ESTRUCTURA DE LA LEY DE VÍCTIMAS

Reparación a las víctimas. Artículos 69 a 152.

Restitución del despojo de tierras.

Restitución de vivienda

Otras medidas de restitución

De la institucionalizad para la atención y reparación de víctimas. Artículos 153 a 180.

Registro único de reparación de víctimas, sistema nacional de atención y reparación integral de víctimas, plan nacional de atención y reparación integral de las víctimas , fondo de reparación de víctimas de la violencia y régimen disciplinario de los funcionarios públicos frente a las víctimas.

Protección integral a los niños, niñas y adolescentes victimas. Artículos 181 a 191.

Se refiere al deber del Estado de garantizar la participación de las víctimas en la complementación de la ley, a las mesas de participación de víctimas y de participación.

Disposiciones finales. Artículos 195 a 208

Se refiere a los extraditados, a las medidas de reparación y satisfacción; a las inscripciones fraudulentas de víctimas y al fraude en el registro de víctimas.

Ayuda humanitaria, atención y asistencia. Artículos 47 a 68.

Se refiere a la ayuda humanitaria y al censo de personas afectadas.

Se relaciona con la norma que debe ser aplicada a estos casos.

Medidas en materia de educación y salud,evaluación y control, inspección y vigilancia.

En la ley 1448 de 2011, en su articulo tres (3) se define como victima.

quien es considerado víctima

También son víctimas todas las personas que de una forma u otra tienen algún contacto con el conflicto armado derivado de la victima principal.

El Derecho Internacional Humanitario y las Normas Internacional de Derechos Humanos, son la entidades encargadas de garantizar los derechos a todas las victimas del conflicto.

Aquellas personas que individual o colectiva-mente sufrieron daños ocurridos a partir del 1° de Enero de 1985 ocurridos a causa del conflicto armado interno.

Derechos de las víctimas dentro de los procesos judiciales. Artículos 35 a 46.

La víctima
y/o su representante deberán ser informados de todos los aspectos jurídicos,
asistenciales, terapéuticos u otros relevantes relacionados con su caso, desde el inicio
de la actuación. El Ministerio publico deberá suministrar la siguiente información:

Las entidades u organizaciones a las que puede dirigirse para obtener asesoría y apoyo.

GARANTÍA DE COMUNICACIÓN A LAS VÍCTIMAS.

Llevar los procesos dentro de las actuaciones Penales o en los procesos de Marco de Justicia y paz.

Los servicios y garantías a que tiene derecho o que puede encontrar en las
distintas entidades y organizaciones.

AUDICIÓN Y PRESENTACIÓN DE PRUEBAS

La víctima tendrá derecho, siempre que lo solicite, a ser oída dentro de la actuación penal, a pedir pruebas y a suministrar los elementos probatorios que tenga en su poder

FORMAS DE RENDIR TESTIMONIOS

Testimonio por audio y vídeo, testimonio de modalidad especial y testimonio de personal autorizado por manifestación de la victima

El lugar, la forma, las autoridades y requisitos necesarios para presentar una denuncia.

ASISTENCIA JUDICIAL

La Defensoría del Pueblo prestará los servicios de orientación, asesoría y representación judicial a las víctimas a que se refiere la presente ley. Para tal efecto, el Defensor del Pueblo efectuará los ajustes o modificaciones que sean necesarios para adecuar su capacidad institucional en el cumplimiento de este mandato.

Las actuaciones subsiguientes a la denuncia y los derechos y mecanismos que como víctima puede utilizar en cada una de ellas. Las autoridades deben informar a las mujeres sobre derecho a no ser confrontadas con el agresor o sus agresores.

GASTO DE LAS VÍCTIMAS EN LOS PROCESOS JUDICIALES

Las víctimas respecto de las cuales se compruebe
de manera sumaria y expedita la falta de disponibilidad de recursos para cubrir los gastos en la actuación judicial, serán objeto de medidas tendientes a facilitar el acceso legítimo al proceso penal. De manera preferente y en atención a los recursos monetarios y no monetarios disponibles, podrán ser objeto de medidas tales como el acceso a audiencias a través de tele conferencias o cualquier otro medio tecnológico.