DERECHO
es un conjunto de normas jurídicas creadas por el Estado
a través del Poder Legislativo
para regular la conducta externa del hombre en sociedad
se relaciona con la conducta del hombre, normas jurídicas y los valores
podemos definirlo en un
SENTIDO OBJETIVO
SENTIDO SUBJETIVO
Distinción entre:
Moral
-Norma moral.
-Autónoma.
-No se puede actuar por la fuerza.
-Aspecto interno o motivación del obrar.
-Unilateral.
-Arte de lo bueno.
-Manera de valorar y comprender la conducta.
Derecho
-Normas jurídicas.
-Heterónoma.
-Coercibles.
-Aspecto externo.
-Bilateral
-Arte de lo equitativo.
-Se ocupa de la interferencia de las acciones.
FUENTES
FORMALES
MATERIALES
-Política, economía, jurisprudencia, ley, doctrina,moral
es una necesidad social del hombre y se adapta a los cambios sociales
lo que el derecho protege
situación jurídica referida al sujeto
SEMEJANZAS
-Forman parte del campo de la ética.
-Son normas imperativas y de control social.
-Se encaminan hacía la creación de un orden.
ELEMENTOS
Población
habitantes
argentinos
por nacimiento o por opción
naturalizados
extranjeros
"extranjero es todo aquel que no es argentino"
Constitución Nacional
Art. 20. Derechos a los extranjeros.
Art. 25. Promoción a la inmigración.
Art. 22. Pacto San José de Costa Rica.
Expulsión a los extranjeros
Quien ingresó legalmente, solo puede ser expulsado en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley.
En ningún caso, el extranjero puede ser devuelto a otro país donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación a causa de raza, nacionalidad, religión o condición social.
Está prohibida la expulsión colectiva de extranjeros.
Territorio
espacio geográfico en el que un Estado ejerce soberanía y donde se asienta su población
abarca
suelo
subsuelo
espacio aéreo
espacio marítimo
límites
fijados por el Congreso
División
Territorio Argentino
Terriorio Federal
Territorio Provincial
Poder
potestad que tiene el Estado para regir la convivencia de quienes residen en su territorio.
Sujetos del poder
destinatarios del poder
detentadores del poder
Soberanía
característica del poder
que lleva a aquel que lo ejerce a hacerlo en forma suprema e independiente.
Gobierno
conjunto de órganos que ejercen el poder del Estado a través de sus diversas funciones.
Legitimidad de origen
Legitimidad de ejercicio
modo de ejercer el poder
gobierno con legitimidad de origen (gobierno de Iure)
modo de acceder al poder
Gobierno sin legitimidad de origen (gobierno de Facto)
Ciudadania y Nacionalidad
Nacionalidad
Criterios para adoptar la nacionalidad
Ius soli: la nacionalidad está determinada por el lugar donde nace.
Ius sanguinis: la nacionalidad está dada por la de sus padres
Ciudadania
cualidad jurídica del hombre que consiste en un status derivado del derecho positivo, cuyo contenido está dado por el ejercicio de los derechos políticos
se adquiere por el solo hecho de ser argentino, ya sea por haber nacido en Argentina o por haberse naturalizado argentino
Categorias de nacionalidad
por nacimiento
por opción
por naturalización
Argentina adopta ambos principios
Poder constituyente
es la competencia, capacidad o energía para constituir o dar constitución al Estado, es decir, para organizarlo.
CLASES
Originario
Capacidad para dictar la Constitución de un Estado.
Titularidad
Ejercida por el pueblo
Límites
Valor Justicia
Realidad Social
Pactos preexistentes entre provincias
Derivado
Poder que se ejerce para reformar la Constitución de un Estado.
Titularidad
La ejerce la Convención Reformadora
Limites
Formales
Sustanciales
SUPREMACIA CONSTITUCIONAL
doctrina según la cual, las normas de la Constitución Nacional prevalecen sobre todas las demás normas.
para evitar confusiones y para que se sepa cuales son las normas que prevalecen sobre las demás se establece una
GRADACIÓN JERÁRQUICA
Art. 31
Art. 27
Art. 75 inc 22
CONTROL CONSTITUCIONAL
es un procedimiento mediante el cual se le da efectividad a la supremacía de la Constitución, cuando ésta es infringida por normas o actos provenientes del Estado o de los particulaes.
SISTEMAS DE CONTROL
SISTEMA POLÍTICO
SISTEMA JUDICIAL
CONTROL CONSTITUCIONAL DE ARGENTINA
Judicial y difuso
Por vía incidental
produce efectos limitados
REQUISITOS
causa judicial
petición de parte
interés legítimo
ESTABLECEN EL ORDEN JERÁRQUICO DE LAS NORMAS
1- Constitución Nacional y 13 instrumentos Internacionales con Jerarquía Constitucional.
2- Tratados sin Jerarquía Constitucional
3- Leyes Nacionales
función de asegurar la "Supremacia Constitucional"
función de velar por la Supremacía de la Constitución.
CLASIFICACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL
según el órgano que lo ejerce
Concentrado
Difuso
según las vías procesales necesarias
Vía indirecta
Vía directa
según los efectos
Efecto amplio
Efecto limitado
CONSTITUCIÓN
es la Ley Fundamental de la organización de un Estado
Clasificaciones:
-Escrita o no escrita
-Rígida, flexible o pétrea
-Originaria o derivada
-Constitución formal o material
Tipos constitucionales:
-Racional normativo.
-Historicista.
-Sociológico.
Tipos de normas:
Programáticas
Normas incompletas que necesitan de normas posteriores que las reglamenten y las hagan funcionar
Operativas
Normas autosuficientes que no necesitan ser reglamentadas por otras normas para funcionar
ARGENTINA
Escrita
Racional normativa
con ciertos caracteres de tipo historicista
Rígida
con contenidos pétreos
Democracia
Federalismo
Forma republicana
Confesionalidad
CONSTITUCIONALISMO
Proceso político-jurídico
que tuvo por objetivo que cada Estado tenga una Constitución.
CLÁSICO (siglo XVIII)
ANTECEDENTES
-Absolutismo monárquico.
-El Estadoo abusaba de su poder y las personas eran víctimas de eso.
-Las personas necesitaban que sus derechos sean reconocidos.
HECHOS HISTÓRICOS
Revolución Francesa y Norteamericana
CONSECUENCIAS
División de poderes
Los Estados comienzan a crear su propia Constitución escrita
Se reconocen Derechos Individuales.
Estado abstencionista y Gendarme
El rol del Estado era pasivo
SOCIAL (XIX)
ANTECEDENTES
Grandes crisis
Las personas no gozaban de sus derechos
Relacion laboral abusiva
Clases sociales
Empresario
Trabajador
Se necesita que el Estado intervenga en la vida de las personas.
CONSECUENCIAS
Normas destinadas a proteger al trabajador.
Derechos sociales
De Estado Gendarme a Estado Benefactor
Rol del Estado: activo
CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA
PREÁMBULO
Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina.
129 ARTÍCULOS
DOGMÁTICA
Capítulo primero (art. 1- 35)
DECLARACIONES
posturas adoptadas por la Constitución en relación a temas políticos fundamentales
Formas de Gobierno
art. 1
Representativa
Art.22 El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por la Nación
Democracia indirecta
Directas
los ciudadanos se postulan directamente a quienes se postulan para ocupar el cargo
Indirectas
los ciudadanos eligen a un cuerpo colegiado, al cual le corresponde designar quién ocupa el cargo.
