La importancia de las normas APA y los derechos de autor
La normas APA son estándares creados por la American Psychological Association, con el fin de unificar la forma de presentación de trabajos escritos a nivel internacional, diseñadas especialmente para proyectos de grado o cualquier tipo de documentos de investigación.
La importancia de concebir y establecer este tipo de escritura ha tenido que ver con colaborar a llevar un recuento más claro del tipo de materiales que se utilizaban en cada caso. Por ejemplo, si para realizar una investigación se recurría a textos y obras escritas previtamente, las normas APA establecen cómo citarlas en caso de necesitar copiar parte del texto pero también como citarlas en el momento de armar la bibliografía que podría ser consultada luego por los lectores de dicho trabajo.
-Garantizan una presentación clara y ordenada.
Permite a las personas que los consulte una fácil ubicación dentro del mismo.
-Son aceptados a nivel internacional.
-Actúan como una guía práctica para facilitar la lectura.
-Es útil en la preparación, y posterior presentación de documentos escritos.
Su función principal, es la de facilitar la creación y comprensión de documentos, libros, revistas, folletos, con carácter científico.
•El tamaño de letra, la citación de referencias y las puntuaciones y abreviaciones, fueron las que más se discutieron para formar el estilo de
las normas APA.
• Estas normas tuvieron una excelente aceptación, que luego de tantos años siguen vigentes y en la gran mayoría de países son empleadas.
• Las normas APA también cumplen con dos funciones muy importantes: apoyarse en la sustentación de consultas y la de respetar la autoría de las citaciones.
• De incurrir con lo anterior, se estaría cometiendo plagio intelectual.
Los derechos de autor son un derecho legal que otorga al creador de una obra original derechos exclusivos para usar, distribuir y beneficiarse de su trabajo. Dichos derechos entran en vigencia inmediatamente después de la publicación del trabajo, independientemente de si el autor decidió registrar el derecho de autor o si eligió no hacerlo.
Es importante diferenciar los diferentes tipos de protección de la propiedad intelectual, ya que además de los derechos de autor, existe, el de la propiedad industrial.
Todo lo referido a la propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente, ya sean inventos, obras artísticas y literarias, así como las imágenes y logotipos utilizados en el comercio.
A partir de esto, surgen dos categorías: los derechos de autor y la propiedad industrial.
En esta categoría están comprendidas todas las obras artísticas, las obras literarias, las películas, la música e incluso los diseños arquitectónicos. El registro de los derechos de autor por parte de los creadores de una obra, de cualquier índole, les otorga pleno dominio sobre su creación, permitiéndoles reproducir, distribuir y publicar en la manera en que crean más conveniente. De acuerdo a la legislación de cada país, puede variar su vigencia, por ejemplo en los Estados Unidos los derechos de autor son vigentes aún después de setenta años de la muerte de su creador.
Abarca las patentes, las marcas y los diseños industriales, y adquiere mucha importancia para todas aquellas empresas que necesitan comercializar sus servicios y productos ya sea a pequeña o gran escala. El registro de una patente, se utiliza para proteger invenciones, que deben cumplir con ciertos requisitos, como ser novedosas y tener un uso práctico. En cambio el registro de marca, protege los elementos distintivos que identifican a un proveedor de servicios o productos, como por ejemplo, el logotipo y el slogan.
-Los libros, folletos, impresos, epistolarios, esritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza.
-Las composiciones musicales, con o sin letra.
-Las obras dramáticas y dramático-musicales, las coreografías, las pantomimas y, en general, las obras teatrales.
-Las obras cinematográficas y cualesquiera otras obras audiovisuales.
-Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o comics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas.
-Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería.
-Los gráficos, mapas y diseños relativos a la topografía, la geografía y, en general, a la ciencia.
-Las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía.
-Los programas de ordenador.