causas que versen sobre puntos regidos por Tratados Internacionales

Causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros.

Causas de almirantazgo y jurisdicción marítima

Asuntos que la Nación sea parte.

Causas que susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias; y entre una provincia o sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero.

Art. 117

Competencias originarias de la Corte Suprema

Todos los asuntos concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros.

asuntos en el que alguna provincia fuese parte, la ejercerá originaria y exclusivamente

Competencias apeladas por la Corte Suprema

Recurso extraordinario federal

Recurso de apelación ordinaria

Divisiones

Contenciosa

aquellos procesos en los que existe conflictos

el juez determina la resolución con una sentencia

Voluntaria

no existe controversia

el juez debe dar autenticidad a un determinado acto

Administrativa

el Estado actua como persona de derecho público

órganos relacionados con la función jurisdiccional

MINISTERIO PÚBLICO

sus características son:

órgano independiente

tiene autonomía funcional

autarquía financiera

función principal

promover la actuación del Poder Judicial

compuesta por:

procurador General de la Nación

Defensor General de la Nación

miembros que surgen del concurso público

Garantías

inmunidad funcional

intangibilidad de sueldos

remoción: juicio político

designación

designados por el Poder Ejecutivo con el acuerdo de 2/3 partes del Senado

requisitos

ciudadano argentino

abogado con 8 años de antigüedad

30 años

su estructura

Ministerio Publico Fiscal

Ministerio Público de Defensa

Ministerio Fiscal

integrado por el procurador general

fiscal general

fiscal de cámara

agentes de fiscales

Atribuciones

Promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad

representar y defender el interés público

promover y ejercer la acción pública en las causas penales

intervenir en los procesos relativos al estado civil

promover causas referidad a la protección de las personas incapaces, menores, inhabilitados.

Velar por

la observancia de la CN y las leyes de la República

El efectivo cumplimiento del debido proceso legal

la defensa de los DD.HH

Tribunales administrativos

órganos dependientes del Poder Ejecutivo que se encargan de resolver controversias entre particulares y la Administración.

aunque tienen una función jurisdiccional, no forman parte del Poder Judicial y son dependientes del Poder Ejecutivo.

juicio por jurados

consiste en que un cuerpo popular de su veredicto durante el juzgamiento de ciertos delitos

art. 24 CN dispone que el Congreso es el encargado de establecer el juicio por jurados

En Argentina no existe una ley que reglamente a nivel nacional, a pesar de que está contemplado en la Constitución Nacional desde 1853 en el artículo 24, algunas provincias lo han reglamentado a través de su legislación provincial (pero no todas).

competencia

es la facultad o virtud que la ley otorga a los jueces (primera instancia) o a los tribunales (segunda instancia) para entender en distintas etapas o cosas de un mismo proceso

etapas

GRADO

TERRITORIO

VALOR

MATERIA

PROCESO

CONJUNTO DE ACTOS CIVILES Y PROCESALES QUE DICEN UN ORDEN LÓGICO Y SISTEMÁTICO HASTA CULMINAR LA SENTENCIA

1- DEMANDA

2- NOTIFICACIÓN

3- CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA

4- PROBATORIA

5- SENTENCIA

CLASIFICACIÓN

UNIVERSALES

SINGULARES

Órganos de control "extrapoderes"

Auditoria General de la Nación

son organismos que tienen la finalidad de controlar a la Administración Pública

Funciones

Elabora dictámenes relacionados con el aspecto económico, financiero y operativo del sector público nacional.

Controla la legalidad y la gestión de la actividad de toda la Administración pública.

Participa en la aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos.

Tiene la facultad de dictaminar sobre los estados contables-financieros de los entes privados adjudicatorios se servicios privatizados.

Composición

3 auditores generales elegidos por la Cámara de Diputados.

3 auditores generales elegidos por la Cámara de Senadores.

El Presidente de la Auditoria elegido por el partido político opositor que tenga más legisladores en el Congreso.

Su duración es de 8 años y pueden ser reelectos.

Fue creada por la Ley 24.156 en el año 1992

en 1994 fue incorporado a la CN a través del art.85

Defensor del Pueblo

es un órgano independiente y con autonomía funcional, cuyo objetivo es defender y proteger los derechos de la sociedad ante hechos, actos u omisiones de la Administración.

