PROCESOS VERBALES
FASES
ESCRITA
ADMISIÓN
INADMISIÓN
RECHAZO
20 DÍAS PARA CONTESTAR LA DEMANDA
Allanarse
excepciones de mérito - traslado 5 días/previas
vinculación
reconvención
Guardar silencio
Decisión de excepciones previas que no requieran pruebas adicionales.
FASE ORAL
Audiencia inicial art. 372 C.G.P.
Requiere concurrencia de una de las partes, pues si ninguna asiste sin justificación, se termina el proceso.
ETAPAS
Decisión de excepciones previas
Conciliación
Interrogatorio de parte
Práctica pruebas
Fijación del litigio
Control de legalidad
Decreto pruebas
fija fecha aud. art. 373 C.G.P.
Alegatos
SENTENCIA
Audiencia de instrucción y juzgamiento art. 373 C.G.P.
ETAPAS
Interrogatorio de parte - ante justificación de inasistencia de la parte a la aud. inicial.
Nueva fijación del litigio- en caso de ser necesario.
Alegatos
SENTENCIA
proferirla inmediatamente
proferir sentencia
Sentido de fallo
SENTENCIA POR ESCRITO - 10 DÍAS
TIPO DE PROCESO VERBAL ESPECIAL
SERVIDUMBRE
cuantía - avalúo catastral predio sirviente
demanda promueve cualquiera de los titulares de los predios.
Anexos: certificados Registrador de instrumentos públicos de los predios y dictamen pericial.
Admisión - inscripción demanda
Sentencia - imposición, extinción o modificación de la servidumbre - indemnización
consignada la suma se registra sentencia
ENTREGA DE LA COSA TRADENTE-ADQUIRENTE
obligar al tradente a entregar inmueble cuya inscripción se haya finiquitado.
Demanda: adquirente de dominio, usufructo, uso, habitación y comprador - inc.1 art. 922 C. Co.
Competencia: Juez civil municipal o del circuito del domicilio del demandado
Sentencia que ordena entrega - diligencia de entrega del bien.
POSESORIOS
Competencia jueces civiles municipales o del Circuito del lugar donde está el inmueble.
cuantía: valor catastral del inmueble
Si se desprende peligro inminente, el Juez en la diligencia dictará sentencia y tomará las medidas que fueren necesarias para conjurarlo.
sentencia - modificación o destrucción de alguna cosa dentro de término fijado.
RENDICIÓN DE CUENTAS
PROVOCADA
Demandante estimar, bajo juramento, lo que se le adeude o considere deber - no se aplican sanciones de juramento estimatorio.
se prescindirá de la audiencia y se dictará auto de acuerdo con dicha estimación, el cual presta mérito ejecutivo.
resuelve en sentencia
traslado al demandante diez (10) días.
el juez las aprobará y ordenará el pago de la suma que resulte a favor de cualquiera de las partes.
Trámite incidente - auto que lo resuelva se fijará el saldo que resulte a favor o a cargo del demandado y se ordenará su pago.
auto que no admite recurso y presta mérito ejecutivo, ordenará pagar lo estimado en la demanda.
ESPONTÁNEA
Acompañar cuentas con la demanda
se prescinde audiencia - aprobará mediante auto que no admite recurso y presta mérito ejecutivo
SENTENCIA
PAGO POR CONSIGNACIÓN
Requisitos C.G.P. y C.C.
El demandante deberá depositar a órdenes del juzgado lo ofrecido, si fuere dinero, dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del término del traslado
sentencia que declare válido el pago.
Sentencia niega pretensiones - no apelable
Juez ordena que demandante haga consignación 5 días o decretará el secuestro del bien. Practicado este o efectuada aquella, el proceso seguirá su curso.
la cancelación de los gravámenes constituidos en garantía de la obligación, la restitución de los bienes dados en garantía, la entrega del depósito judicial al demandado y la entrega de los bienes a este por el secuestre.
Sentencia niega pretensiones - no apelable
Se decretará el secuestro del bien ofrecido.
IMPUGNACIÓN DE ACTOS DE ASAMBLEA, JUNTAS DIRECTIVAS O DE SOCIOS
Anulación de actos de personas jurídicas privadas
Superintendencia de sociedades o Juez Civil del Circuito del domicilio sociedad demandada
Demanda: administradores, revisores fiscales, socios.
Caducidad: 2 meses siguiente a reunión o inscripción
Se puede presentar recursos contra el acto de registro