Impuesto a las ganancias(NIC 12)
¿Qué conforma el impuesto a las ganancias?
Impuesto Corriente
Es el impuesto a cargo que se genera en la declaración de renta.
Es el impuesto que se liquida o que hay que pagar por el periodo cubierto por los estados financieros a corte 31 de diciembre.
Se calcula sobre la ganancia fiscal o la renta liquida.
Impuesto Diferido
Surge por las diferencias que nacen entre los valores fiscales y los valores contables.
Permite reflejar en los estados financieros, las consecuencias fiscales futuras de los hechos económicos presentes.
Solo tiene incidencia en los libros de contabilidad o estados financieros que se presentan.
No afecta ninguna de las declaraciones de impuestos.
Tiene por objetivo aplicar el principio de asociación y de prudencia.
No se pueden subestimar los gastos y tampoco sobrestimar los ingresos
Reconocimiento
1.Identificar los activos y pasivos que se espera que afecten a las ganancias fiscales si se recuperasen o liquidasen por su importe en libros.
2.Calcular la base fiscal.
3.Calcular diferencias temporarias, perdidas fiscales no utilizadas y créditos fiscales no utilizados.
Diferencia temporaria puede surgir por:
Reconocimiento inicial
Medición inicial
Medición posterior
4.Reconocer los activos y pasivos diferidos que surjan de diferencias temporarias, perdidas fiscales no utilizadas, y créditos fiscales no utilizados.
Si aumenta a futuro el impuesto de renta
Pasivo por impuesto diferido
Son las cantidades de impuestos sobre las
ganancias a pagar en periodos futuros.
Si reduce a futuro el impuesto de renta
Activo por impuesto diferido
Son las cantidades de impuestos sobre las
ganancias a recuperar en periodos futuros.
5. Reconocer una corrección valorativa para los activos por impuestos diferidos, de modo que el importe neto iguale al importe máximo que es probable que se realice contra la ganancia
Objetivos
El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable de los impuestos que recaen sobre las ganancias o renta de las empresas.
Esta Norma también aborda el reconocimiento de activos por impuestos diferidos que aparecen ligados a pérdidas y créditos fiscales no utilizados, así como la presentación del impuesto a las ganancias en los estados financieros, incluyendo la información a revelar sobre los mismos.
Alcance
Esta Norma se aplicará en la contabilización del impuesto a las ganancias.
Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposición.
Definiciones
Ganancia Contable
Es la ganancia neta o la pérdida neta del periodo antes de
deducir el gasto por el impuesto a las ganancias.
Ganancia Fiscal
Es la ganancia (pérdida) de un periodo, calculada de acuerdo con las reglas establecidas por las autoridades fiscales sobre la que se pagan (recuperan) los impuestos a las ganancias.
Gasto (Ingreso)
Es el importe total que, por este concepto, se incluye al determinar la ganancia o pérdida neta del periodo, conteniendo tanto el impuesto corriente como el diferido.
Las diferencias temporarias
Son las que existen entre el importe en libros de
un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal.
Diferencia temporaria deducible
Es la que da lugar a cantidades deducibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal de ejercicios futuros cuando el importe en libros del activo o de la deuda sea recuperado o cancelado.
Diferencia temporaria imponible
Es la que da lugar a cantidades gravables al determinar la ganancia (pérdida) fiscal de ejercicios futuros cuando el importe en libros del activo o la deuda sea recuperado o cancelado.
Base fiscal de un activo
Es el importe que será deducible a efectos fiscales de
los beneficios económicos imponibles que, obtenga la entidad en el futuro,cuando recupere el importe en libros de dicho activo.
Base fiscal de un pasivo
Es igual a su importe en libros menos cualquier
importe que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en periodos futuros.