Características

Independiente

tiene autonomía funcional

tiene los mismos privilegios e inmunidades que los legisladores

Funciones

defender a la sociedad

controlar y evitar la corrupción

Forma de actuar

recibe las denuncias y las investiga

avisa a la sociedad en forma pública y masiva cualquier irregularidad que haya detectado.

Legitimación procesal

Está autorizado para estar en juicio y promover acciones con el fin de cumplir sus funciones.

Puede iniciar la acción de amparo para defender los derechos del medio ambiente (art. 41) y del consumidor (art. 42).

Designación y remoción

es nombrado y removido por el Congreso y se necesita para ello el voto de 2/3 de los miembros presentes de cada Cámara

Goza de las inmunidades y privilegios de los legisladores

Requisitos

Ser argentino nativo o por opción.

Tener como mínimo 30 años.

No ejercer cargos electivos, políticos o judiciales.

No realizar actividades políticas o sindicales.

su duración es de 5 años y solo pueden ser reelectos una vez

Otras denominaciones

Ombudsman

persona que da trámite

Abogado del Pueblo

fue creado por la Ley 24.284 en el año 1993.

En 1994, fue incorporado a la CN en el art. 86.

TÍTULO SEGUNDO

ART. 121-129

GOBIERNOS PROVINCIALES

para que la ley adquiera publicidad y obligatoriedad debe ser publicada en el Boletín Oficial.

colegiativas

participación en la formación de las leyes

poder reglamentario

nombramiento y remoción de funcionarios

jubilaciones y pensiones

poderes financieros

poderes militares

representación ante la comunidad internacional

poderes excepcionales

responsable político de la administración general del país

son 4 las jefaturas

Jefe de Gobierno

Jefe de la Administración General del país

Jefe de Estado

Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas

Clases

de ejecución

autónomos

delegados

de necesidad y urgencia

puede ser sometido a Control Judicial, para que un juez determine si se cumplen todos los requisitos de validez.

intervienen el

Consejo de la Magistratura

Presidente de la Nación

Senado

etapas de celebración de un Tratado

Negociación y firma

Aprobación, rechazo o desaprobación parcial del Tratado..

Ratificación en sede internacional.

Atribuciones

Ejercer la Administración General del País

Expedir los actos y reglamentos necesarios para poder cumplir con sus atribuciones.

Realizar nombramientos de los empleados de la Administración salvo los que correspondan al Presidente.

Ejercer las funciones que le delegue el Presidente.

Resolver aquellas cuestiones que le indique el Poder Ejecutivo.

Resolver aquellas cuestiones que considere necesarias e importantes referidas a su ámbito de competencia.

Coordinar, preparar y convocar las reuniones de Gabinete de Ministros, y presidirlas en caso de ausencia del Presidente.

Enviar al Congreso los proyectos de Ley de Ministerios y Presupuesto Nacional.

Hacer recaudar las rentas de la Nación.

Ejecutar la Ley de Presupuesto Nacional.

Refrendar diversos decretos del Poder Ejecutivo.

Elevar la Comisión Bicameral Permanente.

Presentar ante el Congreso, junto a los demás ministros, un resumen detallado del estado de la Nación en lo relativo a negocios de los respectivos departamentos.

Producir informes y explicaciones

Concurrir al Congreso al menos una vez por mes para informar la marcha del Gobierno.

pueden ser removidos por:

mal desempeño

por delito en el ejercicio de sus funciones

por crímens comunes

Desconocimiento inexcusable del
derecho

Incumplimiento reiterado de la
Constitución Nacional, normas
legales o reglamentarias

Negligencia grave en el ejercicio
de su cargo

Realización de actos de manifiesta
arbitrariedad en sus funciones

Graves desórdenes de conducta
personales

Abandono de sus funciones

Aplicación reiterada de sanciones
disciplinarias

Incapacidad física o psíquica
sobreviniente para ejercer el
cargo

resuelto en sesión pública

presidencia del jurado elegida a través de la votación de los 7 miembros

son revisibles ante tribunales judiciales

son revisibles ante tribunales judiciales

según las características, pueden intervenir:

Corte Suprema

Tribunales Inferiores

art. 120 CN

ETAPA INICIAL

ETAPA PROCESAL

ETAPA FINAL