Legislación farmacéutica en Colombia

Clasificación de la jerarquía de la normatividad

Decreto 677/1995: por el cual se reglamenta parcialmente el régimen de registros, licencias, el control de calidad.

Decreto 2174/1996: por el cual se organiza el sistema obligatorio de garantia del sistema general de seguridad social en salud.

Resolución 167/1997: por la cual se establecen parámetros que aseguren la garantía de la calidad de la sangre

Decreto 2309/2002: deroga la totalidad del decreto 2174/1996 y lo amplia, por el cual se define el sistema obligatorio de garantia de calidad de la atención de salud del sistema general de seguridad social en salud.

Ley 100 de 1993 : sistema general de riesgos laborales

Ley 1438 de 2011: fortalecimiento del sistema general de seguridad social en salud a través de prestación del servicio publico en salud

Ley 1751 de 2015: garantiza la equidad dentro del sistema de salud.

Se pueden clasificar

Constitución. Ley. Resoluciones legislativas. Decretos supremos. Resoluciones supremas

Su jerarquía

Constitución Nacional.
Leyes expedidas por el congreso.
Decretos expedidos por el prsidente
Códigos.
Ordenanzas expedidas por la asamblea departamental.
Las sentencias.
Otras leyes de menor rango.

Organismos responsables de expedir las normas en Colombia

Constitucion politica de Colombia.
Presidente de la republica.
Asamblea departamental.
Congreso de la república.
Alcaldes y consejo municipal.
Magistrados y jueces de la republica.

Generalidades de la ley estatutaria en salud.

Por medio de

Ley 1751 2015

Su función

Garantizar el derecho fundamental a la salud, regularlo y establecer sus mecanismos sus mecanismos de protección.

incluye

Elementos esenciales como:

Disponibilidad.
Accesibilidad.
Aceptabilidad.
Calidad e idoneidad profesional.

Posee

Principios

Universalidad.
Libre elección.
Continuidad.
Oportunidad.
Solidaridad
Eficacia.
Interculturalidad.
Sostenibilidad.
Protección a los pueblos indigenas.
Equidad.
Progresividad del derecho.

Funciones y responsabilidades del Tecnólogo en Regencia de Farmacia de acuerdo a lo establecido a la ley 485 de 1998.

La presente ley tiene por objeto regular la profesión de Tecnologo en Regencia de Farmacia.

Funciones

Dirigir los establecimientos distribuidores minoristas.

Dirigir el servicio farmacéutico de instituciones prestadoras de salud de baja complejidad

Dar apoyo, bajo la dirección del quimíco farmaceútico

Participar en actividades de mercadeo y venta de productos farmaceuticos

Dirigir establecimientos farmacéuticos distribuidores mayoristas de productos alopáticos, hemeopáticos, vegetarianos, preparaciones farmacéuticas con base en recursos naturales, cosméticos.

Responsabilidades

Presentar el titulo de Tecnologo de regencia de farmacia, debidamente expedido por una institución de educación superior, de conformidad con la ley.

Estar registrado en el consejo nacional de tecnólogo en regencia de farmacia o en la institución que haga sus veces.

No estar sancionado por la autoridad pública competente.

ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN DEFINIDAS EN LA POLÍTICA FARMACÉUTICA NACIONAL.

Posee

DOS ejes fundamentales

Selección

Expresada en la lista de medicamentos esenciales (POS)

Se complententa por

La necesidad de preparar los recursos humanos que las propuestas requieran.

La revisión, depuración y ajuste de las normas para conseguir el marco regulatorio que se necesita para la implantación de la política.

El desarrollo de las capacidades institucionales, en particular en inspección, vigilancia y control

Mecanismos

Asegura su actualización permanente en cuanto a las transacciones de medicamentos.

Se complementa por

Desarrollo de los servicios farmacéuticos como base del uso adecuado

Aprovechamiento que la gran diversidad de recursos de nuestra diversidad ofrece para promover la investigación en productos biológicos, naturales, biotecnologícos, homeopáticos y alternativos.

El uso de herramientas de información, educación y capacitación en los tres componentes de la politica.