Sujetos procesales.
- son todos aquellos que intervienen en el proceso penal de alguna u otra formacon excepción del imputado y la parte civil, los otros sujetos procesales pertenecen alámbito del estado

Los sujetos Procesales son:
el juez, el fiscal, el imputado, el actor civil y el tercerocivilmente responsable.Son sujetos procesales indispensables el juez, el fiscal y el imputado.Son sujetos procesales dispensables la parte civil y el tercero civilmente responsable.

EL JUEZ PENAL.-
Es la persona que ejerce la jurisdicción penal. También podemos decir que es el que representa al órgano jurisdiccional y encargado de dar inicio al proceso, dedirigir la instrucción y de resolver mediante resoluciones jurisdiccionales los asuntospenales. Es la persona física que ejerce la jurisdicción penal.

EL FISCAL PROVINCIAL
Es la persona física encargada de la persecución de los delitos , se le conoce también comoacusador público pues tiene a su cargo la denuncia y la acusación de los delitos de la acciónpública

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FUNCIONES DEL FISCAL PROVINCIAL EN EL PROCESO PENAL .
El Fiscal cumple con las siguientes. funciones:
El Ejercicio de la acción penal que se traduce en el acto de acusación fiscal y culmina con la sentencia.
El Fiscal corre con la carga de la prueba y debe de velar por el cumplimiento de los términos procesales.

EL AGRAVIADO O PARTE CIVIL

Lo constituye la persona agraviada o víctima de la comisión de un delito. Su intervención en un proceso está dirigida a obtener la aplicación de la ley mediante una sanción penal, y la otra acción está dirigida a obtener el resarcimiento por el daño causado.

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EL IMPUTADO.

Es la persona contra quien se dirige la pretensión punitiva del Estado y el objeto de la actuación procesal. Es la persona señalada como participe en la comisión de un delito, en procedimiento dirigido en su contra y mas específicamente cuando por este motivo se encuentran privados por su libertad. El sentido amplio de imputado comprende desde el acto inicial del proceso hasta la resolución firme.

DERECHOS DEL IMPUTADO.
El imputado tiene derecho:
A la libre comunicación con su defensor en forma directa.
A recibir correspondencia y visitas de parientes y amigos.
A expresarse libremente sin coerción.
A ocupar ambientes sanos y convenientes.

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EL ABOGADO DEFENSOR

Es el profesional que asiste el imputado en su defensa. Debe actuar con prudencia, honestidad y buena fe; por lo tanto no puede aconsejar actos dolosos, afirmar o negar con falsedad; hacer citas inexactas, incompletas y maliciosas, ni realizar acto alguno que estorbe o distorsione la administración de justicia.

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La Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 284 y siguientes regula el ejercicio de la defensa ante el poder Judicial estableciendo que la Abogacía es una función social al servicio de la justicia y el derecho y que toda persona tiene el derecho de ser patrocinada por el abogado de su libre elección.