Forma de democracia semidirectas
mecanismos que le permiten al pueblo participar en la toma de decisiones del gobierno.
Iniciativa popular
Consulta popular
Republicana
Características principales
1- Soberanía del pueblo
2- Igualdad ante la ley
3- Elección popular de los gobernantes
4- Periodicidad en el ejercicio del poder
5- Responsabilidad de los gobernantes
6- Publicidad de los actos del gobierno
7- División de poderes
Forma de Estado
FORMA FEDERAL
un gobierno adopta la forma federal cuando está compuesto por entidades autónomas, denominadas provincias.
características
GOBIERNO CENTRAL
que ejerce su poder en todo el territorio nacional, y se ocupa de los asuntos que le interesan a la Nación.
GOBIERNO PROVINCIAL
que ejercen el poder sobre el territorio correspondiente a sus respectivas provincias, y se ocupan de asuntos de interes local.
PROVINCIAS
son autónomas pero no soberanas
Relaciones entre el Estado Federal y las Provincias
son de 3 tipos
Subordinación
Participación
Coordinación
Reparto de competencias con el Estado Federal
Competencias exclusivas del Gobierno federal
Competencias exclusivas de las provincias
Competencias concurrentes
Competencias excepcionales del Gobierno federal
Competencias excepcionales de las Provincias
Facultades compartidas
Facultades prohibidas al Gobierno federal
Facultades prohibidas a las Provincias
Regionalización
Art. 124
Tratados Internacionales celebrados por las Provincias
3 requisitos
1- Conocimiento del Congreso
2- Que no afecte la política exterior del país o las facultades delegadas al gobierno central.
3- Que no comprometa el crédito público de la Nación.
Límites Interprovinciales
son fijados por el Congreso
Conflictos Interprovinciales
deben ser sometidos ante la Corte Suprema en forma de demanda
Incorporación y creación de nuevas provincias
a_ Por creación del Congreso
b_ incorporación por Pacto
c_ Compra de territorios extranjeros
d_Por sustitución
e_Por refundición
f_ Por división
INTERVENCIÓN FEDERAL
acto a través del cual, el Gobierno Federal protege la integridad, la autonomía y la subsistencia de las provincias ante situaciones anormales que no pueden resolver pos sí mismas (art. 6)
CAUSAS
Garantizar la forma republicana en dicha provincia
Repeler invasiones exteriores
Sostener o reestablecer a las autoridades provinciales en caso de Sedición
Sostener o reestablecer a las autoridades provinciales en caso de Invasión de otra provincia
autoridad provincial habilitada para requerir la intervención
gobernador
la Legislatura
Tribunal Superior de Justicia
Convención Reformadora
FACULTADES
la mayoría de las veces el interventor reemplaza a algún órgano judicial
JUDICIABILIDAD DE SUS ACTOS
los actos que realice el interventor si pueden ser juzgados
Órgano competente para declararla
la declaración de Intervención federal es una Facultad del Congreso
Si el Congreso está en receso, puede declararla el Presidente
CULTO CATÓLICO (Art. 2)
el gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano
MECANISMO DE REFORMA
La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de 2/3 partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención Reformadora.
ETAPA Y PROCEDIMIENTO
iniciativa
cuando el Congreso declara la necesidad de reforma, requiere el voto de 2/3 partes
Revisión
período en el que se produce la reforma
REFORMAS
1860
1866
1898
1949
1957
1972
1994
fines 1993
Pacto de Olivos (Menem y Alfonsín)
FIJA
Núcleo de Coincidencias Básicas
Temas habilitados
Críticas a la Reforma
Voto Conjunto
Cláusula Cerrojo
DERECHO CONSTITUCIONAL
estudia la organización política del Estado y su funcionamiento
subdivisión
Derecho Constitucional Formal
Constitución Formal
Fuentes:
Derecho Constitucional Material
Fuentes:
Constitución Material
Constitución formal, Leyes constitucionales y tratados internacionales
Constitución formal-Leyes constitucionales, Derecho no escrito, derecho judicial, derecho internacional no contractural
DERECHO POSITIVO
conjunto de leyes vigentes en un país
se divide en
Derecho privado
regula las relaciones entre sus particulares
Derecho público
interviene el Estado como poder público
RAMAS
Derecho civil
Derecho comercial
Derecho rural
Derecho laboral
RAMAS
Derecho de minería
Derecho Administrativo
Derecho penal
Derecho procesal
Derecho internacional público
pueden coincidir o discrepar
ESTADO
grupo de individuos establecidos en un territorio determinado y sujetos bajo la autoridad de un mismo gobierno.
ESTADO ARGENTINO
NOMBRES (ART. 35)
Provincias Unidas del Río de la Plata
Confederación Argentina.
República Argentina
Nación Argentina
Estado de derecho
aquel donde existe un ordenamiento jurídico justo y vigente, y donde las transgreciones a dicho ordenamiento son sancionadas
4 requisitos
1- Tener un ordenamiento jurídico
2- Que este ordenamiento sea justo
3- Que tenga vigencia en la vida real
4- Sanción para quien lo transgrede
RELACIÓN ENTRE IGLESIA Y ESTADO
Sacralidad
el Estado adopta una religión oficial, la impone como obligación y la subvenciona.
Laicidad
Estado e Iglesia independientes
Secularidad
El Estado no adopta como oficial ninguna religión, y asegura la libertad de cultos; pero atendiendo a las convicciones religiosas mayoritaras de su pueblo, sostiene el culto que ésta profesa.
Adoptado por nuestra CN
Art. 14
Art. 2
privilegio a la religión católica
el sostenimiento se refiere al apoyo económico
DERECHOS
Derechos civiles (derechos de primera generación)
derechos explícitos
derecho a la igualdad
derecho a la libertad
derecho a la intimidad
derecho a trabajar
derecho a casarse
derecho de locomoción
derecho a la asociación y reunión
derecho a la libertad de expresión
derecho a la libertad religiosa
derecho a la educación
derecho a comerciar y navegar
derecho a ejercer industria lícita
derecho de petición
derechos implícitos
derecho a la vida
derecho a la dignidad
derecho a la salud
derecho a la integridad
Derechos sociales (derechos de segunda generación)
protección al trabajador
Art. 14
protegen la dignidad del trabajo humano y asegurar una situación social honrosa al trabajador
Art. bis
Normas sobr el derecho del trabajo individual
normas sobre el derecho del trabajo colectivo
normas sobre seguridad social
Derechos políticos
son aquellos que solo le corresponden a los ciudadanos, y que consisten en participar en todo lo que tenga que ver con la Organización del Estado, ya sea votando a quienes van a gobernar o presentándose como candidato para gobernar.
electorales pasivos
capacidad que poseen algunos ciudadanos para postularse a los cargos electivos
electorales activos
derecho a votar
el sufragio
a través de el se expresa la volutand del pueblo. Sirve para elegir gobernantes, y tambíen para participar en las formas semidirectas de democracia.
es
Universal
Igual
Secreto
Obligatorio
los partidos políticos son
agrupaciones de ciudadanos que tienen un programa político y social, cuyo objetivo es ejercer el poder del Estado a través de sus dirigentes.
sus funciones
hacer de intermediarios entre el Estado y la sociedad
Unificar ideas para solucionar problemas sociales
Educar a los ciudadanos desde el punto de vista político
Proyectar su propia política, etc
el Congreso regula sus actividades
ART. 38 CN
Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático.
Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas.
El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes.
Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio
al final de este art se menciona el "apoyo económico"
ese apoyo económico que debe realizar el Estado a los partidos políticos se fundamenta con que ellos realizan un actividad de carácter público
los partidos están obligados a dar a conocer tanto el patrimonio como el destino de sus fondos; para que la sociedad pueda tener un control de lo que se gasta en campañas electorales.
Principio de libertad de creación de partidos políticos
los sistemas electorales
son diferentes métodos utilizados para distribuir los cargos electivos, de acuerdo a los votos del pueblo
en nuestro país, se utilizaron diferentes sitemas electorales
Lista completa
Circunscripción Uninominal
Lista Incompleta
Representación proporcional
Voto acumulativo simultáneo
Sistema de doble vuelta o ballotage
Elecciones
elección indirecta pueden ser:
Directas
los ciudadanos votan directamente a quienes se postulan para ocupar el cargo
Indirectas
los ciudadanos eligen a un cuerpo colegiado, al cual le corresponde designar quién ocupa el cargo
régimen de Argentina
las P.A.S.O
Primarias
Abiertas
Simultáneas
Obligatorias
¿Quiénes tienen derecho a votar?
mayores de 16 años
argentinos nativos o por opción
procesados en prisión preventiva
argentinos residentes en el exterior inscriptos
¿Quiénes quedan excluidos?
Dementes
Condenados
Sancionados por infracción de discreción calificada
Inhabilitados según la Ley Orgánica de partidos políticos u otras prescripciones legales
Declarados rebeldes
Formas semidirectas de democracia
son mecanismos que le permiten al pueblo participar en la toma de decisiones del gobierno
iNICIATIVA POPULAR
consiste en que cualquier ciudadano puede presentar un proyecto de ley sobre un tema específico, y el Congreso tiene un plazo de 1 año para tratarlo.
CONSULTA POPULAR
consiste en "preguntarle" al pueblo que opina de un determinado proyecto de ley.
Vinculante
la Cámara de Diputados somete un proyecto de ley a consulta popular y es obligatorio votar. Si la consulta dio a favor del proyecto, éste se convierte en ley y se promulga en forma automática
conocida con el nombre
Referéndum legislativo
No vinculante
el Congreso o el Presidente someten un proyecto a consulta y en este caso el voto no es obligatorio. El resultado de la consulta puede ser dejado de lado por el Estado.
Plebiscito
es como una consulta popular pero sobre un determinado acto político y no sobre una norma jurídica.
derechos colectivos (derechos de tercera generación) incorporados en la reforma de 1994
Los intereses difusos
son una serie de derechos pertenecientes a grupos de personas. Ejemplos: la defensa del medioambiente; los derechos de los consumidores.
el Estado no debe entrometerse en su creación ni en el ejercicio de sus actividades.
también queda claro que
los partidos deben tener organización y funcionamiento democráticos
solo los partidos están habilitados para postular candidatos a los cargos públicos electivos
los partidos tienen derecho a acceder a la información pública
GARANTÍAS
DEBIDO PROCESO
ART. 18
conjunto de garantías procesales que tiene por objeto asistir a los individuos durante el desarrollo del proceso para asi protegerlos de los abusos de las autoridades y permitirles la defensa de sus derechos
Juicio previo
nadie puede ser castigado sin haber sido previamente juzgado y sentenciado mediante el debido proceso
Juez Natural
son jueces naturales y tribunales creados por ley antes que se produzca el hecho que motiva el proceso, sin importar el o los individuos que lo integren.
Ley anterior
el juicio y la respectiva sentencia, deben fundarse en una ley anterior a la que motiva el proceso.
Inviolabilidad de la defensa en juicio
la Constitución asegura al individuo que, durante el juicio, podrá hacer lo que sea necesario para defender su persona y sus derechos; es decir, para demostrar su inocencia o la legitimidad de los derechos que invoca.
Declaración contra sí mismo
"...Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo..." y "...quedan abolidos para siempre... toda especie de tormento y los azotes".
ESTADO DE SITIO
es un instituto de emergencia cuyo fin consiste en proteger el sistema constitucional ante 2 situaciones de peligro imposibles de resolver a través de los mecanismos ordinarios como por ejemplo:
Conmoción interior
son aquellas situaciones internas que alteran gravemente el orden público
es declarada por el Congreso
si el Congreso está en receso puede declararla el Presidente, pero luego del receso, el Congreso deberá aprobar o suspender el estado de sitio declarado por el Presidente
Ataque exterior
se produce cuando recibimos de un país extranjero una invasión a nuestro suelo, o una declaración formal de guerra, o peligro de que ello ocurra.
debe declararlo el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado
si el Congreso y por lo tanto el Senado están en receso, el Presidente debe convocarlo a sesiones extraordinarias
EFECTOS
Limitación de los derechos
a- suspensión amplia
b- suspensión amplia con control judicial de razonabilidad
c- suspensión limitada de las garantías
d- suspensión restringida de la libertad corporal
pautas
1- Es una facultad exclusiva del Presidente
2- El Presidente debe dictar un decreto, explicando los motivos
3- El arresto o traslado debe estar relacionado con la situación de emergencia
4- Quien es arrestado o trasladado puede pedir la revisión judicial de dicha restricción, a través del hábeas corpus
5- El arresto concluye inmediatamente al finalizar el Estado de sitio
6- Quien es arrestado o trasladado puede optar por retirarse del territorio que se declaró el Estado de sitio, y así recuperar su libertad.
CONTROL JUDICIAL
La declaración de Estado de sitio en cuanto a su oportunidad o conveniencia no puede ser sometida al control judicial
la declaración de Estado de Sitio, en cuanto al cumplimiento de los requisitos, si puede ser sometida al control judicial.
El plazo de duración del Estado de Sitio no puede ser sometido a control judicial
Los actos que realice el Estado durante el Estado de sitio si pueden ser sometidos al control judicial de razonabilidad
EXTENSIÓN Y DURACIÓN
extensión
duración
El Estado de sitio debe declararse por un tiempo limitado
El Estado de sitio puede declararse en todo el territorio del país o en parte de él.
CAPÍTULO SEGUNDO(ART. 36- 43)
NUEVOS DERECHOS Y GARANTÍAS
GARANTÍAS
ACCIÓN DE AMPARO (Art. 43 primer y segundo párrafo)
es una acción judicial cuyo objetivo consiste en proteger todos los derechos diferentes al de la libertad física.
CLASES
Amparo Clásico o Individual
Amparo Colectivo
HÁBEAS DATA (Art. 43 tercer párrafo)
es una garantía que poseen las personas para exigir explicaciones a aquellos organismos públicos o privados que tienen información sobre ella o su familia, y asi averiguar qué datos puntuales tienen y por qué y para qué los tienen
CLASES
informativo
Ractificador
Confidencial o preservador
NO CUBRE
Documentación histórica
Documentación referida a la actividad comercial, empresarial o financiera de alguien.
