RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACIÓN

OBJETIVOS

(a) tener en cuenta si hay una incongruencia material entre la otra información y los estados financieros

(b) tener en cuenta si hay una incongruencia material entre la otra información y el conocimiento obtenido por el auditor en la auditoría;

(c) responder de manera adecuada cuando el auditor detecta que parece que existan dichas incongruencias materiales o cuando llegue a su conocimiento, de cualquier otro modo, que parece que la otra información contiene una incorrección material

(d) informar de conformidad con esta NIA

DEFINICIONES

Informe anual

documento o conjunto de documentos, preparado habitualmente con periodicidad anual por la dirección o por los responsables del gobierno de la entidad de conformidad con disposiciones legales, reglamentarias o con la costumbre, cuyo propósito es proporcionar a los propietarios (u otros interesados similares) información sobre las operaciones de la entidad y sobre sus resultados y su situación financiera tal como se expone en los estados financieros

Incorrección en la otra información

existe una incorrección en la otra información cuando la otra información está incorrectamente expresada o induce a error

Otra información

información financiera o no financiera (distinta de los estados financieros y del informe de auditoría correspondiente) incluida en el informe anual de una entidad

ALCANCE

trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a otra información, tanto financiera como no financiera (distinta de los estados financieros y del informe de auditoría correspondiente), incluida en el informe anual de una entidad

No aplica a:

(a) anuncios preliminares de información financiera; o

(b) documentos de ofertas de valores, incluidos los folletos.

REQUERIMIENTOS

Obtención de la otra información

determinará, mediante discusiones con la dirección, el documento o los documentos que comprende el informe anual y el modo y momento en que la entidad prevé publicarlos

(b) dispondrá lo necesario con la dirección para obtener oportunamente y, si fuera posible, antes de la fecha del informe de auditoría, la versión final del documento o documentos que comprende el informe anual

(c) cuando alguno o todos los documentos indicados en (a) no vayan a estar disponibles hasta después de la fecha del informe de auditoría, solicitará a la dirección manifestaciones escritas de que se le proporcionará la versión final del documento

Lectura y consideración de la otra información

El auditor leerá la otra información y, al hacerlo

(a) considerará si hay una incongruencia material entre la otra información y los estados financieros

(b) considerará si hay una incongruencia material entre la otra información y el conocimiento obtenido por el auditor en la auditoría

Respuesta cuando parece que existe una incongruencia material o una incorrección material en otra información

Si el auditor detecta que parece que existe una incongruencia material discutirá la cuestión con la dirección y, si es necesario, aplicará otros procedimientos para concluir si:

(a) existe una incorrección material en la otra información

(b) existe una incorrección material en los estados financieros;

(c) el auditor debe actualizar su conocimiento de la entidad y de su entorno.

Respuesta cuando el auditor concluye que existe una incorrección material en la otra información

Si el auditor concluye que existe una incorrección material en la otra información, solicitará a la dirección que corrija la otra información. Si la dirección:

(a) acepta hacerlo, el auditor determinará que la corrección se ha realizado; o

(b) rehúsa hacerlo, el auditor se comunicará con los responsables del gobierno de la entidad acerca de la cuestión y solicitará que se realice la corrección.

Respuesta cuando existe una incorrección material en los estados financieros o cuando el auditor debe actualizar su conocimiento de la entidad y de su entorno

El auditor concluye que existe una incorrección material en los estados financieros o que debe actualizar su conocimiento de la entidad y de su entorno, el auditor responderá de manera adecuada de conformidad con las otras NIA

El informe de auditoría incluirá una sección titulada “Otra información", u otro título adecuado, cuando, en la fecha del informe de auditoría

(a) en el caso de una auditoría de los estados financieros de una entidad cotizada, el auditor haya obtenido, o espere obtener, la otra información

(b) en el caso de una auditoría de los estados financieros de una entidad que no es una entidad cotizada, el auditor haya obtenido toda o parte de la otra información

Documentación

Al cumplir los requerimientos de la NIA 2304 según se aplica a la presente NIA, el auditor incluirá en la documentación de auditoría

(a) la documentación de los procedimientos aplicados de conformidad con esta NIA; y

(b) la versión final de la otra información sobre la que el auditor realizó trabajo que requiere esta NIA.

NIA 720

Fecha de entrada en vigor

15/12/2016