Distinción de faltas administrativas para su probable sanción
Conceptualización y tipología de normatividad y faltas administrativas aplicables al equipo de cómputo.
Acceso no Autorizado a sistemas de información.
Acceso no autorizado a equipo de cómputo.
Acceso no autorizado a equipo de Telecomunicaciones.
Robo de Equipo de cómputo y de Telecomunicaciones.
En acceder de manera indebida, sin autorización o contra derecho a un sistema de tratamiento de la información.
Fraude Informatico
Fuga de datos
Seguridad
Llave maestra
Pinchado de lineas
Sabotaje informatico
Reglamentos de medidas de seguridad
Para evitar posibles virus informáticos, es aconsejable escanear las memorias USB antes de usar los archivos que contengan con un programa antivirus
Artículo 211 define y sanciona lo ilícito al sistema
Se establece una pena de entre tres meses y un año de prisión
Sin autorización acceda, modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos
Un año de prisión y de cien a ciento cincuenta días de multa
La pena se incrementa en dos terceras partes, en caso de que la penetración impida el uso o acceso del sistema afectado.
Se buscan ciertas herramientas para proteger los datos
Artículo 202 Del Código Penal Ecuatoriano
Cualquier medio electrónico, informático o a fin, de violentar claves o sistemas de seguridad
6 meses a 1 año de prisión y multa de quinientos a mil dólares
El segundo Inciso del mismo Cuerpo Legal, considera una figura agravada.
De 1 a 3 años de prisión y multa de mil a mil quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica
Si la información obtenida se refiere a la seguridad nacional o secretos comerciales o industriales
Acceso indebido a un equipo de cómputo es la entrada a los documentos privados en cualquier ordenador por medio del uso de programas.
Comunicación via satelite
Acceso de forma ilícita e incomoda
4 años o de mas puede variar tanto como su salario de igual manera su multa
Se puede decir que la mayoría de los delitos informáticos o de cuello blanco, afectan primordial mente un bien y no necesariamente o totalmente tangible.
Para la aplicación de la sanción, se dará por consumado el robo desde el momento en que el ladrón tiene en su poder la cosa robada; aún cuando la abandone o la desapoderen de ella
Artículo 367
Articulo 370
Cuando el valor de lo robado no exceda de cien veces el salario, se impondrá hasta dos años de prisión y multa hasta de cien veces el salario.
Cuando exceda de quinientas veces el salario, la sanción será de cuatro a diez años de prisión y multa de ciento ochenta hasta quinientas veces el salario.
También podrá aplicarse la prohibición de ir a lugar determinado o vigilancia de la autoridad.