Secreto periodístico
HÁBEAS CORPUS (Art. 43 último párrafo)
es una garantía cuyo objetivo consiste en proteger la libetad física contra las perturbaciones ilegítimas que esta pueda sufrir
a través de el se inicia un proceso breve y rápido
CLASES
Hábeeas corpus Clásico o reparador
Hábeas corpus Preventivo
Hábeas corpus Correctivo
Hábeas corpus Restringido
LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER LA ACCIÓN
la acción de hábeas corpus puede ser interpuesta por
El propio detenido
Otra persona en su nombre
El juez, de oficio
ORGÁNICA
TÍTULO PRIMERO (ART. 44 - 120)
PODER LEGISLATIVO
tiene a cargo la elaboración y sanción de las normas jurídicas
CONGRESO
es el órgano estatal cuya función es ejercer el poder legislativo.
características
colegiado
complejo
bicameral
Cámara de Diputados
representa al pueblo de la Nación
se compone de miembros pertenecientes a cada una de las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires.
elección
elegidos directamente por el pueblo
a simple pluralidad de sufragio
las provincias, la ciudad de Buenos Aires son considerados como distritos electorales de un solo Estado.
requisitos
tener más de 25 años
ser argentino o naturalizado
tener 4 años de ciudadania en ejercicio
ser nativo de la provincia que se postula o tener 2 años de residencia inmediata
la duración es de 4 años
renovación
cada 2 años se renueva la mitad de la Cámara de Diputados a través de elección nacional.
se realiza un sorteo para determinar qué diputados salen a finalizar el primer período.
se compone de 3 representantes de cada provincia y 3 de la Ciudad de Buenos Aires
Cámara de Senadores
representa a las provincias
Elección
es directa
de aquellos 3 senadores que deben elegirse por distrito, dos corresponden al partido político que más votos haya obtenido y el restante al partído político que lo siga en cantidad de votos.
requisitos
tener más de 30 años
ser argentino nativo o naturalizado
tener 6 años de ciudadanía en ejercicio
ser nativo de la provincia que se postula o tener 2 años de residencia inmediata.
la duración es de 6 años
renovación
cada 2 años se renueva un tercio de la Cámara de Senadores
pueden ser reelectos
la autoridad es el Vicepresidente de la Nación.
Juicio Político
es un procedimiento a través del cual el Congreso puede remover de sus cargos a determinados funcionarios por causas que están establecidas en la Constitución.
funcionario enjuiciables
Presidente de la Nación
Vicepresidente de la Nación
Jefe de Gabinete de Ministros
Ministros
Miembros de la Corte Suprema de Justicia.
su finalidad es separar al funcionario del cargo para que quede libre de privilegios (inmunidad de funciones e inmunidad de jurisdicción penal)
la intervención se da por
Cámara de Diputados
acusa
Cámara de Senadores
juzga
las causales pueden ser
mal desempeño de sus funciones
cometer un delito en el ejercicio de sus funciones
crímenes comunes
Atribuciones
sanción de leyes
etapas
iniciativa
puede realizarlo el Congreso, el Poder Ejecutivo o los ciudadanos a través del derecho a iniciativa popular.
constitutiva
sanción de la ley, a través de los mecanismos y procedimientos que se encuentran en los arts. 77 a 84 de la CN, Se lleva a cabo por el Congreso.
eficacia
promulgación y publicación de la ley en el Boletín Oficial. Es llevado a cabo por el el Poder Ejecutivo.
el procedimiento
cualquier miembro del Congreso, Poder Ejecutivo o ciudadano puede presentar un proyecto de ley al Congreso (Cámara de origen). Si esta lo sanciona tiene media sanción
una vez que es aprobado por la Cámara de Origen pasa a la Cámara Revisora, si esta lo aprueba, el proyecto de ley esta sancionado y pasa al Poder Ejecutivo.
el Poder Ejecutivo puede
promulgar la ley en forma expresa
promulgar la ley en forma tácita
vetar el proyecto entero o en parte
se inicia en la Cámara de Diputados
los proyectos de leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas (art. 52)
proyectos presentados por los ciudadanos a través de la iniciativa popular (art. 39)
proyectos que el Congreso somete a consulta popular (art. 40)
se inicia en la Cámara de Senadores
ley de coparticipación federal
leyes de contenido demográfico tendientes a lograr crecimiento y desarrollo equilibrado de todo el país (art. 75 inc. 19)
clases de leyes que dicta el Congreso
Normas de Derecho Común
Normas Federales
Normas Locales
Delegación legislativa
requisitos
que traten temas relacionados con la Administración o la Emergencia pública, y que esa delegación sea por un tiempo determinado y según las pautas que establezca el Congreso de la Nación.
prohibiciones
La delegación no puede recaer sobre materias como penal, tributaria, electoral, etc. Y tampoco puede delegar por un tiempo indeterminado ni el Poder Ejecutivo exceder las pautas establecidas por el Congreso.
incluidas en el art. 75
Códigos de fondo (inc. 12)
Sistema comercial (inc. 13)
Navegación y Puertos (inc. 10)
Fijación de Límites (inc. 15)
Desarrollo y Progreso (incs. 18 y 19)
Creación de Tribunales (inc. 20)
Relaciones Internacionales (incs. 22 y 24)
Poderes Militares (incs. 25 a 28)
Aceptación de renuncias del Presidente y Vicepresidente (inc. 21)
Estado de Sitio (inc. 29)
Legislar en lo relativo al correo marítimo, fluvial, aéreo, terrestre o cualquier otra forma de transmisión de correspondencia (inc. 14)
Amnistías generales (inc. 20)
Atribuciones económicas y financieras
Poderes implícitos
no incluidas en el art. 75
la declaración de necesidad de Reforma de la Constitución (art. 30)
Determinación de la Capital Federal (art. 3)
Calificación de "utilidad pública" en la expropiación (art. 17)
Remuneración de legisladores, presidente, vicepresidente y jueces (arts. 74, 92 y 110)
Recepción del juramento del Presidente y Vicepresidente (art. 93)
SESIONES
para llevar a cabo su trabajo, cada una de las Cámaras se reúne de forma periódica. Las sesiones deben ser de forma pública)
clases de sesiones
Preparatorias
Ordinarias
Extraordinarias
De prórroga
convocacción
cada Cámara se auto convoca el 1 de marzo.
el Presidente de la Nación es quien realiza anualmente la apertura de las sesiones a través de solemne inauguración del período ordinario y convoca las sesiones extraordinarias.
el Quórum
es la cantidad de miembros presentes que se necesita para que cada Cámara pueda dar comienzo a sus sesiones en forma válida.
clases
Quórum normal
más de la mitad de los miembros de la Cámara
Quórum agravado
Quórum 2/3 o 3/4 miembros
Comisiones
Son pequeños grupos de legisladores que funciones dentro de cada Cámara, y que cumplen diferentes funciones. Son creadas a través de reglamentos internos.
Incompatibilidades, cargos que no pueden ejercer los miembros del Congreso:
Empleo o comisión del Poder Ejecutivo
Eclesiásticos regulares
Gobernadores de provincias
Magistradores de Poder Judicial
Inmunidades y privilegios
pueden dividirse en 2 grupos
privilegios personales
Inmunidad de expresión
Inmunidad de arresto
Desafuero
Privilegios colectivos
Juicio de las elecciones
Reglamentación interna
Poder disciplinario
Interpelación
Remuneración
dieta
remuneración de los legisladores, fijado por el Congreso
PODER EJECUTIVO
Órgano del Estado encargado de llevar a cabo la administración general del país
opiniones
minoría
es un órgano colegiado
Presidente
Jefe de Gabinete
Ministros
mayoría
es un órgano unipersonal
se basan en el art. 87 CN
Establece que "El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado por un ciudadano con el título de Presidente de la Nación".
