EN EL CASO DE RECOBROS POR PARTE DE LAS ENTIDADES
PROMOTORAS DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, LOS
SOPORTES DE LAS FACTURAS POR PARTE DEL PRESTADOR DE
SERVICIOS SERÁN:
1. Medicamentos no POS autorizados por Comité técnico científico:
a. Factura o documento equivalente.
b. Detalle de cargos. En el caso de que la factura no lo detalle.
c. Comprobante de recibido del usuario, si se trata de medicamentos ambulatorios.
d. Fotocopia de la hoja de administración de medicamentos, si se trata de medicamentos hospitalarios.
e. Original de la orden y/o fórmula médica.
f. Recibo de pago compartido. No se requiere en caso de que a la entidad responsable del pago sólo se le facture el valor a pagar por ella.
g. Autorización del Comité Técnico Científico.
h. En el caso de medicamentos para pacientes hospitalizados cuando el prestador no haya recibido respuesta de la solicitud antes del egreso del paciente, debe anexar la copia de la solicitu
3. Cobros por accidentes de trabajo:
a. Soportes requeridos en función del tipo de servicio y modalidad de pago.
b. Informe patronal de accidente de trabajo (IPAT), o reporte del accidente por el trabajador o por quien lo represente.
2. Servicios ordenados por tutelas cuando se haya ordenado el
cumplimiento al prestador:
a. Soportes requeridos en función del tipo de servicio y modalidad de pago
b. Fotocopia del fallo de tutela