FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES^

FUERZAS ARMADAS

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Los miembros de las Fuerzas Armadas no deben hacer modificaciones en las armas y municiones cuya finalidad no sea a la que esté prevista, ya que el objetivo principal en un combate es el de debilitar y neutralizar al enemigo, por lo que resulta inútil y/o ilícito el sufrimiento innecesario de los combatientes que ya se encuentran fuera del combate o que hagan su muerte inevitable; los medios de combate se limitan de acuerdo con los CG I, II, III y IV y PA I y II.

EFECTO POTENCIAL

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Si las armas tienen un efecto potencialmente desequilibrante en cuanto a la proporción estratégica y presentan problemas de control y de expansión, entonces sus limitaciones son objeto de control y moderación.

EMPLEO DEL ARMAMENTO

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El DIH distingue en cuanto a la regulación de las condiciones de empleo del armamento y el establecimiento de prohibiciones específicas, entre armas convencionales y armas de destrucción masiva, en cuya categoría se comprenden las armas nucleares, biológicas y químicas. Se incluye también otro tipo o concepto de armas, producto de los avances tecnológicos, como las armas radiológicas o las llamadas armas no letales. Por su singularidad, haremos una especial referencia al arma nuclear.

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DIFERENCIA DE ARMAMENTO

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En ciertas situaciones de combate, es necesario diferenciar el armamento disponible, con la finalidad de saber cuáles son armas lícitas, ilícitas y/o restringidas.

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MÉTODOS DE COMBATE

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El DIH establece regulaciones sobre la forma y el procedimiento (métodos) de las acciones de combate, distinguiendo entre estos métodos los permitidos y losque prohíben o condicionan.

MÉTODOS PERMITIDOS

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Los métodos (procedimientos) de combate, permitidos y prohibidos por los Convenios de Ginebra y los Protocolos Adicionales, para lo cual el DIH, establece las siguientes regulaciones:

ESTRATAGEMAS

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Son los actos que tienen por objeto inducir a error a un adversario o hacerle cometer imprudencias, pero que no infringen ninguna norma de derecho aplicable a los conflictos armados ni son pérfidos.

GUERRA PSICOLÓGICA

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Es un conjunto planificado y coordinado de actividades de propaganda, cuya finalidad es influir en la opinión pública y en la actitud de la población civil y de los miembros de las Fuerzas Armadas. Estas actividades están destinadas a apoyar las operaciones militares en un conflicto armado y están permitidas como método de combate, con la finalidad a quebrantar la moral y disciplina del enemigo, como por ejemplo instigar a la deserción.

MÉTODOS PROHIBIDOS

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Los métodos (procedimientos) que son ilícitos y que se encuentran en contra del DIH y que constituyen infracciones y violaciones durante el desarrollo de los conflictos armados. Podemos citar la perfidia, empleo inadecuado de signos y señales, de emblemas y banderas, movimientos encubridores, guerra sin cuartel, técnicas de modificación ambiental, hambre y horror, uso de medios antidisturbios.

PERFIDIA

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Son actos que, apelando a la buena fe de un adversario, tienen la intención de traicionarlo y atacarlo.La “perfidia” consiste en cometer un acto hostil bajo la cobertura de una protección legal.Ejemplos de perfidia:a) Simular la intención de negociar bajo bandera de parlamento o de rendición.b) Simular una incapacitación por heridas o enfermedad.c) Simular el estatuto de persona civil, no combatiente.d) Simular que posee un estatuto de protección mediante el uso de signos, emblemas o uniformes de las Naciones Unidas o de Estados neutrales o de otros Estados que no sean partes en el conflicto.e) Empleo de signos y señales.

EMPLEO DE SIGNOS Y SEÑALES

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Los signos, señales y distintivos que están prohibidos de utilizar en forma distinta al que fueron creados son:a) Del servicio sanitario.b) De protección civil.c) El signo distintivo de los bienes culturales.d) De obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas.e) La bandera blanca (bandera de parlamento).f) De la Cruz Roja y equivalentes.

EMPLEO DE BANDERAS Y EMBLEMAS

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Está prohibido el empleo de las banderas, los emblemas o los uniformes de Estados neutrales (Art. 38.1 I PA).a) Movimientos encubridoresEstá prohibido mover establecimientos o medios de transporte sanitarios, personas civiles o prisioneros de guerra, o valerse de su presencia para poner ciertas zonas o ciertos objetivos militares a cubierto de acciones decombate.b) Guerra sin cuartelNo dar tregua ni descanso, ni darle un momento de tranquilidad al enemigo o adversario. Está prohibido ordenar o amenazar que no habrá supervivientes. (Art. 40 I PA).c) Técnicas de modificación ambientalEstán prohibidas las técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros hostiles que tengan efectos extensos, duraderos o graves, como medios para producir destrucciones, daños o perjuicios a otro Estado.d) Hambre y terrorEstá prohibido: Hacer padecer hambre a las personas, como método de guerra. Los actos o las amenazas de violencia cuya finalidad principal seaaterrorizar a la población civil.e) Uso de medios antidisturbiosEstá prohibido el uso de agentes de represión de disturbios como método deguerra.

MÉTODOS DE USO RESTRINGIDO

EMBLEMAS DE NACIONALIDAD
DE ESTADOS ENEMIGOS

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El empleo de las banderas, emblemas, insignias o uniformes militares del enemigo para entrar en acción de combate o para enmascarar, favorecer o impedir operaciones militares (Art. 39.2 I PA).

EMBLEMA DE NACIONES UNIDAS

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Queda prohibido el empleo del emblema distintivo de las Naciones Unidas, salvo en los casos en que esta organización lo autorice.

ATAQUES AL ENEMIGO FUERA DE COMBATE

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Está prohibido el ataque al enemigo que esté fuera de combate:a) Por estar en poder de una parte adversa.b) Porque exprese claramente su intención de rendirse.c) Porque esté inconsciente o incapacitado en cualquier forma a causa de heridas o enfermedad y sea, por consiguiente, incapaz de defenderse.Siempre que, en cualquiera de los tres casos anteriormente señalados, se abstenga de todo acto hostil y no trate de evadirse. De no hacerlo, la prohibición desaparece.

BIENES INDISPENSABLES PARA
LA SUPERVIVENCIA

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Destruir, atacar, sustraer o inutilizar algún bien que sea indispensable para la supervivencia de la población, como: artículos alimenticios, zonas agrícolas donde se producen cosechas, ganado, instalaciones y reservas de agua potable,obras de riego entre otras. Esta prohibición desaparece si la parte adversa utiliza estos bienes:a) Para la subsistencia de las Fuerzas Armadas.b) Como apoyo directo de una operación militar (en ningún caso la población civil debe quedar desprovista de víveres o verse obligada a desplazarse).

REPRESALIAS

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Son medidas excepcionales e ilícitas, a las que recurre un beligerante para obligar a su adversario a que respete el DIH en los conflictos armados. El DIH prohíbe específicamente las represalias contra las siguientes personas y bienes:a) Las personas y los bienes civiles (Art. 46 I CG, 52 y 53. I PA).b) Prisioneros de guerra (Art. 13 III CG).c) Heridos, enfermos y náufragos, así como las personas y los bienes especialmente protegidos (Arts. 46 I CG, 47 II CG, 20 I PA).d) Los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil (Art.55 I PA).e) El medio ambiente natural (Art. 55 I PA).f) Obras e instalaciones que contengan fuerzas peligrosas como presas, diques, centrales hidroeléctricas o nucleares (Art. 56 .4 I PA).g) Objetos culturales (arts. 52 y 53 I PA y 4 del Convenio protección de bienes culturales.