Características
lo ejerce el Presidente de la República, quien desempeña en forma simultánea los cargos de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno.
Ni los Ministros ni el Vicepresidente integran el Poder Ejecutivo.
Presidente y Vicepresidente
Duración y reelección
4 años
ambos pueden ser reelectos por otro período.
sueldo
los sueldos del Presidente y Vicepresidente son:
Fijados por una Ley en el Congreso
Pagados por el Tesoro Nacional
No pueden ser alterados
Incompatibilidades durante su cargo
El Presidente y Vicepresidente no pueden tener otro empleo
Juramento (art. 93)
Figura del vicepresidente
El Vicepresidente no forma parte del Poder Ejecutivo. Solo tendrá atribuciones dentro del Poder Ejecutivo en caso de ausencia, enfermedad, muerte, renuncia o destitución del Presidente.
Se encuentra dentro del Poder Legislativo, ya que desempeña el cargo de Presidente del Senado.
Distribución funcional del Poder
Presidencialismo
El Poder Ejecutivo es unipersonal
El Presidente y Vice son elegidos directamente por el pueblo
El Presidente, el Vice y los Ministros no pueden ser removidos de sus mandatos, salvo que sean sometidos a juicio político.
Parlamentarismo
El Poder Ejecutivo es colegiado
Presidente o Rey
Consejo de Ministros
El Primer Ministro es nombrado formalmente por el Jefe de Estado, quien debe proclamar al líder del partido con mayor número de miembros en el Parlamento.
El Consejo de Ministros (incluido el Primer Ministro) puede ser removido por el Parlamento a través de la "moción de censura".
El sistema en Argentina es:
Presidencialista y unipersonal
Acefalía
es la situación que se produce cuando falta el titular del Poder Ejecutivo, es decir el Presidente. Si el Presidente no puede ejercer el cargo, este será ejercido por el Vicepresidente (art. 88)
CLASES
Parcial
solo falta el Presidente
se reemplaza con el vice
Total
Faltan el Presidente y Vicepresidente
en este caso el Congreso determinará que funcionario público ha de desempeñar la Presidencia(art. 88) en ese caso será desempeñado transitoriamente por
el presidente provisorio del Senado
el presidente de la Cámara de Diputados
el presidente de la Corte Suprema de Justicia.
ausencia definitiva
quien haya ocupado el cargo debe ejercerlo hasta que el Congreso reunido en Asamblea elija un nuevo Presidente dentro de las 48hs, debe ser un diputadom, un senador o un gobernador de provincia.
designación (art. 2 LEY 25.716)
Causales
Transitorias
ausencia por viaje, enfermedad o inhabilidad
asume de forma provisoria el Vice
Permanentes
muerte, destitución, renuncia o inhabilidad permanente.
el vice asume también el cargo hasta que concluya el período de 4 años y haya elecciones.
Requisitos para ser Presidente
Haber nacido en Argentina o ser hijo de ciudadano nativo.
Tener 30 años de edad
Tener 6 años de ciudadanía en ejercicio
Tener una renta anual de 2000 pesos fuertes
ELECCIONES
directas
Sistema de doble vuelta o "ballotage"
Art. 94. El Presidente y el Vicepresidente de la Nación serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta, según lo establece está Constitución. A este fin el Territorio Nacional conformará un distrito único.
Consiste en volver a hacer la votación pero esta vez solamente entre los 2 candidatos más votados en la primera vuelta.
ventajas
Logra que el candidato electo cuente con una mayor legitimidad, ya que accederá al cargo con un porcentaje de votos mucho mayor que el que obtuvo en la primera vuelta
Logra que reduzca la cantidad de partidos políticos, y que solo los más solidos y con ideologías bien marcadas puedan llegar a la segunda vuelta
casos donde no es necesaria la segunda vuelta
Cuando la primera votación una de las fórmulas obtenga más del 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos
(art. 97).
Cuando en la primera votación una de las fórmulas obtenga por lo menos el 40% de los votos afirmativos válidamente emitidos y siempre que exista una diferencia de más de 10 puntos sobre los votos que obtuvo la fórmula que salió en segundo lugar (art. 98).
votods afirmativos válidamente emitidos
Favorecen a alguna de las fórmulas y son los únicos que deben ser computados.
Votos nulos o votos en blanco no deben ser computados
¿En qué momento se realiza la elección?
art. 95
debe realizarse 2 meses antes de que termine su mandato el Presidente en ejercicio.
¿En qué momento se realiza la segunda vuelta si fuera necesaria?
art. 96
debe llevarse a cabo dentro de los 30 días de realizada la primera elección.
¿Qué sucede si antes de relizarse la segunda vuelta una de las fórmulas renuncia?
Será proclamada electa la otra fórmula.
P. A. S. O:
Primarias
porque es la primera etapa del proceso de elección, luego se efectúan las elecciones generales, y luego el ballotage o segunda vuelta si es necesario.
Abiertas
porque todos los ciudadanos participan de la selección de candidato, estén o no afiliados a un partido político.
Simultáneas
porque se celebran un mismo día en todo el país, un mismo acto electoral.
Obligatorias
son obligatorias para todos los ciudadanos
excepto casos puntuales
menores de 18 años
Edad avanzada
Distancia de más de 500km
¿Quiénes pueden votar en las nacionales?
argentinos nativos y por opción desde los 16 años
argentinos naturalizados desde los 18 años
siempre que figuren el padrón electoral y exhiban documento habilitante.
argentinos en el exterior que se hayan inscriptos.
procesados que se encuentran cumpliendo prensión preventiva
¿Quiénes están excluidos del padrón electoral?
los dementes declarados tales en juicio.
los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad
los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos.
Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción.
Los declarados rebeldes en causa penal
ATRIBUCIONES art. 99
alcance general
Inc. 2
Inc. 3
Inc. 8
Inc. 9
Inc. 4
Inc. 7
Inc. 19
Inc. 6
Inc. 10
Inc. 12
Inc. 15
Inc. 11
Inc. 5
Inc. 16
Inc. 20
Inc. 1
Jefatura presidencial
Inc. 1
Inc. 12
Reglamentos administrativos
un acto unilateral emitido por el Poder Ejecutivo, que crea normas jurídicas generales y obligatorias, mediante una habilitación expresa de la Constitución.
Participación en el proceso legislativo
Etapa de eficacia
Promulgación y publicación de la Ley en el Boletín Oficial.
Nombramientos
art. 99
le otorga al Presidente la facultad de nombrar y remover de sus cargos a ciertos funcionarios y agentes del Estado.
