LEY 1755 DE 2015- ART 13 AL 33
DERECHO DE PETICIÓN,
SUSTITUIDO POR LA LEY 1755
DE 2015 - NOTIFICACIONES ART 65
REGLAS GENERALES
Respetuosas a las autoridades
Interés general, particular
Gratuita
Diferentes modalidades
Resuelve en 15 días
Documentos e información
Resuelve en 10 dias
Consulta a autoridades
Resuelve en 30 dias
REGLAS ESPECIALES
información de documentos reservados
La defensa o seguridad nacional
Diplomática o negociaciones reservadas
Derechos a la privacidad de las personas
Condiciones financieras
Datos a la información financiera y comercial
Secreto comercial o industrial
Datos genético
RECHAZO POR MOTIVO DE CARÁCTER
RESERVADO
Deberá notificar al peticionario los motivos de la
reserva
INASISTENCIA DEL SOLICITANTE EN CASÓ DE
RESERVA
Juez administrativo decide dentro de 10 días
siguientes
INAPLICABILIDAD DE LAS EXCEPCIONES
No será oponible para las autoridades
PETICIÓNES ENTRE AUTORIDADES
Resolverá en un término de 10 días
NOTIFICACIONES ART 65
ACTOS ADMINISTRATIVOS DE CARÁCTER
GENERAL
No son obligatorios mientras no hayan sido
publicados en el diario oficial o gaceta
LAS ENTIDADES DECENTRALIZADAS QUE NO CUENTEN CON UN ORGANO OFICIAL
Fijación de avisos, distribución de volantes y pagina electrónica
Notificación personal
A su representante o apoderado
por medio electrónico
En estrados
Envió de la citación dentro de los 5 días siguientes
NOTIFICACIÓN POR AVISO
5 Días
En un lugar visible acceso al publico
Publicidad o notificación a terceros
ANTE AUTORIDADES E INSTITUCIONES
PRIVADAS
Toda persona podré ejercer el derecho de
petición
Personeros municipal y distrital prestarán
asistencia eficaz a toda persona que lo solicite.
Ninguna entidad privada podra negarse a su
radicación , recepción
Cajas de compensación familiar, instituciones
del sistema de seguridad social, prestan
servicios públicos domiciliarios, sistema
financiero ybursatil