Casos en que necesita acuerdo con el Senado
Designación a miembros de la Corte Suprema
Designación de los demás jueces de Tribunales federales inferiores
la remoción de estos jueces solo puede ser llevada a cabo por el jurado de enjuiciamiento
Designación y remoción de los diplomáticos
Designación de los oficiales de las Fuerzas Armadas
Casos en que no necesita acuerdo con el Senado
Designación y remoción de los Ministros del Poder Ejecutivo
Designación y remoción de otros agentes y empleados públicos
Nombramientos "en comisión"
cuando el Congreso está en receso, el Presidente está facultado para nombrar en comisión
luego del receso
el Senado puede rechazar expresamente el nombramiento, el funcionario cesa inmediata en su cargo
si el Senado no deniega el nombramiento, éste finaliza al término de las sesiones ordinarias
si el Senado aprueba el nombramiento, éste queda perfeccionado
Relación con el Congreso
Apertura de las sesiones
Prórroga de las sesiones ordinarias y Convocatoria a extraordinarias
Ausencia del Presidente
Renuncia del Presidente
Indulto y conmutación de penas
el art. 99 inc. 5 le otorga al Presidente de la Nación la facultad de indultar y de conmutar penas.
Idulto
es un perdón absoluto, ya que elimina la pena en su totalidad
otorgado a una persona que ha sido condenada por una sentencia firme
Conmutación de penas
es un perdón parcial, ya que no elimina la pena en su totalidad
es el cambio de una penaa mayor por una menor, es decir que reduce el monto de la sanción.
requisitos para que procedan el indulto o la conmutación
debe existir una sentencia firme y definitiva que condene a la persona
debe tratarse de un delito sujeto a la jurisdicción federal
debe haber un informe previo
Relaciones internacionales
el Presidente como Jefe de Estado, representa al país en el ámbito internacional.
encargado de conducir las relaciones con los demás países y organismos internacionales.
es quien debe recibir a los Ministros, enviados oficiales y cónsules de otros países.
tiene a su cargo la negociación y ratificación.
Poderes Militares
el Presidente es el Jefe de todas las Fuerzas Armadas y por ello cuenta con las siguientes atribuciones:
Dispone de las Fuerzas Armadas y puede organizarlas y distribuirlas según las necesidades de la Nación.
Designa y nombran a quienes ocupan los empleos militares.
Declara la guerra y ordena represalias contra otros Estados, con autorización y aprobación del Congreso.
Estado de Sitio
Ataque exterior
Conmoción interior
Poderes financieros
el Presidente tiene la facultad de supervisar el trabajo que realice el Jefe de Gabinete en cuanto a hacer recaudar las rentas y hacer ejecutar la ley de presupuesto.
Órganos dependientes del Poder Ejecutivo
Jefe de Gabinete
Art. 100
Art. 101
Ministerios
colaboración con el Poder Ejecutivo
Refrendan y legalizan los actos del Presidente.
Participación de las Reuniones de Gabinete
competencia ministerial
art. 103 establece que los ministros no pueden tomar resoluciones, si pueden hacerlo con respecto al régimen económico y administrativo de su propio departamento.
responsabilidad de los ministros
art. 102 establece que los ministros son responsables por los actos del Presidente que ellos mismos autorizan.
Nombramiento y remoción
los Ministros y el Jefe de Gabinete son designados y removidos por el Presidente de la Nación, sin autorización de ningún otro órgano.
pueden ser removidos a través del Juicio Político.
Incompatibilidades
Los Ministros no pueden ser senadores ni diputados (art. 105) Esta incompatibilidad tiene como objetivo no afectar el principio de división de poderes.
Sueldo
el sueldo de los Ministros se fija por ley, según la jerarquía del cargo (art. 107)
Relación con el Congreso
Interpelación
Informe de los ministros
Intervención en las sesiones
Ley de Ministerios
Art. 100 CN
establece que el número de Ministros y sus respectivas competencias deben ser establecidas por una ley especial.
Ley 26.338
ART. 1°
"El Jefe de Gabinete de Ministros y ONCE (11) Ministros Secretarios tendrán su cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministros serán los siguientes:
Del Interior.
De Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
De Defensa.
De Economía y Producción.
De Planificación Federal. Inversión Pública y Servicios.
De Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
De Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
De Desarrollo Social.
De Salud.
De Educación.
De Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva."
PODER JUDICIAL
es el conjunto de órganos encargao de llevar a cabo la "administración de justicia" o "función jurisdiccional"
integrado por
La Corte Suprema de Justicia
Los demás jueces y tribunales de diferentes instancias
El Consejo de la Magistratura
El Jurado de Enjuiciamiento
Independencia del Poder Judicial
es independiente de los otros 2 poderes
2 pautas básicas para lograr la independencia
Inmovilidad de los jueces
los jueces conservan su empleo mientras dure su buena conducta.
no podrán ser cambiados ni removidos de sede o grado.
Intangibilidad de las remuneraciones
el sueldo de los jueces no puede ser disminuido.
Incompatibilidades de los jueces
tienen prohibido ocupar ciertos cargos y realizar determinadas tareas.
decreto-ley 1285/58 establece que los jueces no pueden
realizar actividades políticas (si pueden votar)
ejercer el comercio dentro del territorio donde ejercen jurisdicción
ejercer la profesión de abogados
desempeñar empleos públicos ni privados
practicar juegos de azar
formar parte de un tribunal colegiado integrado por algún pariente.
Estructura
Corte Suprema
Cabeza del Poder Judicial
Composición de la Corte
número de jueces en la Corte
5 jueces
uno de los jueces cumple el rol de Presidente de la Corte Suprema.
adquiere importancia en las siguientes situaciones:
en caso de juicio político al Presidente de la Nación, el Senado es presidido por el Presidente de la Corte.
En caso de acefalía total del Poder Ejecutivo.
En caso de que ingrese un nuevo miembro a la Corte, debe presentar juramento ante el Presidente de la Corte.
¿quién designa al Presidente de la Corte?
los mismos miembros de la Corte lo designan.
¿Ante quién debe presentar su renuncia?
ante la misma Corte.
Requisitos para ser miembro
ser abogado argentino y haber ejercido la profesión 8 años
reunir los mismos requisitos de un Senador
tener 30 años de edad
ser argentino (nativo o naturalizado)
6 años de ciudadanía en ejercicio
renta anual de $2000
Designación de los miembros
a cargo del Presidente de la Nación
necesita el acuerdo del 2/3 de miembros presentes del Senado.
Remoción de los miembros
solo es posible a través del Juicio Político
Tribunales inferiores
son todos los juzgados y tribunales federales, excepto la Corte Suprema de Justicia
creación
son creados y establecidos por el Congreso
Requisitos
Juez de primera instancia
Ciudadano argentino
Abogado con título de una universidad nacional
tener 4 años de antigüedad como abogado
25 años de edad.
Juez de una Cámara de Apelaciones
ciudadano argentino
tener título de abogado con valídez nacional
6 años de ejercicio de abogacía o de función judicial que requiera ese título
30 años de edad.
Nombramiento
se deben seguir ciertos pasos:
El Consejo de la Magistratura realiza una pre-selección de varios candidatos a través de un concurso público.
Se elige 3 candidatos y eleva la propuesta del Poder Ejecutivo.
Para que sea nombrado el candidato elegido por el Poder Ejecutivo se necesita la aprobación del Senado
Una vez que el Senado lo apruebe se produce el nombramiento del nuevo juez
Remoción
llevado a cabo por un Jurado de enjuiciamiento
conformado por
2 jueces
4 legisladores
1 abogado de matrícula federal
Jurado de enjuiciamiento
es un órgano cuya función consiste en juzgar a los jueces inferiores de la Nación, para removerlos de sus cartos.
Composición
2 jueces
4 legisladores
1 abogado de la matrícula federal
deberán suspender su matrícula federal por el tiempo que dure el desempeño.
estarán sujetos a las incompatibilidades que rigen para los jueces mientras que dure su desempeño.
duración
permanecen en sus cargos mientras se encuentren en trámite los juzgamientos de los magistrados que les hayan sido encomendados y solo en relación a éstos.
remoción
cualquier miembro puede ser removido con el voto de 3/4 partes de los miembros totales del cuerpo.
procedimiento
el Consejo de la Magistratura abre el procedimiento acusando al juez que pretende remover.
Se le dan 10 días al juez acusado para que ejerza su defensa
Durante los 30 días siguientes se presentan las pruebas.
Una vez presentadas las pruebas, el Jurado de Enjuiciamiento debe decidir si destituye al juez o no. Tiene 20 días para emitir su pronunciamiento
para poder remover al juez, el jurado necesita el voto de 2/3 de sus miembros.
Efectos del pronunciamiento
la decisión del Jurado de Enjuiciamiento en contra del juez solo produce su remoción.
Para ser juzgado civil o penalmente por los hechos ilícitos cometidos debe ser sometido a los tribunales ordinarios.
Irrecurribilidad del pronunciamiento
art. 115 establece que la decisión del jurado es irrecurrible.
sin embargo, el juez destituido podrá pedir el recurso extraordinario ante la Corte en el caso de que se haya violado su derecho de defensa en juicio o el debido proceso.
Plazo de caducidad
A partir del momento en que el Consejo de la Magistratura abre el procedimiento, el Jurado de Enjuiciamiento tiene 180 días para emitir su pronunciamiento.
este sistema solo sde aplica para destituir jueces de los tribunales inferiores.
Consejo de la Magistratura
atribuciones
Seleccionar a los candidatos a cargos de jueces inferiores.
Administrar los recursos del Poder Judicial a través del dictado de reglamentos económicos, y ejecutar su presupuesto.
Ejercer facultades disciplinarias sobre los jueces.
Decidir la apertura del procedimiento para remover a los jueces, formulando la acusación correspondiente.
Dictar los reglamentos sobre la organización judicial de los jueces inferiores.
Dictar los reglamentos necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la efectiva administración de la justicia.
composición
integrado por 13 miembros
3 jueces del Poder Judicial de la Nación.
6 Legisladores
4 diputados
4 senadores
2 abogados de la matrícula federal
1 representante del Poder Ejecutivo
1 representante del ámbito científico y académico
funciones
asegurar la independencia del Poder Judicial
garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia
promover el óptimo nivel de sus integrantes y lograr la satisfacción de las demandas sociales sobre la función jurisdiccional del Estado.
la duración de los miembros es de 4 años
Atribuciones
Administración de Justicia
Derecho a lo jurisdicción
Juez natural
Causa
Acción
Sentencia
requisitos
Imparcial
Justa
Motivada
Fundamentada
No debe ser arbitraria
No debe caer en el "exceso ritual manifiesto"
Atribuciones cuasi-lesgislativas
son actos con similitud a la función legislativa.
fallos plenarios
Atribuciones administrativas
art. 113
la Corte Suprema de Justicia tiene la facultad de dictar reglamentos internos.
La Justicia Ordinaria (Jurisdicción Ordinaria)
tribunales provinciales
Los Tribunales Provinciales no
forman parte del Poder Judicial
de la Nación.
Pertenecen al poder judicial de la
respectiva provincia
Justicia en la Capital Federal
Buenos Aires como Capital Federal coexisten 3 tipos de justicia (art. 8)
Justicia Federal
se ocupa de las causas previstas en el art. 116 y 117
Justicia Nacional Ordinaria
se ocupa de típicos casos de jurisdicción ordinaria.
Justicia Local
se ocupa de los asuntos de
vecinidad
contravencional y de faltas
contencioso-administrativo
tributario local
tenencia
portación de armas de uso civil y su suministro a quien no fuera legítimo usuario.
Buenos Aires si dejara de ser Capital Federal coexistirían 2 tipos de justicia
Justicia Federal
es de excepción
es privativa
es restrictiva
es improrrogable (en relación a la materia)
en razón de las personas es
prorrogable.
Las partes no pueden pactar
de común acuerdo la
jurisdicción federal
Es caso de que lo hagan, esto
será inaplicable.
Justicia Local u ordinaria
se ocuparía de todos los casos de jurisdicción ordinaria.
Derecho Procesal Civil
Institutos del proceso civil
la acción
Derecho subjetivo constitucional
la legitimación
condición necesaria para ejercer la acción
Jurisdicción
debe decir o declarar el derecho
es el poder deber del Estado que a través de su soberanía y por medio de un órgano (Poder Judicial) es el que resuelve o dirime los conflictos suscitados entre las partes.
se encuentra en el art. 18 CN
el único que puede dictar una sentencia es el juez
diferentes puntos de vista
Legislativo
El Poder Legislativo es quien realiza la actividad
Juicio Político
Administrativo
Es llevado a cabo por el Poder Ejecutivo a través de tribunales administrativos.
Judicial
El Poder Judicial es quien ejerce la jurisdicción
diferentes clasificaciones
Nacional
ejercita en nombre de la Nación
se extiende a lo largo del territorio de la República Argentina
Provincial
actividad jurisdiccional que es ejercida en el territorio local
Nacional o Provincial propia
en este caso el juez es competente
Nacional o Provincial delegada
el juez realiza un acto en una causa que es encomendada por otro juez.
las competencias
Jurisdicción ordinaria
art. 75 inc. 12
Código Civil
Código Penal
Código Comercial
Código de Minería
Código de Trabajo y Seguridad Social
asuntos de competencia federal
no integran el Poder Judicial de la Nación.
Jurisdicción federal
Art. 116
causas que versen sobre puntos regidos por la CN
Causas que versen sobre puntos regidos por Leyes Nacionales
Causas que versen sobre puntos regidos por Tratados Internacionales
Causas concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros.
Causas de almirantazgo y jurisdicción marítima
Asuntos que la Nación sea parte.
Causas que susciten entre dos o más provincias; entre una provincia y los vecinos de otra; entre los vecinos de diferentes provincias; y entre una provincia o sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero.
Art. 117
Competencias originarias de la Corte Suprema
Todos los asuntos concernientes a embajadores, ministros públicos y cónsules extranjeros.
asuntos en el que alguna provincia fuese parte, la ejercerá originaria y exclusivamente
Competencias apeladas por la Corte Suprema
Recurso extraordinario federal
Recurso de apelación ordinaria
Divisiones
Contenciosa
aquellos procesos en los que existe conflictos
el juez determina la resolución con una sentencia
Voluntaria
no existe controversia
el juez debe dar autenticidad a un determinado acto
Administrativa
el Estado actua como persona de derecho público
órganos relacionados con la función jurisdiccional
MINISTERIO PÚBLICO
sus características son:
órgano independiente
tiene autonomía funcional
autarquía financiera
función principal
promover la actuación del Poder Judicial
compuesta por:
procurador General de la Nación
Defensor General de la Nación
miembros que surgen del concurso público
Garantías
inmunidad funcional
intangibilidad de sueldos
remoción: juicio político
designación
designados por el Poder Ejecutivo con el acuerdo de 2/3 partes del Senado
requisitos
ciudadano argentino
abogado con 8 años de antigüedad
30 años
su estructura
Ministerio Publico Fiscal
Ministerio Público de Defensa
Ministerio Fiscal
integrado por el procurador general
fiscal general
fiscal de cámara
agentes de fiscales
Atribuciones
Promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad
representar y defender el interés público
promover y ejercer la acción pública en las causas penales
intervenir en los procesos relativos al estado civil
promover causas referidad a la protección de las personas incapaces, menores, inhabilitados.
Velar por
la observancia de la CN y las leyes de la República
El efectivo cumplimiento del debido proceso legal
la defensa de los DD.HH
Tribunales administrativos
órganos dependientes del Poder Ejecutivo que se encargan de resolver controversias entre particulares y la Administración.
aunque tienen una función jurisdiccional, no forman parte del Poder Judicial y son dependientes del Poder Ejecutivo.
juicio por jurados
consiste en que un cuerpo popular de su veredicto durante el juzgamiento de ciertos delitos
art. 24 CN dispone que el Congreso es el encargado de establecer el juicio por jurados
En Argentina no existe una ley que reglamente a nivel nacional, a pesar de que está contemplado en la Constitución Nacional desde 1853 en el artículo 24, algunas provincias lo han reglamentado a través de su legislación provincial (pero no todas).
competencia
es la facultad o virtud que la ley otorga a los jueces (primera instancia) o a los tribunales (segunda instancia) para entender en distintas etapas o cosas de un mismo proceso
etapas
GRADO
TERRITORIO
VALOR
MATERIA
PROCESO
CONJUNTO DE ACTOS CIVILES Y PROCESALES QUE DICEN UN ORDEN LÓGICO Y SISTEMÁTICO HASTA CULMINAR LA SENTENCIA
1- DEMANDA
2- NOTIFICACIÓN
3- CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
4- PROBATORIA
5- SENTENCIA
CLASIFICACIÓN
UNIVERSALES
SINGULARES
Órganos de control "extrapoderes"
Auditoria General de la Nación
son organismos que tienen la finalidad de controlar a la Administración Pública
Funciones
Elabora dictámenes relacionados con el aspecto económico, financiero y operativo del sector público nacional.
Controla la legalidad y la gestión de la actividad de toda la Administración pública.
Participa en la aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos.
Tiene la facultad de dictaminar sobre los estados contables-financieros de los entes privados adjudicatorios se servicios privatizados.
Composición
3 auditores generales elegidos por la Cámara de Diputados.
3 auditores generales elegidos por la Cámara de Senadores.
El Presidente de la Auditoria elegido por el partido político opositor que tenga más legisladores en el Congreso.
Su duración es de 8 años y pueden ser reelectos.
Fue creada por la Ley 24.156 en el año 1992
en 1994 fue incorporado a la CN a través del art.85
Defensor del Pueblo
es un órgano independiente y con autonomía funcional, cuyo objetivo es defender y proteger los derechos de la sociedad ante hechos, actos u omisiones de la Administración.
Características
Independiente
tiene autonomía funcional
tiene los mismos privilegios e inmunidades que los legisladores
Funciones
defender a la sociedad
controlar y evitar la corrupción
Forma de actuar
recibe las denuncias y las investiga
avisa a la sociedad en forma pública y masiva cualquier irregularidad que haya detectado.
Legitimación procesal
Está autorizado para estar en juicio y promover acciones con el fin de cumplir sus funciones.
Puede iniciar la acción de amparo para defender los derechos del medio ambiente (art. 41) y del consumidor (art. 42).
Designación y remoción
es nombrado y removido por el Congreso y se necesita para ello el voto de 2/3 de los miembros presentes de cada Cámara
Goza de las inmunidades y privilegios de los legisladores
Requisitos
Ser argentino nativo o por opción.
Tener como mínimo 30 años.
No ejercer cargos electivos, políticos o judiciales.
No realizar actividades políticas o sindicales.
su duración es de 5 años y solo pueden ser reelectos una vez
Otras denominaciones
Ombudsman
persona que da trámite
Abogado del Pueblo
fue creado por la Ley 24.284 en el año 1993.
En 1994, fue incorporado a la CN en el art. 86.
TÍTULO SEGUNDO
ART. 121-129
GOBIERNOS PROVINCIALES
para que la ley adquiera publicidad y obligatoriedad debe ser publicada en el Boletín Oficial.
colegiativas
participación en la formación de las leyes
poder reglamentario
nombramiento y remoción de funcionarios
jubilaciones y pensiones
poderes financieros
poderes militares
representación ante la comunidad internacional
poderes excepcionales
responsable político de la administración general del país
son 4 las jefaturas
Jefe de Gobierno
Jefe de la Administración General del país
Jefe de Estado
Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas
Clases
de ejecución
autónomos
delegados
de necesidad y urgencia
puede ser sometido a Control Judicial, para que un juez determine si se cumplen todos los requisitos de validez.
intervienen el
Consejo de la Magistratura
Presidente de la Nación
Senado
etapas de celebración de un Tratado
Negociación y firma
Aprobación, rechazo o desaprobación parcial del Tratado..
Ratificación en sede internacional.
Atribuciones
Ejercer la Administración General del País
Expedir los actos y reglamentos necesarios para poder cumplir con sus atribuciones.
Realizar nombramientos de los empleados de la Administración salvo los que correspondan al Presidente.
Ejercer las funciones que le delegue el Presidente.
Resolver aquellas cuestiones que le indique el Poder Ejecutivo.
Resolver aquellas cuestiones que considere necesarias e importantes referidas a su ámbito de competencia.
Coordinar, preparar y convocar las reuniones de Gabinete de Ministros, y presidirlas en caso de ausencia del Presidente.
Enviar al Congreso los proyectos de Ley de Ministerios y Presupuesto Nacional.
Hacer recaudar las rentas de la Nación.
Ejecutar la Ley de Presupuesto Nacional.
Refrendar diversos decretos del Poder Ejecutivo.
Elevar la Comisión Bicameral Permanente.
Presentar ante el Congreso, junto a los demás ministros, un resumen detallado del estado de la Nación en lo relativo a negocios de los respectivos departamentos.
Producir informes y explicaciones
Concurrir al Congreso al menos una vez por mes para informar la marcha del Gobierno.
pueden ser removidos por:
mal desempeño
por delito en el ejercicio de sus funciones
por crímens comunes
Desconocimiento inexcusable del
derecho
Incumplimiento reiterado de la
Constitución Nacional, normas
legales o reglamentarias
Negligencia grave en el ejercicio
de su cargo
Realización de actos de manifiesta
arbitrariedad en sus funciones
Graves desórdenes de conducta
personales
Abandono de sus funciones
Aplicación reiterada de sanciones
disciplinarias
Incapacidad física o psíquica
sobreviniente para ejercer el
cargo
resuelto en sesión pública
presidencia del jurado elegida a través de la votación de los 7 miembros
son revisibles ante tribunales judiciales
son revisibles ante tribunales judiciales
según las características, pueden intervenir:
Corte Suprema
Tribunales Inferiores
art. 120 CN
ETAPA INICIAL
ETAPA PROCESAL
ETAPA FINAL